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President de la Generalitat Carles Puigdemont
President de la Generalitat Carles Puigdemont (Foto: Ruben Moreno Garcia / president.cat)

El Constitucional cumple el guión: suspende el reglamento del Parlament para la independencia 'exprés'... ¿Acatará el Govern?

lunes 31 de julio de 2017, 18:45h
Los magistrados del Tribunal Constitucional no han necesitado mucho tiempo para deliberar y aceptar por unanimidad el recurso del Gobierno al recién aprobado reglamento del Parlament. Con esta medida queda suspendida la norma que pretendía garantizar la aprobación 'exprés' de las leyes de la desconexión.

El Tribunal Constitucional ha cumplido el guión tras celebrar un pleno extraordinario esta tarde para analizar el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra el nuevo reglamento interno del Parlament de Cataluña.

El TC ha admitido a trámite el recurso suponiendo la suspensión autonómica de la norma que prevé aprobar en la cámara catalana leyes para la desconexión 'exprés' sin enmiendas ni debate con la oposición.

Precisamente este lunes, PP y Ciudadanos presentaron otros dos recursos de amparo contra este mismo reglamento.

El Tribunal, que tendrá 5 meses para levantar o mantener la suspensión del reglamento, ha acordado dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados
y al Senado, así como al Parlamento y a la Generalitat de Cataluña, por si quisieran presentar alegaciones o presentarse en la causa y enviar una notificación personal de la providencia a la Presidenta del Parlamento de Cataluña y Presidenta de la Mesa, Carme Forcadell i Lluís; al Vicepresidente Primero, Lluís Guinó i Subirós; al Vicepresidente Segundo, José María Espejo-Saavedra Conesa; a la Secretaria Primera, Anna Simó i Castelló; al Secretario Segundo, David Pérez Ibáñez; al Secretario Tercero, Joan Josep Nuet i Pujals; a la Secretaria Cuarta, Ramona Barrufet i Santacana; al Secretario General del Parlamento de Cataluña, Xavier Muro i Bas; y al Letrado Mayor del Parlamento de Cataluña, Antoni Bayona i Rocamora.

El Tribunal advierte a todos ellos “del deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”. En particular, señala, les advierte de su deber de abstenerse de “iniciar, calificar, introducir en el orden del día de cualquier órgano del Parlamento de Cataluña y, en general, de dictar acuerdo alguno que implique la tramitación de una proposición de Ley por el procedimiento de lectura única en aplicación del impugnado apartado segundo del art. 135 del Reglamento del Parlamento de Cataluña, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en la que pudieran incurrir en caso de incumplir dicho requerimiento”.

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