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Las empresas deberán publicar los sueldos por sexo y categoría para evitar la brecha salarial

viernes 01 de marzo de 2019, 17:00h
Eliminar la brecha salarial y avanzar hacia la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, el Gobierno ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas urgentes, según el cual, las empresas están obligadas a llevar un registro con los salarios desagregados por sexo, grupos y categoría profesional, al que podrán acceder los trabajadores a través de los sindicatos o el delegado sindical.
Las empresas deberán publicar los sueldos por sexo y categoría para evitar la brecha salarial
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(Foto: La Moncloa)

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupación, cuyo objetivo es eliminar la brecha salarial y garantizar el derecho de trabajadores y trabajadoras a la conciliación y la corresponsabilidad.

En un paso más hacia la igualdad entre hombres y mujeres, el Gobierno ha reformado el Estatuto de los trabajadores para reforzar la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres, sin discriminación, y el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral, en línea con lo establecido en la Recomendación de 7 de marzo de 2014 de la Comisión Europea.

Se introduce así en nuestro ordenamiento el concepto de 'trabajo de igual valor', es decir, cuando la naturaleza de las funciones, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes. O lo que es lo mismo, a igual trabajo, mismo sueldo, independientemente del sexo.

El Real Decreto-ley establece que la empresa llevará un registro con los valores de los salarios, desagregados por sexo y categoría profesional, al que podrán acceder los trabajadores a través de su representación sindical o del delegado de personal.

El Ejecutivo plantea la modificación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en relación a los planes de igualdad en las empresas. El Real Decreto-ley establece un plazo de tres años para que las empresas de más de 50 trabajadores elaboren y apliquen un plan de Igualdad, dos años para las de 100 a 150 y un año para las de 150 a 250.

Hasta ahora solo era obligatorio para empresas con más de 250 trabajadores. Por otro lado, las empresas están obligadas a inscribir dicho plan en el Registro de planes de igualdad de las empresas, que se desarrollará reglamentariamente.

Este Real Decreto-ley incluye también una medida de protección social como es la recuperación de la financiación de las cuotas del convenio especial de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia a cargo de la Administración General del Estado.

El lento avance hacia la igualdad

Actualmente hay más mujeres trabajando en España que nunca, pero 2 de cada 3 de los empleos más precarios son desempeñados por mujeres. Casi la mitad de las mujeres en edad activa (16-64 años) no están en el mercado de trabajo y están dedicadas a las "tareas del hogar" que incluyen los cuidados de personas. La tasa de actividad de las mujeres es del 53,08%, frente al 64,45% de los hombres, lo que indica una brecha de 11,37 puntos.

La mayor dificultad a la que se enfrentan las mujeres a la hora de encontrar empleo es uno de los problemas que constata el informe. Sigue habiendo más mujeres que hombres en paro (156.100 más) y menos mujeres ocupadas que hombres (1.741.600 menos).

Otro de los problemas es la mayor precariedad laboral y una excesiva presencia del empleo a tiempo parcial en el caso de las mujeres. La tasa de parcialidad femenina triplica la masculina: 3 de cada 4 asalariados a tiempo parcial son mujeres y 1 de cada 4 trabajadoras tiene un contrato a tiempo parcial.

Una de las consecuencias de la precarización del trabajo de las mujeres es la brecha salarial de género. Las mujeres ganan un 15% menos por hora normal trabajada y obtienen de media un salario anual casi 6.000 euros inferior al de los hombres (un 22,35% menos que los hombres).

La brecha salarial refleja las peores condiciones de trabajo de las mujeres. Esa peor situación salarial origina que la subida del Salario Mínimo Interprofesional para 2019 haya afectado a más mujeres que hombres. Al menos el 11,08% de las mujeres asalariadas del Régimen General, el 92,41% de las empleadas de hogar y el 72,91% de las trabajadoras agrarias por cuenta ajena han visto mejorados sus salarios en 2019 a consecuencia de la subida del 22,3% del SMI .

La brecha salarial tiene una repercusión negativa en los derechos de las mujeres en materia de prestaciones por desempleo y pensiones. La actual brecha de género en pensiones es del 35%. En los últimos doce meses, no obstante, la cuantía de las pensiones medias contributivas percibidas por mujeres han tenido un incremento superior al de los hombres, por lo que la brecha de género en pensiones se ha reducido 1,8 puntos en tan solo un año, más que en el conjunto de los diez años anteriores.

Se ha reducido la brecha de género en la tasa de actividad, que no obstante, continúa siendo de 11,37 puntos en la actualidad. Puesto que desde 2013 la tasa de actividad femenina se ha estancado.

Por tanto, la brecha de género en la actividad se ha ido reduciendo, pero persiste y se observa un frenazo en los últimos cinco años. Los datos indican, por tanto, el lento avance hacia la igualdad real de mujeres y hombres en el mercado de trabajo.

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