Viernes, 16 de mayo de 2008
APROBADO EL NUEVO RÉGIMEN DE LAS MODIFICACIONES ESTRUCTURALES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
Permitirá alteraciones sustanciales en aspectos como la transformación, fusión, escisión, cesión global de activo y pasivo, así como el traslado internacional del domicilio social
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, que permitirá alteraciones sustanciales en aspectos como la transformación, fusión, escisión, cesión global de activo y pasivo, así como el traslado internacional del domicilio social.
El Proyecto de Ley, que constituye uno de los proyectos normativos más importantes de la presente legislatura por su incidencia en el mundo empresarial, incorpora el contenido de dos Directivas comunitarias referentes a las fusiones transfronterizas de las sociedades de capital y constitución, mantenimiento y modificaciones de capital de la sociedad anónima, respectivamente.
Transformación de sociedades mercantiles
La futura Ley amplía y actualiza el régimen actual de transformación que contiene la legislación sobre Sociedades Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada, aumentando los supuestos. En este sentido, se incluyen las Agrupaciones de Interés Económico y las Sociedades Cooperativas, que hasta ahora sólo se prevén con respecto a las Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Al mismo tiempo, se asegura la debida información a los socios sobre la realización de estas operaciones de transformación y, en su caso, del ejercicio de su derecho de separación.
Fusión y escisión de sociedades
Como novedad, se distingue entre la fusión en general y las fusiones transfronterizas intracomunitarias. Así, cuando las fusiones se realicen entre empresas españolas, estas operaciones se regirán por la presente Ley, mientras que las que se hagan entre sociedades de distinta nacionalidad se regirán por sus respectivas leyes.
En el caso de producirse fusiones entre sociedades domiciliadas en diferentes Estados del Espacio Económico Europeo, se incrementa de manera sensible la participación y protección que tienen los socios, trabajadores y acreedores.
En cuanto a la escisión, se moderniza la legislación vigente, incluyendo, además de los supuestos de escisión total o parcial ya regulados, los casos de segregación.
Cesión global de activo y pasivo
En estos supuestos se establece un régimen propio hoy inexistente, al limitarse al ámbito propio de la liquidación. Se permite que una sociedad pueda transmitir en bloque todo su patrimonio a otras por sucesión universal, a cambio de una contraprestación, que no podrá consistir en acciones, participaciones o cuotas del cesionario.
Por otra parte, la tutela del socio se conseguirá mediante la información que se facilita en el proyecto de cesión global y a través del sometimiento a algunos requisitos establecidos. La tutela de los acreedores se articula a través del derecho de oposición y de la responsabilidad solidaria del cesionario.
Traslado internacional del domicilio social
En relación con estos supuestos se proporcionará la necesaria protección de socios, trabajadores y acreedores.
MAS DE 46 MILLONES PARA FINANCIAR EL PLAN PROA DEL AÑO 2008
El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución de 46,7 millones de euros entre las Comunidades Autónomas con el objetivo de mejorar la calidad educativa de los centros escolares y profundizar en la equidad del sistema educativo para lograr el éxito educativo de todos los alumnos en condiciones de igualdad, planteamientos que inspiran la Ley Orgánica de Educación y que se ponen en práctica a través del Plan PROA (Programas de refuerzo, orientación y apoyo) que nació en 2005.
De esta manera, el Plan PROA aumenta su dotación presupuestaria en un 57 por 100 respecto a 2007, ya que contará con un presupuesto final de 93,4 millones de euros. Los programas se fundamentan en la necesaria cooperación con las Comunidades Autónomas, que aportan el 50 por 100 del coste total. Además, el acuerdo adoptado hoy permite consolidar el Plan en los 2.513 colegios e institutos participantes e incorporar aproximadamente a cien centros más para el próximo curso 2008/09.
Evaluación del Plan PROA en 2006/07
La evaluación del Plan de Acompañamiento y Refuerzo durante el curso 2006/07, llevada a cabo en un total de 901 centros de Primaria y Secundaria, pone de manifiesto que el 91’8 por 100 de los profesionales de la educación implicados en el PROA está “muy satisfecho con el funcionamiento y el resultado del programa”, once puntos más que el curso pasado.
