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Compatibilidad pensión y empleo

jueves 10 de marzo de 2016, 10:01h
Han estado en el candelero por absurdas e injustas las multas impuestas a los creadores por simultanear el cobro de sus pensiones con el de los derechos de autor. Por su interés, quiero compartir las reflexiones del Presidente de Fundación Edad&Vida, E. Rodríguez Rovira. Cuenta que la plataforma Seguir creando se ha reunido con la Ministra en funciones quien se ha comprometido, si el PP renovara Gobierno, a hacer compatibles ambos ingresos. Una parte del espectro político, por tanto, estaría de acuerdo en la anulación de una situación absurda. Pero hay que insistir que esta compatibilidad pensión-empleo debería extenderse a todos los trabajadores, no solo a los creadores, cuyo lobby es muy potente.

Según la reglamentación actual la pensión de jubilación es compatible con el desempeño de altos cargos, lo que a cualquier persona con un mínimo de sensibilidad le parecerá discriminatorio e injusto, pues probablemente serán los que menos necesiten cobrar su pensión mientras ocupen estos puestos. También pueden cobrar su pensión los presidentes y consejeros de sociedades anónimas ya que sus trabajos no están incluidos en el régimen de Seguridad Social. La categoría más extendida de trabajadores que pueden hacerlo compatible al 100% son los profesionales colegiados en alta de una mutualidad (arquitectos, abogados etc.) y se permite seguir manteniendo la titularidad de un negocio y el ejercicio de las funciones inherentes a dicha titularidad. Todos los casos son sectores de poder económico a los que se les otorga lo que hoy se puede denominar privilegio, mientras no se amplíe el derecho a toda la población.

La realización de trabajos por cuenta propia por parte de jubilados solo permite la percepción de la pensión de jubilación completa si los ingresos son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional anual, en caso contrario solo se podrá recibir el 50% de la pensión, generosa concesión realizada en 2013, que aunque mejora la situación precedente, no ha sido acogida con entusiasmo por la población jubilada como prueban las estadísticas las estadísticas oficiales. Sin embargo la realidad puede ser muy diferente.

Según un estudio de GID, financiado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en 2007 nada menos que 1.530.000 jubilados tenían un trabajo remunerado, en muchos casos opaco, de los cuales 800.000 eran prejubilados. Probablemente en estos momentos la cifra no sea inferior. En la encuesta de AEGON 2012 solamente 47% de los jubilados encuestados dejó de trabajar completamente. Según datos oficiales nada más que 117.000 personas de 65-69 años están ocupadas, cifra que baja a 34.000 en retirados de más de 69 años. La discrepancia de cifras es enorme. Según el Eurobarómetro 2012, de cara al futuro espera seguir trabajando 19% de los trabajadores españoles, dato que en la encuesta de AEGON 2012 es nada menos que el 36%. En muchos casos la situación será irregular, por lo que la pérdida de ingresos fiscales es obvia y la postura de la administración no es lógica. La reglamentación es excesivamente rígida y la libertad, no solo para los creadores, debería ser total, como sucede con los altos cargos, los profesionales que se jubilan etc. La legislación debe favorecer las situaciones de jubilación flexible y trabajo parcial, sin penalizaciones, salvo las lógicas, como por ejemplo las de no poderse aplicar en caso de jubilaciones anticipadas o las acogidas a bonificaciones.

Se trataría solamente de seguir al Pacto de Toledo que recomienda esquemas de mayor permeabilidad y convivencia entre vida activa y pasiva que permitan la coexistencia de salario y pensión. Resulta adecuada en la misma línea que otros países de nuestro ámbito, una mayor compatibilidad entre la percepción de la pensión y percepción del salario por actividad, hoy muy restringida y que no incentiva la continuidad laboral.

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