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Las tasas judiciales 'Gallardón', ya en vigor

Las tasas judiciales "Gallardón", ya en vigor

lunes 17 de diciembre de 2012, 19:25h
Si no fuera porque, el poder judicial depende del ejecutivo, igual que del legislativo, y no fuera además, Gallardón el impulsor, como lo ha sido, de la ruina de Madrid, hasta podría estar de acuerdo en que para disminuir la litigiosidad, la justicia judicial, no puede ser gratis. Ahora, cuando veo que todo el poder judicial, se enfrenta con  la nueva Ley, algo debe de andar mal en su aplicación, pues era una de las pocas cosas, del llamado Estado social de derecho que se viene abajo, como la Educación y la Sanidad, que como todo lo gratis, se convierte en despilfarro, especialmente bajo la bota socialista.
 
Recuerdo en 1979, en el coloquio de ABC, mi enfrentamiento con el , a la sazón comunista, Ramón Tamames, a quien le dije que si la Sanidad tenía que ser gratis, antes era la alimentación, lo que se traduciría en acaparar en las despensas y conseguir  que se pudrieran todos los perecederos, como ha ocurrido con la Justicia, con la Educación y con la Sanidad, todo podrido,, incluida la política y el propio Régimen, hasta las cachas de "corrupción". Así, desde hoy las tasas encarecen desde hoy el recurso a la justicia. Los ciudadanos pagarán por primera vez en el orden Social, tras la publicación este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la orden ministerial que regula el procedimiento de liquidación y cobro. La orden recoge los dos modelos para la autoliquidación y la solicitud de devolución por solución extrajudicial de tasas judiciales. No obstante, también contempla varios supuestos relativos a la devolución de pagos y a la presentación de modelos que entrarán en vigor más tarde, a partir del 1 de abril de 2013
 
La nueva ley contempla incrementos de entre 50 y 750 euros en las tasas y los ciudadanos deberán pagar por primera vez en el orden Social y afrontar un coste de hasta 1.200 euros si quieren recurrir ante el Tribunal Supremo en la vía Civil y Contencioso-Administrativa. La norma, tramitada con el carácter de urgencia ante las Cortes Generales, estilo Gallardón, salió adelante la jornada de la huelga general con los votos en solitario del PP en el Senado.. Así, las subidas más destacadas que introduce la nueva ley se producen en los casos de apelación del ámbito Civil y Contencioso-Administrativo, que se incrementan en 500 euros, y en la casación de esos mismos órdenes, que pasan de 600 a 1.200 euros. En fase de apelación se deberá pagar 800 euros en ambos órdenes. El Congreso modificó levemente el proyecto original al eximir a los trabajadores del pago del 60 por ciento de la tasa prevista en los recursos de suplicación y casación en lo Social. Además, se liberó del pago de la tasa a los procedimientos verbales o monitorios cuando la cuantía de la reclamación sea inferior a 2.000 euros.

Según el economista Luis Guzmán Justicia, amigo mío y un prodigio de reflexión se pregunta" ¿Cómo nos afectan?". La implantación de Tasas por litigar, va a dificultar el acceso a la justicia de numerosos ciudadanos "Recurrir una multa de tráfico de poco valor, comenzar un proceso de divorcio, reclamar una herencia, luchar en los Tribunales por una indemnización de importe elevado tras sufrir un accidente grave, etc. En cualquiera de estos casos, a raíz de la nueva Ley de Tasas Judiciales, será necesario pagar. A partir de ahora, los ciudadanos que quieran hacer valer sus derechos ante los Tribunales tendrán que pagar primero. Como señalamos  a continuación, para poner en marcha un proceso judicial, habrá que desembolsar una cantidad que, en algunos supuestos, es incluso superior a la cuantía  que se reclama. Organizaciones de consumidores, asociaciones de víctimas de la carretera, abogados, jueces, y ciudadanos de a pie, están sorprendidos con la entrada en vigor de la nueva Ley de Tasas Judiciales. Existen numerosas críticas, por parte de casi todos los sectores, desde quienes piensan que vulnera el derecho a la  "tutela judicial efectiva", hasta los que creen que establece una justicia para ricos y otra para pobres.  ¿Está justificado tanto revuelo?

1. Tasa fija más Tasa variable: Por reclamar una multa de Tráfico de 90 euros hay que pagar 200 euros. Con la aprobación de la nueva normativa, los ciudadanos que quieran hacer valer sus derechos ante los tribunales tendrán que abonar una Tasa, que tiene una parte fija y otra variable, en función de la cuantía que se reclame. La tasa fija para un juicio ordinario por lo civil (un divorcio, reclamar a la aseguradora una indemnización por un accidente) será de 300 euros.A estas tasas fijas hay que sumarle la parte variable. Hasta un millón de euros, se aplicará un 0,5% de la cuantía que se quiere reclamar. Y de ahí en adelante, un 0,25%. La cantidad más elevada que se puede pagar como tasa es de 10.000 euros. También hay que tener en cuenta que las tasas se van acumulando en los diferentes procesos. Por tanto, a la que se paga en la primera demanda, habría que sumar la tasa de la apelación y, si se recurre al Supremo, la de casación.

2. Ejemplos de las nuevas Tasas. Multas de tráfico (Lo peor). Es uno de los casos más llamativos de esta ley. Un conductor es multado con 90 euros, no está de acuerdo, reclama en Tráfico y no le dan la razón. Decide después recurrir en el orden contencioso administrativo mediante un procedimiento abreviado, donde tendría que abonar una tasa de 200 euros. Aunque ganara el procedimiento, no le devolverían la tasa; así que perdería 110 euros.

3. ¿Se pagarán Tasas en todos los procesos?
Las Tasas afectan al Orden Civil, al Contencioso-Administrativo y al Social. Pero NO al Penal.

4. ¿Pagará las Tasas todo el mundo?
En general, todas las personas que pongan una demanda  o  apelen en el ámbito civil y el contencioso-administrativo, o recurran en lo social tendrán que pagar. Abonará la misma cantidad un millonario, una gran empresa y una familia que tenga unos ingresos de 1.400 euros al mes, viva la justicia y eso, olvidando las existentes corruptelas.

Pero hay una serie de EXENCIONES: Las personas que demuestren insuficiencia de recursos para litigar y, por tanto, se les haya reconocido el derecho a la justicia gratuita no tendrán que abonar Tasas. Este es el caso de aquellas  unidades familiares que cobren menos de 14.900 euros al año y, además, no muestren signos externos de capacidad económica. En el Orden Social, los trabajadores, ya sean autónomos, o por cuenta propia, tendrán una exención del 60%. Las mujeres víctimas de violencia de género no tendrán que abonar Tasas en estos procesos.

TAMPOCO PAGARÁN LAS TASAS:  El Ministerio Fiscal, la Administración General del Estado,  las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales,  y los Organismos Públicos que dependan de ellas. Ni las Cortes Generales,  ni las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.

5. ¿Se devuelven las Tasas?.En general NO, Salvo en muy contados casos, temas de menores o acumulación de procesos. A PAGAR TOCAN: LA   APISONADORA "GALLARDÓN", pobres de nosotros ciudadanos, injustamente agraviados.

Bernardo Rabassa

Presidente de clubs y fundaciones liberales. Miembro asociado de Alianza Liberal Europea (ALDE). Premio 1812 (2008). Premio Ciudadano Europeo 2013. Medalla al Mérito Cultural 2015. Psicólogo social. Embajador de Tabarnia. Presidente del partido político constitucionalista Despierta.

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