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La Audiencia Nacional reclama a Cifuentes que ponga nombre y apellidos a quienes autorizaron el primer 'pelotazo' del Canal
(Foto: Dolores de Lara)

La Audiencia Nacional reclama a Cifuentes que ponga nombre y apellidos a quienes autorizaron el primer 'pelotazo' del Canal

> El juez imputa a los responsables de la etapa de Gallardón

miércoles 27 de diciembre de 2017, 15:30h
El juez de la Audiencia Nacional que investiga las irregularidades en la compra de INASSA por parte del Canal de Isabel II ha citado a declarar a más de 40 personas y ha reclamado a la Presidencia de la Comunidad de Madrid toda la documentación relativa a dicha operación, incluyendo la identificación de los responsables que la autorizaron.
El juez Diego de Egea ha dictado un auto en el que acuerda las diligencias solicitadas por el Ministerio Fiscal en relación con las diligencias previas en las que investiga presuntas irregularidades en la adquisición en 2001 por el Canal de Isabel II del 75% de la sociedad colombiana INASSA por un importe de 73.000.000 de dólares. En su auto, afirma que dicha petición “permite establecer una relación con el objeto de estas actuaciones, lo que es útil y necesario para la investigación eficaz del mismo”.

Por ese motivo, el juez cita en calidad de investigados por su vinculación a la operación de compraventa de INASSA, por su posible participación como compradores, vendedores y gestores de INASSA a través de distintas empresas interpuestas, a Salvador Cardona, Javier Vilaplana Oliva, Jesús Sánchez Sánchez, Esteban Palacios Ortega, Santiago García Benavides, Ángel Conde Álvarez.

Además, acuerda la citación en calidad de investigados de las personas vinculadas en el momento de los hechos al Canal de Isabel II que tuvieron participación esencial durante la gestión y ejecución del proceso de adquisición de INASSA: Arturo Canalda González, Pablo López de las Heras, José Antonio de Cachavera Sánchez.

El juez cita a los integrantes en fecha 14 de noviembre de 2001 del Consejo de Administración del Canal de Isabel II que asistieron al mismo y que votaron a favor de la adquisición de la sociedad INASSA, además de Arturo Canalda González que asistió como director Gerente del Canal de Isabel II y asumió el peso de la explicación del proyecto junto a José Antonio Cachavera Sánchez: Pedro Calvo Poch, Ignacio López-Galiacho, Juan María del Álamo Jiménez, Fernando Autrán Pérez, Juan Bravo Rivera, Francisco Díaz-Latorre, Adriano García-Loygorri, José Manuel Herrero Sanz, José Antonio Llanos Blasco, Roberto Molero Gómez-Elegido, Andrés Muñoz Hernández, Agapito Ramos Cuenca, Miguel Ángel Saldaña, Roberto Sanz Pinacho.

En su auto, cita a declarar en calidad de investigado a Gaspar Cienfugeos-Jovellanos Fernández, consejero de Canal Extensia SA en el momento de los hechos por su intervención en aspectos relevantes vinculados a esta operación. También decide tomar nuevamente declaración en calidad de investigado a Diego Fernández García Arias, vinculado a la sociedad INASSA en el momento de los hechos para que esclarezca aspectos relevantes de esta operación.

En el mismo auto, el juez cita a declarar en calidad de testigos a una veintena de personas que pueden aportar información sobre las distintas fases de adquisición de INASSA.

Así mismo, el juez solicita a la Presidencia de la Comunidad Autónoma de Madrid la documentación que permita identificar a los miembros del Gobierno de la CAM que dictaron el acuerdo de 29 de noviembre de 2001, así como el acta que, en su caso, se redactó de la reunión celebrada para adoptar el mencionado acuerdo. También se dirige al Canal de Isabel II para que aporte documentación relativa a la compra de INASSA.

El juez explica que el resultado de la investigación practicada hasta este momento “evidencia la existencia de un cúmulo de irregularidades cometidas durante todo el proceso de adquisición por el ente público Canal de Isabel II de esta sociedad colombiana, centradas principalmente en la forma en que se planificó y ejecutó la adquisición de la sociedad INASSA, así como en la determinación del precio de compra y restantes condiciones estipuladas en el contrato, existiendo claros indicios de que pudo haber una sobrevaloración del precio de compraventa y unas condiciones contractuales claramente perjudiciales para el comprador y, por ende, para los intereses públicos por los que el Canal de Isabel II debió velar, al haberse financiado esta operación con fondos públicos de la CAM, aspectos que deben esclarecerse con la finalidad de concretar el alcance de dichas irregularidades, las personas que participaron en su comisión y, en su caso, su relevancia penal”.
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