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Castilla-La Mancha
Sentencia del Tribunal Constitucional

El Gobierno regional dice que la sentencia aclara quien decide el uso de los excedentes de agua

La sentencia utiliza la misma argumentación por la que se rechazó el recurso del gobierno aragonés
21-12-2007 - Diariocrítico/Agencias
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El Gobierno regional dice que la sentencia aclara quien decide el uso de los excedentes de agua

El Tribunal Constitucional notifica la sentencia que desestima el recurso del Gobierno de Castilla-la Mancha contra el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. El Ejecutivo regional valora la sentencia porque sirve para aclara que sólo las leyes estatales pueden decidir sobre el uso de los excedentes de agua en las cuencas hidrográficas.

El Alto Tribunal reproduce en esta sentencia los mismos argumentos que el fallo sobre el recurso aragonés y determina que el artículo recurrido por ambas comunidades (17.1), que regula el derecho de los valencianos al agua sobrante, no supone ninguna imposición al Estado.

No obstante, Castilla-la Mancha sólo recurrió una parte del precepto, concretamente la que señala que "se reconoce el derecho de redistribución de los sobrantes de aguas de cuencas excedentarias atendiendo a criterios de sostenibilidad de acuerdo con la Constitución y la legislación estatal".  

La decisión del Tribunal contó también con cinco votos particulares procedentes de los magistrados Vicente Conde, Javier Delgado, Roberto García-Calvo, Jorge Rodríguez-Zapata y Ramón Rodríguez Arribas, todos ellos adscritos al sector conservador.

Y todos ellos se remiten a la sentencia del jueves y así, Rodríguez Zapata sostiene que la sentencia "hace un flaco servicio a los valencianos" y considera que con ella "el Estado abandona el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149,1 de la Constitución". El mismo sentido manifiesta el resto de votos particulares, y el magistrado García-Calvo lamenta que la sentencia "anteponga el criterio del Constitucional al del legislador estatutario haciendo un flaco servicio" a éste.

Lamata: la sentencia del TC deja claro que no hay derechos de preferencia

El Gobierno de Castilla-la Mancha valoró el rechazo del TC a su recurso contra la reforma del Estatuto de la Comunidad Valenciana porque ha servido para aclarar que sólo las leyes estatales tienen capacidad para decidir sobre el uso de los excedentes de agua en las cuencas.

Así lo expresó el vicepresidente primero del Gobierno regional, Fernando Lamata. Expuso el portavoz del Ejecutivo castellanomanchego que la sentencia del TC ha dejado también claro que para el suo de agua excedentaria de la cuenca del Tajo no tienen los valencianos sobre los ciudadanos de Castilla-la Mancha un derecho subjetivo de preferencia, ni viceversa.

La sentencia cuenta con similar argumentación que la que rechazó un recurso del Gobierno aragonés al mismo artículo 17.1 del Estatuto valenciano. Castilla-la Mancha sólo recurrió una parte del precepto, en concreto la que señala que "se reconoce el derecho de redistribución de los sobrantes de aguas de cuencas excedentarias atnediendo a criterio de sostenibilidad de acuerco con las Constitución y la legislación estatal".

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