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Campaña ilegal
Opinion - Vladimiro Álvarez Grau

Campaña ilegal

01-09-2008
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Desde el inicio del actual régimen ya se anunció que estaríamos durante algún tiempo sujetos a varios procesos electorales que el Gobierno necesita para tener las herramientas que cree le permitirán cumplir su promesa de dar al pueblo el “buen vivir”… o paraíso terrenal.

Lo que la mayoría de ecuatorianos no se da cuenta es que lo que buscan el presidente de la República y los grupos gobiernistas (MPD, Partido Socialista, Pachakutik, Izquierda Democrática, el PRE y el propio movimiento político presidencial Alianza País) es una estructura estatal absolutamente obediente al Ejecutivo, como instrumento de dominación, sin contrapesos… ni controles.

Para ello, algún funcionario de Gobierno ha señalado que “es obligación de los empleados que trabajan para el régimen hacer campaña por el Sí”, y se ha llegado al extremo de que el presidente del obediente Tribunal Supremo Electoral, sin sonrojarse, ha justificado el proselitismo del presidente de la República por no estar sujeto (según él) al control del gasto electoral, y sostiene que no existen leyes para prohibir la participación de los funcionarios públicos y de elección popular en una campaña electoral.

Mientras tanto, el contralor general del Estado, con preocupación, ha señalado que solamente va a vigilar que no se usen “recursos” del Estado en la campaña electoral... ¿Y de dónde sale la plata para el pago a los funcionarios y para la propaganda gubernamental por el Sí?

La Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa, en su Artículo 26, expresamente dispone: “Prohíbese a los servidores públicos: … d) Ordenar la asistencia a actos públicos de respaldo político de cualquier naturaleza o utilizar, con este fin, vehículos u otros bienes del Estado; …. f) Ejercer actividades electorales en uso de sus funciones o aprovecharse de ellas para esos fines.”
Más adelante, el Artículo 49 de la misma Ley señala que “son causales de destitución: … i) Incumplir los deberes impuestos en las letras e) y g) del Artículo 24… y quebrantar las prohibiciones previstas en las letras d) a la n) del Artículo 26 de esta Ley.”

¿Entendieron?... “ordenar la asistencia a actos públicos de respaldo político de cualquier naturaleza o utilizar, con este fin, vehículos u otros bienes del Estado… y ejercer actividades electorales en uso de sus funciones o aprovecharse de ellas para esos fines”… ¡son causales de destitución!.. ¿Está claro, verdad?

Sin embargo, ni los funcionarios del Gobierno, ni sus obedientes vocales del Tribunal Supremo Electoral, ni la Contraloría General, se dan cuenta de que, aparte del fraude en los textos, los servidores públicos están participando en una… campaña ilegal.


valvarez@hoy.com.ec
Artículo de opinión tomado del diario Hoy de Ecuador

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