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Los accidentes graves han descendido más de un 10 por ciento

Bajan los accidentes mortales en el trabajo un 3 por ciento entre enero y octubre

miércoles 15 de noviembre de 2006, 18:49h
El número de accidentes mortales en el trabajo descendieron en la Comunidad de Madrid un 3,09 por ciento entre los meses de enero y octubre con respecto al mismo periodo de 2005, al pasar de 97 a 94 fallecidos. Según informó el Gobierno regional, los accidentes graves en jornada laboral también descendieron, el 6,58 por ciento, al pasar de 699 a 653 siniestros.

Lo mismo sucedió en el cómputo global de los accidentes graves, que descendieron en un 10,54 por ciento, al pasar de 892 entre enero y octubre de 2005 a los 798 registrados este año. Los fallecidos en el trabajo se mantuvieron con respecto al mismo periodo de 2005 con 135 accidentes. De ellos, 25 fueron por accidentes de tráfico, 41 in-itinere, 31 por patología no traumática y 38 por otras causas.

De los 13 accidentes con resultado de muerte en octubre, cinco fueron in-itinere, cuatro por tráfico, dos por patologías no traumáticas y dos por otras causas. Además, el índice de incidencia interanual de los estos accidentes en octubre es de 4,46 por cada 100.000 trabajadores.

Sistema Delta
Todos estos datos proceden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que recoge el número total de partes de accidentes de trabajo que los empresarios están obligados a notificar, y que se computan a través del denominado sistema Delt@ entre los días primero y último de cada mes.

El sistema Delt@, aplicado en todas las Comunidades Autónomas, fue aprobado mediante la Orden TAS 2926/2002, de 19 de noviembre, que establece los nuevos modelos para la notificación de los accidentes de trabajo y la cumplimentación y transmisión de los mismos por vía electrónica a través del Sistema de Declaración de Accidentes de Trabajo (Delt@), obligatoria desde 1 de enero de 2004.

El incumplimiento empresarial de la obligación de notificar los accidentes de trabajo graves, muy graves y mortales se encuentra tipificada como una infracción administrativa grave en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones de Orden Social (LISOS), normativa estatal aprobada mediante el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

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