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Los puntos negros de la trama asturiana

Una 'vendetta' interna se salda con una sentencia del Supremo contra la Guardia Civil

Una 'vendetta' interna se salda con una sentencia del Supremo contra la Guardia Civil

· El Tribunal Supremo da la razón a un capitán en contra de la Dirección General

lunes 16 de julio de 2007, 19:48h
Perseguido, humillado, castigado y, finalmente, rehabilitado por el Tribunal Supremo. El capitán Virgilio López Rico ha ganado en los Tribunales a la Guardia Civil. La persecución de un supuesto delito de tráfico con vales de gasolina de la Benemérita le supuso un calvario. Se da la circunstancia de que uno de los guardias denunciados era familiar de un hombre que va a ser nombrado teniente general: García Varela. Toda una historia rocambolesca que enlaza con búsqueda de prostitutas en vez de investigar la trama asturiana de explosivos. Una historia alucinante.

  Se trata de una de las historias más rocambolescas que se recuerdan. Una mezcla de pequeños supuestos hurtos, supuestas relaciones familiares, supuestos ajustes de cuentas entre guardias civiles, supuestas relaciones con prostitutas y no tan supuestas faltas de investigación de la trama de explosivos del 11-M. El final de esta historia, que Diariocrítico ya comenzó a revelar hace dos años, apenas se vislumbra ahora con una reciente sentencia del Tribunal Supremo por la que se anulan las sanciones a las que se vio sometido el ahora capitán de la Guardia Civil Virgilio López Rico. Pero, entre tanto, hubo un cruce de correspondencia entre éste y los mandos de la Benemérita en Asturias -a los que les ‘colaron’ los explosivos del 11-M- que ahora ofrecemos íntegramente y en exclusiva.

   Esta increíble historia tuvo su punto de inicio en Vegadeo (Asturias), el 22 de julio de 2000. El entonces teniente de la Guardia Civil López Rico, mediante escrito número 2.562, dio cuenta a la Jefatura de la Comandancia de Oviedo de la existencia de irregularidades en las reclamaciones de carburante en los vehículos oficiales del Puesto de Vegadeo.

  Según la denuncia, se habían reclamado de forma indebida veinte vales de carburante por un importe total de 54.600 pesetas (algo más de 300 euros). A juicio del Instructor de la información verbal, el responsable de la reclamación del carburante y de los pagos a la gasolinera era el sargento Antonio Nistal Domínguez –actualmente brigada, destinado en Pola de Lena-, habiendo sido el Guardia Civil José Luis Carril Conde quien habría rellenado y firmado seis vales que, según el denunciante, no figuraban repostados en la gasolinera.

   Se da la circunstancia de que Carril Conde es familiar del general de División y director adjunto operativo de la Guardia Civil –el auténtico número dos de Joan Mesquida-, José Manuel García Varela. Un hombre, por cierto, al que todas las quinielas le citan como uno de los tres tenientes generales que el Gobierno de Rodríguez Zapatero va a nombrar en la Benemérita, por primera vez en su historia.

   Retrotrayéndonos a julio de 2000, a la vista de las conclusiones contenidas en la información verbal, el Comandante Jefe Interino de la Comandancia ordena la instrucción de unas Diligencias, que, con el número 166/2000, son tramitadas por el Capitán Pedro Amable Marful Amor, en calidad de Instructor, y por el Sargento Hidalgo Feliz, que actuó como secretario, ambos con destino en la Unidad Operativa de la Policía Judicial de Oviedo. Una vez concluidas las Diligencias se remitieron al Juzgado de Instrucción N° 1 de Castropol.

   Sin embargo, en agosto de 2001 el Juzgado de Instrucción dictó Auto de sobreseimiento y archivo de las actuaciones por considerar que los hechos investigados, si bien eran constitutivos de infracción penal, no existían motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna. Sin embargo, según escritos posteriores de López Rico, el juez tomó esa decisión por irregularidades supuestamente cometidas por el instructor.

  Ante la contrariedad que le produjo la decisión, el entonces teniente López Rico emprendió una serie de actuaciones y de quejas dentro del Cuerpo que, en definitiva, le valieron un expediente disciplinario, que es el que ahora ha anulado el Supremo, además de una persecución por los prostíbulos del Occidente asturiano. Entre sus quejas, expresamente la dirigida con fecha 19 de junio de 2002 al Coronel Jefe de la 140 Zona de la Guardia Civil, Pedro Laguna Palacios (hoy general), López Rico acusaba al coronel de actuaciones como la siguiente: “Prohibir a los componentes de las distintas Patrullas del Seprona que cuando el Coronel y sus amigos estuvieran cazando se abstuvieran de personarse en la zona”.

