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Denuncian la venta de disfraces de 'enfermera sexy' para niñas
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(Foto: FACUA)

Denuncian la venta de disfraces de 'enfermera sexy' para niñas

miércoles 22 de febrero de 2017, 11:30h

La organización de consumidores Facua ha pedido a la Fiscalía de menores de Madrid que investigue la venta de un disfraz para niñas "publicitado con un texto y una imagen que menoscaban la integridad de las menores". El objeto de la denuncia es un traje que se anuncia como disfraz de 'enfermera sexy', y en el que la bolsa que lo contiene, señala que está destinado a niñas de entre 1 y 14 años.

Según indica Facua, el polémico disfraz está siendo distribuido por la empresa Disfraces Alegría SL, tal y como revela el reverso del producto. Esta mercantil declara su domicilio en el Polígono Industrial Cobo Calleja, de Fuenlabrada (Madrid). Se trata, junto a Xihua Gran Muralla SL y Chang Hong Hua SL, de una de las tres sociedades propiedad del empresario Ni Xiuhua.

Para la organización para la defensa de los derechos de los consumidores, considera que “la sexualización de la publicidad de este disfraz, ensalzada a través de la foto que presenta su envoltorio, dirigido a niñas menores de 16 años, debe ser objeto de investigación por parte de la Fiscalía, que tendrá que determinar si la promoción de la prenda, tal y como se está efectuando, contradice el ordenamiento jurídico”.

Facua basa su denuncia en el artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de la Publicidad, "que contempla como ilícita toda aquella publicidad que atente contra la dignidad de la persona. Entre los supuestos previstos, se enumeran los que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, usando particular o directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar".

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, expone en su artículo 10 que se considerará "ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter discriminatorio o vejatorio".

También apela a la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, y al Instrumento de Ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, para insistir en que los menores de edad deben quedar protegidos de este tipo de imágenes y mensajes inapropiados que fomentan la prematura sexualización de los menores y la discriminación de género.

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