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Caixabank y Larranza XXI acuerdan su salida de FCC en enero de 2015

Caixabank y Larranza XXI acuerdan su salida de FCC en enero de 2015

martes 02 de diciembre de 2014, 10:18h
Caixabank y Larranza XXI, accionistas minoritarios de B1998, la sociedad instrumental con la que la empresaria Esther Koplowitz controla su participación en FCC, han pactado su salida de la compañía en enero de 2015, según ha informado este lunes la firma a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Ambas entidades han pactado su salida de FCC en el marco del proceso de reorganización de su capital, la refinanciación de su deuda y la entrada de Carlos Slim, el nuevo accionista de referencia en la compañía, con una 25,62% del capital.   

La ejecución de dicha desinversión está prevista para el primer mes del próximo año y se llevará a cabo mediante la adquisición por B1998 de sus propias participaciones, propiedad de Larranza XXI y Caixabank, en ejecución del correspondiente acuerdo de reducción de capital para su inmediata amortización.
  
Durante la ejecución de la desinversión y hasta que se haga efectiva su consumación, los pactos parasociales que regulan las relaciones societarias entre Larranza y Caixabank, individualmente, de una parte, y Dominum Dirección y Gestión, de otra, relativos a B1998, comunicados en 2011 y 2014, respectivamente, quedan parcialmente en suspenso.
  
Por otro lado, tras la entrada de Slim, FCC ha llegado a un acuerdo con el vicepresidente segundo del consejo de administración y consejero delegado, Juan Béjar, con el fin de modificar algunos de los términos del contrato que mantiene con la compañía y dotar con ello de una mayor estabilidad a la dirección ejecutiva de la entidad.
  
Según dicho acuerdo, la facultad de Béjar de instar unilateralmente la extinción de su contrato con la compañía, con motivo de la pérdida de control sobre FCC por parte de Esther Koplowitz, no podrá ser ejercitada hasta transcurrido el plazo de un año, desde la fecha de comienzo de cotización de las nuevas acciones derivadas de la ampliación de capital de FCC.
  
La indemnización a la que tendría derecho en ese supuesto sería de dos anualidades (fijo y variable anual promedio, a lo que se suma la variable trienal promedio y la variable trienal devengado y no satisfecho).
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