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El Supremo cree que sería un caso de cohecho

Golpe a las tesis del PP y Camps: tan sólo con aceptar los trajes pudo haber un delito

Golpe a las tesis del PP y Camps: tan sólo con aceptar los trajes pudo haber un delito

"Basta con la aceptación de un regalo entregado en consideración a la función o cargo desempeñado", dice el tribunal

martes 18 de mayo de 2010, 12:54h
El Tribunal Supremo comunicó este martes de forma completa sus argumentos para reabrir el caso de los trajes que afecta a Francisco Camps y, en gran medida, lo que viene a sostener en su sentencia el ponente Juan Saavedra es que para el delito de cohecho impropio "basta con la aceptación de un regalo entregado en consideración a la función o cargo desempeñado".
Es decir, desmonta los argumentos del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que acordó en verano el archivo de la causa, al no apreciar "causalidad" entre los presuntos regalos y los contratos recibidos por Orange Market, filial valenciana del entramado de empresas que dirigía Francisco Correa.

Textualmente, el Supremo advierte que la jurisprudencia citada por la Justicia valenciana "no abona la relación causal defendida" por este órgano -que es necesaria una acción de la autoridad pública consecuencia de la dádiva- "sino más bien lo contrario".

Por tanto, el Supremo viene a dar un ´varapalo´ a los argumentos esgrimidos por los magistrados del TSJCV, Juan Luis de la Rúa y José Ceres. Éstos fueron los dos jueces que inclinaron la balanza hacia el archivo. Por contra, el otro componente de la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJCV, Juan Montero, sí que mostró sus discrepancias.


Costa 'allana' su caso

La causa que investiga las presuntas dádivas recibidas por Camps, Víctor Campos y Rafael Betoret, procedentes de El Bigotes vuelve a la Justicia valenciana para que el juez instructor, José Flors -que sí que se inclinó en un principio por abrir juicio- siga con su instrucción.

De la decisión del Supremo el que mejor parado sale es el cuarto de los políticos valencianos implicados: Ricardo Costa. El Alto Tribunal viene a avalar, como hizo la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJCV por unanimidad, que el dirigente de Castellón no pudo cometer cohecho impropio porque "no ha desempeñado cargo alguno dentro del esquema de organización del Gobierno de la Generalitat Valenciana".

Por ello, el único hilo donde tirar para acercar a Costa al banquillo sería su cargo como diputado en Les Corts. Sin embargo, el Alto Tribunal considera que de haber recibido los regalos "no es una alternativa irrazonable que sea su cargo en el PP la consideración de los donantes, y no su condición de diputado, por lo que el sobreseimiento no tendría que ser en principio descartable, si bien el provisional".  Es decir que el Alto Tribunal considera que Costa no puede ser acusado de cohecho impropio si no era funcionario público.

Ahora bien, el Supremo entiende que corresponde al juez Flors decidir si practica más diligencias para tomar una decisión sobre el ex secretario general de los populares valencianos.


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