  En fin, que esos y otros ‘detalles’ llevaron a la apertura de una investigación contra López Rico y sus supuestas conexiones con la prostitución en Asturias. Según López Rico, en una serie de escritos a los mandos a los que ha tenido acceso Diariocritico, el capitán Pedro Amable Marful le ‘colgó’ –literalmente- relaciones con una prostituta del Occidente asturiano, cuando el supuesto amante era un subordinado de López Rico.

  Para esa ‘operación’ contra el entonces teniente se utilizó un fax de la embajada brasileña en España que se interesaba por una súbdita suya que se prostituía en Asturias. El operativo, montado a finales de febrero de 2003, fue descomunal durante los meses de febrero, marzo abril y mayo: Policía y Guardia Civil buscando a una prostituta, de forma paralela a las notas que enviaba la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil pidiendo a la Comandancia de Oviedo que el comandante Francisco Javier Jambrina Rodríguez investigara la trama asturiana de explosivos.

 La trama no se investigó, como todo el mundo sabe –Jambrina llegó a declarar en el juicio del 11-M que el coronel Pedro Laguna, entonces jefe de la Zona de Oviedo, no le dejó investigar-, pero la prostituta brasileña sí apareció y a López Rico le colgaron un falso romance que le costó un calvario profesional y personal… además de la apertura del expediente que ahora ha tirado abajo el Tribunal Supremo.

 Así, por resolución de 16 de junio de 2004, el director general de la Guardia Civil, poniendo término al expediente gubernativo n° 10/03, al ya ascendido a capitán López Rico la sanción de un año de suspensión de empleo, como autor de la falta muy grave prevista en el articulo 9.9 de la L.O. 11/91: "Observar conductas gravemente contrarias a la disciplina, servicio y dignidad de la Institución, cuando no constituyan delito". López Rico interpuso diversos recursos de alzada ante el Ministro de Defensa y contencioso-disciplinario militar ordinario que fueron desestimados.

 Finalmente, el ya capitán acudió al Tribunal Supremo, que ha fallado a su favor. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Diariocrítico, se afirma “lo razonable es entender que actuó no solamente de forma lícita [en lo relativo a la instancia de López Rico en lo de los vales de gasolina], sino también en cumplimiento de un deber, sin que pueda además pasarse por alto que tales irregularidades eran reales -la Sala quiere subrayarlo por cuanto es un dato singularmente importante- como entendieron primero el instructor de la información verbal practicada (concluyó indicando incluso los guardias civiles responsables da ellas) y luego el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Castropol, que en el auto de sobreseimiento provisional de las diligencias incoadas al respecto razonó en estos términos: "de lo actuado se desprende que los hechos investigados son constitutivos de infracción penal, si bien no existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada [...]".

  En lo relativo a los términos en que redactó su carta al coronel Pedro Laguna (hoy general), dice el Supremo que “este oficial dispuso lo que le resultaba obligado hacer, investigar lo denunciado y si existía causa sancionar la acción infractora, como hizo en uno de los asuntos a los que se refería el recurrente en su escrito”.

  Finalmente, dice la sentencia del Supremo que “no puede sostenerse que con ellas [las diferentes acciones que López Rico emprendió para que se castigara a los culpables, según él, del ‘extraperlo’ de Vegadeo] el recurrente desprestigiara al Cuerpo de la Guardia Civil porque, en casos similares, si esta consecuencia se produce la causa no se encuentra en quien se ha empeñado en descubrir la verdad”.

  Y, en fin, añade el Supremo que “y si a eso se añade que el historial profesional del recurrente es intachable, como resulta de los datos obrantes en él (y así lo reconoce la propia autoridad sancionadora), lo razonable es considerar que el escrito carece de entidad para atribuirle la calificación de conducta”.

  El Supremo declara, pues, la nulidad de las resoluciones administrativas contra López Rico, con los efectos económicos y administrativos que correspondan, aún con independencia de que el recurrente pueda haber incurrido -y ello habrá de decidirlo la Administración sancionadora- en responsabilidad disciplinaria por el escrito dirigido al coronel Jefe de la Zona y por la confección del atestado núm. 62/02. Sin embargo, esa supuesta infracción estaría prescrita a fecha de hoy.

· Pueden ver íntegra la sentencia del Supremo pinchando aquí.

· Pueden ver íntegra la carta que López Rico ha enviado al comandante Jambrina en marzo de este año pinchando aquí.

· Pueden ver la correspondencia cruzada de López Rico con mandos y fiscales de Asturias pinchando aquí.

· Pueden ver todo lo relacionado con esta historia y la trama de explosivos en Asturias pinchando aquí.

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