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Por las dos causas que están siendo investigadas en el Supremo

Primer paso hacia la posible suspensión de Garzón: el Poder Judicial pide un informe al fiscal

Primer paso hacia la posible suspensión de Garzón: el Poder Judicial pide un informe al fiscal

martes 09 de febrero de 2010, 13:53h
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó este martes solicitar al Ministerio Fiscal un informe a la Fiscalía sobre si debe o no suspender de funciones al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón de forma cautelar en relación con su posible procesamiento por los dos delitos que se están investigando en el Tribunal Supremo: uno de prevaricación por investigar las desapariciones del franquismo y otro, relacionado con su gestión de unos cursos en Nueva York.
La resolución supone dar el primer paso para suspender temporalmente en sus funciones al titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, si bien el contenido del informe del fiscal no es vinculante.

  La consulta a la Fiscalía se produce antes de que Garzón haya podido recurrir el auto dictado el pasado jueves por el magistrado del alto tribunal Luciano Varela, en el que éste expresaba sus motivos para sentarle en el banquillo y rechazaba, por tanto, archivar la causa por prevaricación relacionada con su investigación de la memoria histórica.

   Hay que tener en cuenta que la posibilidad legal, si bien parece harto improbable, de que la Sala admita su recurso de apelación y archive las actuaciones contra el juez.

   La resolución de la Comisión Permanente se fundamenta en la recepción por este órgano tanto del auto de Varela como del dictado por la Sala el pasado 28 de enero admitiendo a trámite una segunda querella contra el juez (por presunta prevaricación, cohecho y estafa), relacionada con la gestión de unos cursos patrocinados por el Banco Santander en la Universidad de Nueva York.

Causas de suspensión

   El acuerdo añade que en este caso debe aplicarse el artículo 384.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (CGPJ) en relación con el 383. Los dos primeros puntos de este último establecen que la suspensión de los jueces sólo tiene lugar "cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones" o bien "cuando por cualquier otro delito doloso se hubiere dictado contra ellos auto de prisión, de libertad bajo fianza o de procesamiento"

No hay auto de procesamiento

   La realidad es que contra Garzón no se ha dictado aún ningún auto de procesamiento. En el asunto de la memoria histórica se está a la espera de que el juez recurra el auto de Varela y la Sala de lo Penal se pronuncie al respecto, y en la causa por los pagos de Nueva York tan sólo se ha procedido a la admisión a trámite de la querella.

   El artículo 384.1 señala que en los dos supuestos antes señalados "el juez o tribunal que conociera de la causa lo comunicará al Consejo General del Poder Judicial, quien hará efectiva la suspensión, previa audiencia del Ministerio Fiscal". Y este es el trámite que ha acordado este martes el Consejo.

Desapariciones

   El pasado jueves, el magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela, que instruye la causa por prevaricación abierta contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por investigar las desapariciones tras la Guerra Civil, dictó un auto en el que señalaba extensamente los motivos para sentarle en el banquillo, si bien favorecía que sea la Sala, compuesta por cinco magistrados, la que decida si finalmente archiva el caso o bien le ordena seguir con la "fase de preparación del juicio oral" .

   La decisión del instructor supuso la desestimación de la última petición de Garzón para que el caso sea cerrado. La decisión puede ser recurrida ante la Sala y Garzón, por su parte, ya está preparando con su abogado Gonzalo Martínez-Fresneda la posible interposición de recurso de apelación, cuyo plazo de presentación concluye mañana.

   El escrito de Varela incluye valoraciones de calado, como la que señala que el examen de las actuaciones "ha revelado, como hecho probable, que el magistrado querellado actuó con la finalidad de eludir la decisión del legislador sobre el régimen de localización y exhumación de víctimas de los horrendos crímenes del franquismo (...) sabiendo que éstos habían sido objeto de amnistía por las Cortes democráticas de España, cuya voluntad decidió conscientemente ignorar u orillar".

Nueva York

   El pasado 28 de enero, el Supremo admitió a trámite la querella interpuesta por dos abogados Garzón en relación con la organización por su parte de unos cursos en Nueva York entre 2005 y 2006, cuando disfrutaba de un permiso de estudios, que fueron patrocinados por el Banco Santander. A su vuelta a España, el juez archivó una causa que tenía pendiente contra directivos de la entidad, según la denuncia.

   Para la investigación de estos hechos se ha designado al magistrado Manuel Marchena, que dirigirá la instrucción contra el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 por los presuntos delitos de prevaricación, cohecho y estafa.

    Esta nueva acción penal contra Garzón, impulsada por los letrados José Luis Mazón y Antonio Panea, se produjo después de que en marzo de 2009 el Supremo archivara una primera querella por el mismo asunto ordenara al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que los investigara. El órgano de gobierno de los jueces abrió diligencias informativas contra el juez, pero las cerró el pasado mes de julio sin aplicarle ninguna sanción disciplinaria.



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