
Esperan que el expediente se resuelva en 2008
La Federación Castellanomanchegas de Familias Numerosas se ha personado en el caso de las prestaciones por hijo, que reciben las familias numerosas en la Comunidd Autónoma. Según indicó el Ministerio de Hacienda en 2005 no tenían exención según la Ley del IRPF, pero dos años más tarde y tras presentar alegaciones, el Tribunal Económico Administrativo Central las ha admitido a trámite.
La Federación Castellano-Manchega de Familias Numerosas se ha personado en el caso de las prestaciones por hijo que reciben las familias numerosas en esta Comunidad Autónoma, y que según indicó el Ministerio de Hacienda en 2005 no tenían exención según la Ley del IRPF, presentando alegaciones que han sido admitidas a trámite por el Tribunal Económico Administrativo Central.
El origen de la polémica jurídica se remonta a junio de 2005 cuando, finalizando el plazo para las declaraciones de la Renta, el Ministerio emitió un informe puntualizando que, las ayudas por hijo que reciben 20.000 familias numerosas en Castilla-La Mancha, no tenían la exención para las prestaciones por hijo a cargo que prevé la Ley del IRPF.
Tras aquel informe, muchas familias numerosas castellano-manchegas empezaron a recibir liquidaciones complementarias de Hacienda. El 30 de octubre de 2006, el Tribunal Económico Administrativo Regional dio la razón a una de ellas que había interpuesto una reclamación económico-administrativa, según informó la Federación en nota de prensa.
Sin embargo, esa resolución no adquirió firmeza porque la Agencia Tributaria planteó el 20 de febrero de 2007 el recurso de unificación de criterios que ahora se sustancia en el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC). Tras la interposición de dicho recurso, la Agencia Tributaria volvió a enviar liquidaciones a las familias numerosas reclamando cantidades que rondan los 200 euros, dependiendo del tipo impositivo del contribuyente.
Según explica la presidenta de la Federación Castellano-Manchega de Familias Numerosas, Paloma de Castro, "la ley del IRPF dice que no sólo están exentas de tributar las prestaciones por hijo de la Seguridad Social sino las demás prestaciones públicas por hijo; como la Ley General Tributaria prohíbe las interpretaciones en materia de exenciones , la Agencia Tributaria tiene que ser excesivamente prudente interpretando las normas fiscales y por eso plantea el recurso de unificación", explicó.
A juicio de la Federación, otro "punto flaco" de esta interpretación restrictiva que realiza Hacienda es que la Agencia obliga a estas familias a declararlas como un rendimiento de trabajo, lo cual es calificado de "incomprensible" pues las relaciones entre padres e hijos no son laborales.
En su escrito de alegaciones, la Federación explica que declarar las prestaciones como un rendimiento de trabajo origina que no tributen por ellas los empresarios cuyo único rendimiento de trabajo son esas prestaciones, al estar exentos los primeros 4.000 euros por dicho concepto, lo cual es discriminatorio para las familias que sólo obtienen rentas del trabajo.
El periodo de alegaciones ya se ha cerrado y el expediente se encuentra en manos de la Vocalía encargada de resolver este tipo de recursos, por lo que es previsible que se resuelva en 2008.