Además, de entre las conclusiones que se extraen de la evaluación destaca que más de 65 por 100 del profesorado señala que el Programa ayuda a mejorar los hábitos de lectura, uno de los objetivos marcados en la Ley Orgánica de Educación.
Asimismo, el 75 por 100 de los tutores consultados señalan que el Programa reduce en alto grado el absentismo de los alumnos.
Plan PROA
El Plan PROA, destinado a centros escolares de Primaria y Secundaria de todas las Comunidades Autónomas, nació en el año 2005 con el objetivo de abordar las necesidades educativas derivadas del entorno sociocultural del alumnado de los centros y avanzar en la consecución del éxito escolar de todos los alumnos, sin excepciones. De este modo, se persigue ofrecer una educación de calidad para todos a través del enriquecimiento del entorno educativo, implicando para ello a toda la comunidad educativa.
Así, el Plan contempla un Programa de acompañamiento escolar, cuyas medidas de apoyo se dirigen de manera directa e individualizada al alumnado, y un Programa de apoyo y refuerzo, orientado a la mejora del funcionamiento global del centro mediante la dotación de los recursos necesarios según el proyecto que ellos mismos presentan.
A través de los Programas de acompañamiento, los alumnos de los dos últimos cursos de Primaria y de los dos primeros de Secundaria reciben en horario extraescolar el apoyo necesario en aquellas materias que les supongan una mayor dificultad. Así, durante una media de dos horas semanales los alumnos se organizan en pequeños grupos dirigidos por monitores acompañantes o profesores del propio centro para trabajar determinadas áreas.
Por su parte, el Programa de apoyo y refuerzo para la mejora global del centro educativo está destinado a los Institutos de Secundaria. En este caso, es la comunidad educativa del centro la que elabora su propio programa de necesidades y actividades de acuerdo con un proyecto de mejora en aspectos concretos de su funcionamiento ordinario.
Criterios de distribución
La distribución del crédito se realiza teniendo en cuenta el número de alumnos de Educación primaria y de Educación secundaria obligatoria escolarizados en centros públicos (30 por 100), el número de alumnos que no obtienen la titulación en Educación secundaria obligatoria. Ponderación (50 por 100) y el número de centros públicos de Educación primaria y de Educación secundaria (20 por 100).
La aplicación de los criterios indicados da como resultado la distribución que se refleja en la siguiente tabla, que contiene las cantidades en euros.

La financiación de la aplicación del Plan PROA en las Comunidades Autónomas de Navarra y País Vasco, se realizará de conformidad con sus regímenes de financiación específicos.
NUEVE MILLONES DE EUROS PARA MEJORA DE LAS BIBLIOTECAS ESCOLARES
El Consejo de Ministros ha aprobado nueve millones de euros para la mejora de las bibliotecas escolares como uno de los principales recursos para impulsar la lectura tanto entre los alumnos como en el resto de la comunidad educativa.
Esta actuación forma parte de un conjunto de acciones para la mejora de las bibliotecas escolares de los centros de toda España, que incluyen convocatorias de premios y ayudas, la integración de las bibliotecas escolares en el Consejo de Cooperación Bibliotecaria, el fomento de la cooperación entre las Administraciones educativas y la difusión de buenas prácticas sobre bibliotecas escolares.
Plan de mejora de bibliotecas escolares
Esta dotación se enmarca en el Plan de mejora de bibliotecas escolares que comenzó en 2005 con el objetivo de mejorar las dotaciones de libros de lectura y materiales educativos, así como los equipos necesarios para su gestión. La inversión realizada por parte del Ministerio suma un total de 52 millones de euros.
Además, el plan de mejora de las bibliotecas escolares se concibe como un programa de cooperación con las Comunidades Autónomas, ya que éstas se comprometen a aportar una cantidad igual a la que reciben por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.
Estos fondos que se distribuyen entre las diferentes Comunidades Autónomas van destinados al incremento de las dotaciones bibliográficas, audiovisuales e informáticas, así como a otros gastos necesarios para la mejora de la calidad de las bibliotecas escolares.
