www.diariocritico.com

Consecuencias legales y juridícas del covid-19: el Derecho y la Justicia

lunes 25 de mayo de 2020, 11:26h

El viernes 21 de mayo tuvo lugar el webinar 'El derecho y la justicia en tiempos del coronavirus', organizado por la Fundación Independiente en colaboración con el despacho de abogados Cremades & Calvo-Sotelo, sobre el impacto y las principales implicaciones jurídicas del coronavirus para todos los ciudadanos, al que tuve el gusto de asistir a distancia, participando activamente en el chat que se desarrollaba al tiempo, que fue moderado por Alfredo Dagnino, abogado-socio de Cremades & Calvo-Sotelo y vicepresidente de la Fundación Independiente

El presidente Aldo Olcese inició su presentación agradeciendo la colaboración del despacho Cremades & Calvo-Sotelo indicando que la Fundación Independiente había organizado el webinar porque Cremades “siempre ha antepuesto la justicia al derecho y eso les honra”. La justicia y el derecho en estas circunstancias son especialmente sensibles y todos nos hemos sentido concernidos por todo lo que está ocurriendo. Es un periodo complicado de la historia de España.

Javier Cremades por su parte agradeció la invitación a participar y compartir un espacio de trabajo y reflexión en la Fundación Independiente. Una vez iniciado el webinar, Alfredo Dagnino presentó los temas a tratar y expuso una serie de reflexiones sobre la justicia y el derecho en estos momentos. Para Dagnino la crisis sanitaria nos ha llevada a una situación de emergencia nacional con consecuencias terribles para la vida de las personas. Hay que tomar conciencia de los límites del poder del estado en situación de crisis y no hay que descuidar el cumplimiento de la Constitución: primacía del estado de derecho. Hay que garantizar un régimen jurídico y democrático de convivencia, el sometimiento de todos al imperio de la ley, la separación de los poderes y la sagrada independencia del poder judicial.

Dio la palabra a Carlos de la Mata. Para el, la característica más acusada que estamos viviendo ahora es que estamos en presencia de una legislación extraordinaria, de carácter excepcional pero también temporal y su proporcionalidad se verá cuando entren en funcionamiento los mecanismos de control jurídico. El decreto de alarma habilita al gobierno para tener una capacidad normativa y de ejecución extraordinaria haciendo que el gobierno sustituya al parlamento y rompiendo el equilibrio de poderes y territorial de reparto de competencias con las comunidades autónomas. Otra cuestión son las consecuencias de la limitación de derechos y libertades individuales. El concepto confinamiento no existe en nuestro ordenamiento jurídico, existe la limitación de movimientos y otros aspectos económicos, sociales, empresariales etc.

A continuación, intervino Vicente Conde que habló de la constitucionalidad de las medidas adoptadas. Para él,. siendo muy preocupante en lo social la alteración de la paz social. En cuanto a la repercusión jurídica, se ha abierto una etapa de disquisiciones y resoluciones que van a durar años. La necesidad de la declaración del estado de alarma “no la pone en duda” pero antes de la declaración de la pandemia, había un “arsenal” de armas jurídicas que se podían haber utilizado y que no se han utilizado, como la ley de Salud Pública.

Rafael Fernández Montalvo habló sobre el impacto en la relación de las administraciones públicas con el ciudadano. Bajo su punto de vista, la concentración de poder en el ejecutivo con la declaración del estado de alarma, la posibilidad de dictar órdenes y resoluciones sin control en ese estado de necesidad hace imprescindible el control político mediante la intervención del Congreso, control administrativo y sobre todo control judicial con el Tribunal Constitucional y la justicia ordenaría. El estado de alarma ha influido en la contratación pública. Se han adoptado decisiones con carácter de urgencia y se han sustraído a los controles. Hay una responsabilidad patrimonial de las administraciones. El gobierno prevé un crecimiento de las reclamaciones “por su inepta actuación”.

El ex Fiscal General del Estado Juan Ortiz Úrculo habló de la viabilidad de la exigencia de responsabilidades penales citando varios delitos de los que se podría establecer más claramente esa responsabilidad penal de la administración. La administración central, ante informaciones que tenía previamente al estado de alarma, hizo dos cosas que no debió hacer, bajo su punto de vista: retrasar las medidas preventivas y en el acuerdo de estado de alarma, y en no buscar las medidas preventivas con antelación (compra de Epis, test, etc...).En esta situación, la primera posibilidad que existe para reclamar responsabilidades penales es por imprudencia grave con resultado de muerte o lesiones porque no existe un delito de imprudencia con riesgo para la colectividad. Otra cuestión son situaciones particulares como lo sanitarios con material defectuoso. En relación con los trabajadores que resultaron infectados por falta de material. Otra posibilidad es la lesión de la libertad de movimientos, de manifestarse o de reunirse y que pueden derivar algunos delitos. Y la tercera posibilidad sería la malversación de caudales públicos porque se ha hecho uso de un dinero en la compra de equipos a veces defectuosos y no se sabe qué ha pasado con ese dinero, en qué se ha utilizado y cómo.

Finalizó las intervenciones Ángel Fernández-Albor hablando del impacto en la economía y en las empresas de la crisis del coronavirus. En una situación de crisis económica como en la que estamos entrando y siempre que se produce, se tiene un protocolo abstracto de aplicar que consiste en analizar causas y consecuencias. En las causas hay que intervenir para controlarlas y en las consecuencias también para intentar mitigarlas. La mitigación de las consecuencias tiene que ir destinada a evitar la destrucción del tejido productiv, movilización ingente de recursos, pero la manera de hacerlo marcará la diferencia. En España se ha enfocado fundamentalmente a través de los colaboradores del estado. Se han buscado herramientas de financiación de las empresas y el ataque a la demanda (bancos, ICO, ERTES…).. Tenemos un millón y medio de autónomos y el resto son pymes, de las cuales la mitad son micro pymes. La mayor parte de las empresas son del sector servicios, un 80%,. Con una economía industrial hay mejor capacidad de recuperación. Las medidas que se tienen que adoptar tienen que ser claras y ágiles de aplicación

Finalizadas las exposiciones, el moderador Alfredo Dagnino planteó varias de las cuestiones que habían realizado los asistentes a través del chat, centrándolas principalmente en la justicia como contrapeso, produciéndose un animado coloquio

Cerró el webinar el presidente de la Fundación Independiente, Aldo Olcese transmitiendo un mensaje de optimismo en todos los aspectos afirmando que tenemos una justicia independiente y buena, de alta calidad a pesar de sus carencias y debemos tener tranquilidad y confianza en su actuación futura. Importante hito sobre los derechos violados por el ejecutivo presidido por Pedro Sánchez.

Bernardo Rabassa

Presidente de clubs y fundaciones liberales. Miembro asociado de Alianza Liberal Europea (ALDE). Premio 1812 (2008). Premio Ciudadano Europeo 2013. Medalla al Mérito Cultural 2015. Psicólogo social. Embajador de Tabarnia. Presidente del partido político constitucionalista Despierta.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios