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Velatorios prohibidos y entierros con hasta 3 personas: las nuevas medidas extremas por el coronavirus
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(Foto: Chema Barroso / MDO)

Velatorios prohibidos y entierros con hasta 3 personas: las nuevas medidas extremas por el coronavirus

> El Gobierno impide que las funerarias puedan subir los precios

lunes 30 de marzo de 2020, 10:18h

La prohibición de los velatorios y los entierros con hasta un máximo de 3 personas presentes son algunas de las nuevas y restrictivas medidas por el coronavirus y el estado de alarma.

El BOE ha publicado este lunes un nuevo decreto por el cual se recuerda que, si bien el 14 de marzo se declaraba el estado de alarma y una serie de medidas restrictivas para el movimiento de las personas, con el objetivo de minimizar los contagios por coronavirus, "las especiales características que rodean las ceremonias fúnebres, es difícil asegurar la aplicación de las medidas de contención y distanciamiento con la separación interpersonal de más de un metro necesaria para limitar la propagación del virus".

Además, se recuerda que en el caso del Covid-19, familiares o allegados del fallecido han podido ser contactos estrechos por lo que deberán permanecer en sus casas observando la cuarentena correspondiente.

La evolución de la epidemia en España exige, explica el Gobierno, "la adopción de nuevas medidas extraordinarias para evitar la propagación y contagio relacionados con los velatorios o la celebración de las ceremonias civiles y religiosas vinculadas a los funerales, así como medidas para garantizar la protección de los usuarios de servicios funerarios".

Por ello, el Ejecutivo dice que "se hace preciso prohibir todos los velatorios, tanto en instalaciones públicas como privadas, restringir otras ceremonias fúnebres, independientemente de la causa del fallecimiento, y regular algunas de las condiciones de contratación de los servicios funerarios".

En concreto, sobre los velatorios dice: "Se prohíben los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, así como en los domicilios particulares".

En cuanto a las actuaciones sobre el cadáver, explica: "En el caso de fallecidos por Covid-19, no se podrán realizar prácticas de tanatoestética, intervenciones de tanatopraxia, ni intervenciones por motivos religiosos que impliquen procedimientos invasivos en el cadáver".

En lo referente a ceremonias civiles o de culto religioso, informa: "Se pospondrá la celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres hasta la finalización del estado de alarma, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el párrafo siguiente. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 3 familiares o allegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto. En todo caso, se deberá respetar siempre la distancia de uno a dos metros entre ellos".

El Gobierno también se ha preocupado de que las funerarias no hagan su 'agosto' subiendo precios: "Durante el periodo de vigencia del estado de alarma, los precios de los servicios funerarios no podrán ser superiores a los precios vigentes con anterioridad al 14 de marzo de 2020".

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