Igualmente, entre los objetivos principales de este programa destaca la mejora de la accesibilidad de las bibliotecas escolares fuera del horario lectivo, al igual que la formación del profesorado en la integración de la biblioteca escolar en su actividad docente.
Durante este año 2008 el programa incide de manera especial en la mejora de las bibliotecas de los centros de enseñanzas artísticas y las escuelas oficiales de idiomas, así como en los centros de educación especial, además de continuar con la mejora llevada a cabo en años anteriores en centros de secundaria y primaria.
Criterios de distribución
La distribución de los fondos se lleva a cabo teniendo en cuenta el número de centros públicos (60 por 100) y el número de alumnos (40 por 100). De la aplicación de estos criterios resulta la siguiente distribución por Comunidades Autónomas:

Compromiso de la Ley Orgánica de Educación con la Lectura
La Ley Orgánica de Educación incorpora un conjunto de acciones en relación con la lectura y las bibliotecas escolares que suponen un apuesta clara por la mejora de la competencia lectora de los niños y jóvenes y que permitirá un aumento en su capacidad de comprender textos escritos y en general, en los hábitos de lectura.
Por otra parte, además de recoger esta orientación entre los principios generales del sistema educativo, la Ley Orgánica de Educación incorpora en cada una de las etapas educativas una atención específica a la lectura que se concreta de la siguiente manera:
ACTUALIZADOS LOS MÁRGENES DE BENEFICIO DE LAS OFICINAS DE FARMACIA Y DE LA DISTRIBUCIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano. El objetivo es ajustar estos márgenes y deducciones a la realidad económica y que las aportaciones de estos agentes sean coherentes con su volumen de beneficios.
Esta norma apenas va tener repercusión en la economía de los ciudadanos, ya que afecta, fundamentalmente, a medicamentos para patologías graves o crónicas que tienen una aportación reducida, en los que el paciente paga el 10 por 100 del precio, con un máximo de 2,34 euros, y el resto se corresponde con medicamentos cuyo consumo mayoritario lo hacen colectivos de pensionistas o asimilados, exentos de aportación.
Por el contrario, sí va a incentivar mejoras en la prestación farmacéutica, aumentando la calidad de la misma gracias a la liberación de recursos para aquellas empresas con menos volumen de ventas.
Con ello se cumple lo dispuesto en un Real Decreto de 2004 que estableció la obligación de actualizar las cuantías de los márgenes y de la escala de deducciones de la distribución y dispensación de medicamentos teniendo en cuenta:
En este caso, para actualizar los márgenes se ha considerado la variación de estos índices desde finales de 2004 (cuando entró en vigor el vigente Real Decreto) y marzo de 2007 (cuando se inició la elaboración del nuevo Real Decreto):
El Real Decreto de 2004 supuso también la bajada de los precios de los medicamentos de un 4,2 por 100 y un 2 por 100 en los años 2005 y 2006, por lo que procede ajustar los márgenes y deducciones a la nueva realidad económica de las farmacias y la distribución.
Además de cumplir la citada norma, el Gobierno reitera su postura en defensa del modelo español de farmacia, en la que se ha mantenido firme desde el inicio de legislatura y que ha apoyado tanto en el Plan Estratégico de Política Farmacéutica, como en la posterior Ley de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios.
Márgenes
La actualización de márgenes de beneficio y de deducciones tiene como objetivo que éstos se adecuen a la situación económica y no se produzcan desequilibrios entre lo que ingresan las oficinas de farmacia y las empresas de distribución y su aportación.
Los márgenes de la distribución se establecen en los siguientes parámetros:
En cuanto a los márgenes de las farmacias, quedan de la siguiente manera:
Deducciones
El Real Decreto establece también una escala de deducciones por la dispensación de medicamentos de uso humano, actualizando las cuantías previstas y los límites de la escala fijada en Real Decreto de 2004. Así, el mínimo de ventas mensuales exentas de deducción se fija en 32.336,12 euros, mientras que con la escala actual este límite era inferior; concretamente, estaba situado en 31.627,66 euros.
