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El Supremo dictamina que ya se puede exhumar a Franco diga lo que diga el prior del Valle de los Caídos
(Foto: Captura TVE)

El Supremo dictamina que ya se puede exhumar a Franco diga lo que diga el prior del Valle de los Caídos

> El tribunal recuerda la obligación constitucional de cumplir las sentencias firmes ante las amenazas del prior
> La familia pretende que el Tribunal Constitucional admita un recurso de amparo que retome el bloqueo

jueves 10 de octubre de 2019, 13:13h

El Tribunal Supremo ha levantado la suspensión cautelar que aún pesaba sobre tres recursos interpuestos por la Fundación Franco, la Asociación en Defensa del Valle de los Caídos y la Comunidad los Benedictina en el Valle contra la exhumación de Franco del Valle de los Caídos. Una decisión que ya es ejecutiva, pese a que no haya entrado a valorar el fondo de los mismos.

La Sección Cuarta de la Sala III ha acordado levantar la suspensión cautelar en tres autos, uno en relación a cada una de las entidades citadas, y argumenta que la medida debe levantarse tras la resolución del recurso de la familia Franco. Los magistrados indican que una vez resuelto el primero de los recursos se han alterado los presupuestos sobre los que adoptó la medida cautelar de suspensión, por lo que ahora, atendidos los intereses en conflicto, ha de darse una significativa prevalencia a los intereses generales.

Por otro lado, la Sección Cuarta de la Sala III ha dictado una providencia en la que responde a la petición de la Abogacía del Estado de autorización a acceder ya a la Basílica del Valle de los Caídos para proceder a la exhumación de los restos de Francisco Franco, ante la negativa del prior de la abadía, Santiago Cantera, a autorizar dicha entrada.

El Supremo explica que la sentencia dictada la semana pasada rechazando el recurso de la familia Franco es por sí misma título legítimo bastante para llevar a cabo las actuaciones previstas por los acuerdos del Consejo de Ministros de 15 de febrero y 15 de marzo, y por tanto acceder a la Basílica del Valle de los Caídos para proceder a la exhumación de Franco.

La providencia recuerda además que el artículo 118 de la Constitución española obliga a todos a cumplir las sentencias firmes.

Asimismo, la Sección ha dictado otra providencia en la que deniega la petición de personarse en el Supremo del particular que tiene presentado un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso número 3 de Madrid, contra la licencia de obras del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para la exhumación de Franco.

El particular pretendía su personación como parte interesada en el recurso de la Asociación de Defensa del Valle de los Caídos. La Sala desestima su pretensión y recuerda que es la Sala III del Supremo el único órgano jurisdiccional competente para enjuiciar la legalidad de los actos y disposiciones del Consejo de Ministros, así como las incidencias acaecidas en su ejecución.

Recurso ante el Tribunal Constitucional

No obstante, la familia del dictador Francisco Franco ha anunciado que presentará la última batalla contra el Gobierno al presentar un recurso urgente al Tribunal Constitucional para paralizar la exhumación, después de que el Tribunal Supremo la autorizase.

El abogado de la familia Franco, Luis Felipe Utrera-Molina, confirmó a TVE que presentarían el recurso de amparo, exigiendo la suspensión cautelarísima para que no se trasladen los restos mortales de Franco del interior de la basílica del Valle de los Caídos al cementerio de Mingorrubio en El Pardo.

La familia reclama al Constitucional que se ha vulnerado sus derechos fundamentales, como el principio de igualdad de trato, al tiempo que creen que la exhumación forzosa atenta contra el derecho a la libertad religiosa. También reclama la familia que se vulneran los derechos a la intimidad personal y familiar y a una tutela judicial efectiva.

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