www.diariocritico.com

Las líneas rojas de Podemos sobre una reforma constitucional y electoral, destinadas a caer en saco roto

Las líneas rojas de Podemos sobre una reforma constitucional y electoral, destinadas a caer en saco roto
(Foto: Europa Press)
lunes 21 de diciembre de 2015, 18:47h
El resultado electoral deja un escenario abierto a los imprescindibles pactos poselectorales. Sin embargo, las líneas rojas anunciadas por Podemos llegarían a un callejón sin salida, incluso en caso de que el PSOE asumiera su hoja de ruta de reforma constitucional.

El líder de Podemos, Pablo Iglesias, ha anunciado que planteará al resto de partidos una "hoja de ruta de reforma constitucional” que incluya las cinco grandes garantías planteadas a lo largo de la campaña: blindaje de los derechos sociales, independencia de la justicia, reforma del sistema electoral, revocatorio del gobierno en caso de incumplimiento del programa y derecho a decidir.

Sin embargo, el dispar reparto de escaños en el Congreso y en el Senado abocaría esta propuesta a un callejón sin salida.

Podemos no fue el único partido en llevar en su programa electoral una propuesta para modificar la Carta Magna –PSOE y Ciudadanos también la incluyeron con sus particularidades-, pero sí es quien la ha fijado como línea roja para desatascar la espinosa cuestión de la investidura del nuevo presidente del Gobierno.

Ahora bien, el resultado electoral dificulta enormemente cualquier reforma de la Constitución ya que los preceptos que se pretenderían modificar afectan en algunos casos al modelo territorial y a determinados derechos y libertades, algo que requeriría el procedimiento agravado (artículo 168) que exige una mayoría de dos tercios en cada una de las cámaras para salir adelante.

De este modo, con el actual reparto de escaños, ni aun poniéndose de acuerdo el PP y el PSOE en una reforma de la Constitución podrían sacarla adelante, ya que ambos suman 213 escaños.

En el Congreso, esa mayoría de dos tercios se traduce en un apoyo de 233 diputados, por lo que de oponerse el Partido Popular, que ha obtenido 123 escaños, la tramitación de la reforma no sería viable, ya que el resto de partidos, sin contar a los populares, sumarían 227 diputados en el hipotético caso de que todos -menos el PP- estuvieran de acuerdo. Es decir, que faltarían 6 escaños para poder sacar adelante una reforma agravada de la Carta Magna.

Además, el artículo 168 de la Constitución requiere que para reformar tanto el Preámbulo como la parte del Titulo I de la Constitución que afecta a derechos fundamentales, como el Título II, relativo a la Corona, se cuente con el apoyo de los dos tercios del Senado, que son 177 senadores de los 266 que integran la cámara alta. Al tener allí el PP una amplia mayoría -ha obtenido 124 de los escaños-, su oposición a cualquiera de estas reformas la haría imposible.

El freno del Senado 'popular'

Otra de las reformas propuestas por partidos como PSOE y Podemos es la inclusión, entre los derechos fundamentales, de los ahora denominados principios rectores de la política social y económica, que incluyen, entre otros, a la vivienda, a la sanidad, la educación y la distribución de la renta.

Para hacerlo posible sólo se precisaría aplicar el método 'ordinario', es decir, una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras y en el Congreso ello se traduce al apoyo de 210 diputados. Es decir, si el PP se opone con sus 123 diputados, deberían apoyarla conjuntamente PSOE (90 escaños), Podemos (69) y Ciudadanos (40), y aún necesitarían el apoyo de otros grupos minoritarios, ya que estos tres partidos suman 199 diputados y les faltarían aún 11 para poder sacarla adelante.

En todo caso, la reforma se estrellaría de nuevo en el Senado, pues la mayoría del PP imposibilitaría en todo caso llevarla adelante, ya que los tres quintos necesarios suponen 158 senadores y el resto del arco parlamentario sin contar al PP suman 105.

Según el artículo 167 de la Constitución, que es el que regula este tipo de reforma, de no obtenerse el apoyo de los tres quintos de cada una de las cámaras, el Congreso podría aprobarla por mayoría de dos tercios siempre que cuente con mayoría absoluta del Senado. De nuevo, y si el PP se opone en ambas cámaras, la reforma es imposible.


Reforma de la organización territorial

En esta misma situación se encontraría la reforma del Título VIII, relativa a la Organización Territorial del Estado, cuya reforma propugnaba Ciudadanos. Para esta también son necesarios tres quintos de cada una de las Cámaras, pero de nuevo la mayoría absoluta del PP en el Senado impediría su aprobación, aunque hubiera logrado los tres quintos del Congreso.

Además hay que tener en cuenta, que en cualquiera de los dos casos -reforma agravada u ordinaria de la Constitución-, la iniciativa debe partir del Gobierno o de las cámaras, si bien en este último caso debe ir suscrita por dos grupos parlamentarios o por la quinta parte de los diputados de cada una de ellas.

El artículo 87 de la Constitución también contempla que la iniciativa parta de las comunidades autónomas, cuyos parlamentos pueden solicitar al Gobierno que adopte un Proyecto de Ley o pueden remitir a la Mesa del Congreso una Proposición de Ley.

Reforma de la ley electoral

En cuanto a la propuesta de reformar la ley electoral la cosa cambia, pero poco. El sistema electoral viene delimitado por la Ley del Régimen Electoral General, pero también por la Constitución. Ciertos partidos perjudicados por el sistema electoral –IU, UPyD entre otros- vienen reclamando desde hace tiempo un cambio electoral que consideran injusto, pero no parece una tarea sencilla.

La ley electoral incluye el tan criticado mecanismo de reparto de escaños conocido como Ley D’Hont, pero incluso modificando esta ley orgánica –ya se ha tocado en 18 ocasiones-, en base a una hipotética y nada realista mayoría absoluta en el Congreso, ni siquiera sería posible llegar a modificar la espinosa cuestión de la circunscripción única que reclaman algunos partidos puesto que estos aspectos están recogidos en la propia Constitución.

Para ello, sería necesario modificar el artículo 68 de la Constitución por el método 'ordinario' y volvería a estrellarse en las cámaras parlamentarias. En concreto, el texto establece que la circunscripción electoral es la provincia:

"2. La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.3. La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional".

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios