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Se reconoce el carácter "difamatorio" de lo publicado pero no hay pruebas de que lo filtrara Bárcenas

Desestimada la demanda que Cospedal interpuso contra Bárcenas

jueves 05 de diciembre de 2013, 14:08h
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Toledo ha desestimado la demanda de la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, contra el extesorero del PP, Luis Bárcenas, por vulneración del derecho al honor, a raíz de los papeles sobre la supuesta contabilidad B en el PP.

Así consta en la sentencia que ha dado a conocer el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sobre la demanda interpuesta por Cospedal, que fue admitida a trámite el 1 de marzo. El juicio sobre este asunto se celebró 18 de octubre en los juzgados de Toledo.

En la fundamentación jurídica de la resolución, no obstante, se estima probado "el carácter difamatorio de los hechos reflejados en los papeles contables" y que se publicaron en el diario El País. 

Según el juez, "no se prueba de manera concluyente" por parte del demandado la veracidad o no de los papeles confeccionados, aunque afirma  en la sentencia  que "su interrogatorio carece de suficiente credibilidad", "no deja de ser una persona con un interés evidente" y que  hay "a pesar de negarlo, una evidente animadversión hacia la actora, puesta de manifiesto en su interrogatorio judicial" .

"No hay pruebas" de que Bárcenas "esté detrás de la campaña difamatoria"

La resolución dice que se  "prueba la intromisión ilegítima y el carácter infamante o difamatorio de la información proporcionada" al medio de comunicación pero lo que no ha quedado probado es la autoría de la filtración por parte de Bárcenas. Según la sentencia, "pueden existir sospechas, pero no pruebas concluyentes que permitan darlo por probado en este procedimiento" y de ahí que se haya desestimado la demanda.

Otro de los fundamentos jurídicos para la desestimación es que se ha considerado que no hay suficientes pruebas de que el demandado  "fuera la persona que está detrás de la campaña difamatoria, o que fuera quien entregó los papeles a esa tercera persona que se los proporcionó al periódico, lo que no implica que no lo fuera, pues tampoco hay pruebas concluyentes que lo descarten".

La sentencia no impone costas a Cospedal "por concurrir serias dudas de hecho, pues la parte demandante tenía motivos para creer o pensar, a la vista de los indicios existentes" que el demandado fue el autor de la filtración. 

El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 4 de Toledo recoge, además, en un auto que el juicio nada tiene que ver con el proceso penal que se sigue en la Audiencia Nacional por el caso Bárcenas, ya que el proceso civil no se centra en la veracidad o no de los hechos que se investigan en el ámbito penal sino en determinar si se ha atentado o no contra el derecho al honor de la demandante, en este caso, Dolores de Cospedal.

Bárcenas acusó a Cospedal de haber cobrado dinero en sobre

Durante el juicio, declararon tanto la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal; el ex tesorero del PP Luis Bárcenas; el exdiputado del PP Jorge Trías como  el director de 'El País', Javier Moreno,  por la demanda civil de protección del derecho al honor que interpuso Cospedal contra Bárcenas en los juzgados de Toledo, a raíz de los papeles sobre la supuesta contabilidad B. 

Bárcenas dijo entonces que fue su mano "la que hizo las anotaciones" de sus 'papeles' publicados por el diario El País, del mismo modo que fue su mano "la que entregó a  Cospedal el sobre" con pagos de 7.500 euros.

El extesorero popular explicaba  que esos pagos se llevaron a cabo porque "era tradición en el partido compensar el nivel retributivo" de los secretarios generales del partido y del mismo modo recibían cantidades los predecesores de la 'número dos' en el cargo, Ángel AcebesJavier Arenas Álvarez Cascos.

Cospedal por su parte dijo que la declaración de Bárcenas "no se corresponde con la realidad" y en ningún caso recibió dinero negro.

El Gobierno nacional elude valorar la decisión judicial

 La vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha vuelto a ampararse en el respeto del Ejecutivo a las decisiones judiciales para no opinar sobre la sentencia que ha desestimado la demanda de la número dos del PP y presidenta de Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal, contra el extesorero del partido, Luis Bárcenas.

   En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, y preguntada al respecto, la portavoz se ha limitado a decir que "el Gobierno tiene que respetar cualquier tipo de decisión judicial" y no ha añadido nada más.

El PP minimiza los motivos de la desestimación de la demanda

El PP considera que el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Toledo ha confirmado este viernes en su sentencia "el carácter difamatorio" de los 'papeles de Bárcenas', pese a desestimar la demanda de la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, contra el extesorero de la formación Luis Bárcenas.

  Según el PP, la sentencia desestima la demanda única y exclusivamente porque no ha considerado probado que fuera Bárcenas quien entregara los documentos publicados por El País. También declara la citada sentencia que hay sospechas sobre este punto, dado que "es cierto que el señor Bárcenas ha jugado con la información contenida en los papeles, manifestando un día una cosa, otro día otra distinta, según le convenía".

   El Juzgado afirma que aunque no se haya probado que Bárcenas "fuera la persona que esté detrás de la campaña difamatoria", "tampoco hay pruebas concluyentes que lo descarten", añade el Partido Popular en su comunicado.

    Además, el PP destaca que el tribunal no impone las costas a la parte actora porque "la parte demandante tenía motivos para creer o pensar, a la vista de los indicios existentes, que el señor Bárcenas era el autor de la filtración de los papeles, con independencia de que consiguiera probarlo o no", añadiendo que el propio Bárcenas había mostrado los papeles a un periodista.

   Finalmente explica que, sin perjuicio de la posible interposición de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Toledo, el propósito de Cospedal al interponer la demanda ha quedado plenamente satisfecho puesto que se ha acreditado el "carácter difamatorio" de los apuntes de Bárcenas que le imputaban falsamente el cobro de cantidades irregulares.

 

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