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Manifestación por la sanidad pública (archivo)
Manifestación por la sanidad pública (archivo)

La justicia sentencia que 'externalizar' servicios sanitarios no cuestiona el carácter público de la Seguridad Social

martes 05 de mayo de 2015, 16:36h
El Tribunal Constitucional (TC) ha concluido que el carácter público del sistema de la Seguridad Social no se ve cuestionado por fórmulas de gestión indirecta, y ha desestimado la mayor parte del recurso de inconstitucionalidad presentado hace un par de años por 50 senadores socialistas contra la privatización de la gestión sanitaria de seis hospitales y hasta 27 centros de salud, prevista en dos artículos de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid para 2013.
En la sentencia  el TC entiende que la "posible apertura a formas de gestión y responsabilidad privada se lleva a cabo preservando en todo caso la titularidad pública del servicio" y que el Gobierno "no ha optado siquiera" con esta ley recurrida por la "vinculación de centros privados a la red pública" en virtud de conciertos sino que se ha limitado a "hacer uso de las posibilidades abiertas por la legislación estatal".

Por otro lado, añade que la Constitución "no exige que el mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social requiera necesariamente y en todo caso un sistema de gestión pública directa". El carácter público se aprecia, según recoge, "en relación con la estructura y el régimen del sistema en su conjunto, sin distorsionar la evaluación", añade.

El PSOE, a nivel nacional, presentó un recurso ante el TC basado en el informe de Afem al entender que se estarían vulnerando varios artículos de la Constitución Española que tratan del régimen de la Seguridad Social y del derecho a la protección de la salud, además de "normas básicas sobre contratación administrativa" al habilitar al Servicio Madrileño de Salud para celebrar contratos "cuyo debido cumplimiento no puede controlar". El recurso, que fue presentado por Tomás Gómez, exsecretario general del PSM,  fue admitido a trámite por el Alto Tribunal a principios de mayo de 2013. 

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