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Castilla-La Mancha
Un jurado popular

Absuelve a Emiliana G.P. acusada de matar a su marido

El abogado de la acusación anuncia que recurrirá el veredicto del jurado
17-01-2008 - Diariocrítico/Agencias
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Emiliana G.P. ha sido declarada no culpable del homicidio de su marido, a quién clavó un cuchillo de quince centímetros tras una discusión. El presidente del Tribunal anuncia la inmediata puesta en libertad de la acusada, en prisión desde el 12 de mayo de 2006.

El jurado popular consideró hoy a Emiliana G.P., de 50 años, no culpable del homicidio de su marido, Santiago A.G., clavándole un cuchillo de cocina de 15 centímetros tras una discusión en el domicilio que ambos compartían en Argés (Toledo) el 11 de mayo de 2006.

Al término de la lectura del veredicto, el presidente del Tribunal anunció la "inmediata puesta en libertad" de la acusada -en prisión por estos hechos desde el día 12 de mayo de 2006-, lo que provocó los gritos y llantos de sus familiares, que corrieron a abrazar a Emiliana tras conocer su absolución.

El jurado ha estado formado por cinco hombres y cuatro mujeres que han deliberado desde la tarde del miércoles, al término de dos jornadas y media de vista oral celebradas en la Audiencia Provincial de Toledo.

Posteriormente, en declaraciones a los medios, el abogado de la acusación particular, Alejandro Javier Díaz-Soto, avanzó su intención de recurrir el veredicto del jurado popular, con el que mostró su gran desacuerdo por el "excesivo" valor que se ha dado a las versiones de la imputada y sus tres hijos. A su juicio, la fundamentación del veredicto ha sido "escueta" e "ínfima" y se basa en pruebas subjetivas.

Por su parte, la abogada de la defensa, Dionisia Pérez, mostró su satisfacción por el veredicto, y el hecho de que en su mayor parte haya sido aprobado por unanimidad, y aseguró que su patrocinada "se lo merecía".

El Ministerio Fiscal solicitaba para la acusada una pena de 14 años de prisión por un delito de homicidio, con las agravantes de parentesco y abuso de superioridad y la atenuante de arrebato; la acusación particular elevó esa pena a 15 años, teniendo en cuenta las agravantes pero no el atenuante, y la defensa había pedido la libre absolución de su patrocinada.

 


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