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El Tribunal Superior de Andalucía confirma la prisión permanente para Ana Julia Quezada

El Tribunal Superior de Andalucía confirma la prisión permanente para Ana Julia Quezada

jueves 06 de febrero de 2020, 14:52h

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la pena de prisión permanente revisable para Ana Julia Quezada, condenada por el asesinato del niño Gabriel Cruz en la localidad almeriense de Níjar en 2018.

El tribunal ha desestimado tanto los recursos de la acusación particular como del Ministerio fiscal y ha estimado parcialmente el de la defensa, por lo que ha sido absuelta de los dos delitos de lesiones psíquicas y ha mantenido los dos delitos contra la integridad moral.

El tribunal rechaza, de esta manera, la nulidad del juicio y la repetición del mismo solicitada tanto por la defensa como por la acusación particular. En este sentido, considera que no hubo parcialidad en las instrucciones dadas por la magistrada Presidente al Jurado, unas indicaciones que los magistrados del TSJA califican de “correctas, útiles y adecuadas a la naturaleza de los extremos más delicados sobre los que había de pronunciarse el Jurado”.

También rechaza el motivo esgrimido por la acusación particular respecto a la falta de motivación para excluir el ensañamiento. Así, indica que la motivación del Jurado es “más que suficiente y no difiere de como habitualmente tribunales profesionales explican por qué han creído a un perito y no a otro cuando éstos se contradicen en aspectos puramente técnicos que el juez o el jurado ignoran”.

Tampoco estima la Sala Civil y Penal los recursos de la defensa sobre la necesidad de que este asunto fuese juzgado por un tribunal profesional debido a la desmedida repercusión mediática. En este punto, la resolución explica que la exposición a los medios, aunque introduzca un “indudable factor de complejidad”, no determina “en sí misma, objetiva y automáticamente, ni la inidoneidad de un Tribunal del Jurado como órgano decisorio, ni desde luego la nulidad del veredicto”.

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