Ello que supone que casi la mitad de las oficinas de farmacia existentes en España (20.455) no tendrá que realizar aportación alguna; concretamente, un 45 por 100, lo que supone un número aproximado de 9.209 establecimientos. Las farmacias restantes son 11.246, el 54,98 por 100, que sí realizarán algún tipo de aportación.
Las deducciones se aplicarán según la siguiente tabla:

En el capítulo de descuentos, la norma mantiene que las farmacias disponen de la facultad de aplicar descuentos de hasta un 10 por 100 en el precio de venta al público impuestos incluidos en la dispensación de medicamentos publicitarios.
En cuanto a las deducciones de la dispensación de medicamentos, la aportación estimada de las oficinas de farmacia será de 424,44 millones de euros.
Economía y Hacienda
I NFORME SOBRE LA PLATAFORMA ELECTRÓNICA DE CONTRATACIÓN DEL ESTADO
El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Vicepresidente segundo y Ministro de Economía y Hacienda sobre la puesta en marcha de la plataforma electrónica de contratación del Estado. El nuevo portal, www.contrataciondelestado.es, está operativo desde el 2 de mayo.
Esta nueva herramienta permitirá reducir los costes de licitación, agilizar los plazos de contratación, garantizar la publicidad y la transparencia, y favorecer la competencia.
Para los órganos de contratación la Plataforma cumple dos grandes funciones:
Para los operadores económicos la Plataforma cumple un triple objetivo:
Acceso a la Plataforma
El proceso de acceso a la Plataforma de Contratación es el siguiente: en primer lugar, hay que solicitar el alta del perfil del contratante (datos generales del órgano de contratación) y, en el mismo acto, se solicita el alta del responsable del órgano de contratación (proceso que implica la comprobación de las competencias directas, delegadas o desconcentradas del Órgano de Contratación que solicita el alta).
Una vez comprobados estos aspectos, se procede a dar de alta tanto el perfil del contratante, como el "usuario" responsable del órgano de contratación que ha realizado la solicitud, lo que se comunica por escrito a quien ha remitido la solicitud.
A partir de este momento los Órganos de Contratación estarán en disposición de proceder a dar de alta a cuantos perfiles estimen conveniente dentro de su organización y que deban introducir y publicar los datos correspondientes a los procesos de licitación que hayan de publicarse en la Plataforma.
Hasta el momento se han recibido diecinueve solicitudes de alta en el perfil del contratante y sus correspondientes responsables. Igualmente, se han suscrito al Portal aproximadamente trescientos operadores económicos. Estas suscripciones, no obligatorias ni necesarias para acceder a la información de las licitaciones, permiten a las empresas solicitar de la Plataforma información sobre licitaciones de su interés en el momento en que se publiquen por los órganos de contratación.
Ley de Contratos del Sector Público
La puesta en marcha de la Plataforma de Contratación es el primer efecto tangible de la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Público que supone un importante paso en la modernización de la contratación pública mediante el impulso de la contratación electrónica.
CREADA LA OFICINA DEL FONDO DE COOPERACIÓN PARA AGUA Y SANEAMIENTO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea la Oficina del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, encuadrada dentro de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para impulsar una de las prioridades del Gobierno: el acceso al agua y saneamiento como elementos indispensables para el desarrollo social y el bienestar humano.
Esta prioridad ha recibido el respaldo de Naciones Unidas al reconocer el acceso al agua como un Derecho Humano. La Meta 10 de los Objetivos de desarrollo de Milenio consiste en reducir a la mitad el porcentaje de personas que carezcan de acceso sostenible al agua potable y a servicios básicos de saneamiento.
En una primera fase el ámbito geográfico de actuación de esta Oficina se circunscribe a América Latina, donde se estima que existen 58 millones de personas sin acceso a agua potable y 138 millones sin acceso a saneamiento básico; sin excluir que en fases posteriores se pueda extender a otros ámbitos geográficos.
El montante total del Fondo se eleva a 1500 millones de dólares durante el cuatrienio 2008 –2012.
Los objetivos específicos del Fondo serán:
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