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Van mucho más allá de la obligación impuesta

BBVA y Cajamar van mucho más allá de lo que exigió el Supremo: eliminan la cláusula suelo de todas sus hipotecas

BBVA y Cajamar van mucho más allá de lo que exigió el Supremo: eliminan la cláusula suelo de todas sus hipotecas

miércoles 12 de junio de 2013, 19:23h
La sentencia del Tribunal Supremo declaró ilícita la cláusula suelo en determinados casos como en aquellos en que se detectara falta de transparencia, pero dos entidades han anunciado ya que irán incluso más allá de cumplir con la sentencia y no sólo anularán las citadas cláusulas en los casos de dudosa inclusión, sino que las eliminarán de todos sus contratos hipotecarios. Tanto el BBVA como Cajamar han anunciado esta medida que afectará a cientos de miles de hipotecados.
El BBVA dejará de aplicar, con efectos desde el 9 de mayo de 2013, la cláusula suelo en sus contratos de préstamo hipotecario con consumidores tras la sentencia del Tribunal Supremo que declaró ilícita esta condición en algunos casos debido, fundamentalmente, a su falta de transparencia.

Según ha comunicado la entidad a la Comisión Nacional del Mercado de valores (CNMV), el hecho de dejar de aplicar esa cláusula no significa que no vaya a recurrir el fallo del Alto Tribunal, cuya puerta deja abierta.

El banco que preside Francisco González especifica que se estima que con la actual cotización del índice de referencia mayoritariamente utilizado en esos contratos, Euríbor a un año, la aplicación de esta medida a la cartera hipotecaria afectada por la sentencia producirá una reducción del beneficio neto después de impuestos en el mes de junio (primer mes completo en el que se aplicará) de 35 millones de euros. En meses sucesivos el impacto dependerá de la evolución del Euríbor a un año.

BBVA no será la única entidad en retirar estas cláusulas de sus contratos.


Cajamar actúa también desde la misma fecha

Por su parte, Cajamar Caja Rural ha anunciado que va a proceder a la "retirada inmediata" de las cláusulas suelo de "todas sus hipotecas" después de que el Tribunal Supremo (TS) haya emitido un auto aclaratorio en el que se reafirma en la sentencia por la que las declaraba nulas si ha habido falta de transparencia o información a los usuarios bancarios.

Así lo han trasladado fuentes de la entidad financiera, que han precisado que su aplicación, "con carácter general", será con efecto desde el 9 de mayo, fecha en la que se notificó la resolución de origen del Alto Tribunal, que afectó a BBVA, NGC Banco y Cajas Rurales.

La decisión llega después de que los servicios jurídicos de Cajamar hayan recibido este miércoles la notificación del auto aclaratorio emitido por el Supremo a petición de las propias entidades, que solicitaron rectificación, aclaración y subsanación de la sentencia. En concreto, pedían que el tribunal precisara si era necesario que concurrieran una serie de circunstancias para que una cláusula fuera declarada nula.

Sienta jurisprudencia

La sentencia del Supremo declaraba que las cláusulas suelo, en general, no eran nulas pero sí podían considerarse ilícitas cuando no contaran con los requisitos de transparencia exigibles.

Además, condenaba a las entidades financieras que estaban inmersas en este proceso (BBVA, NGC Banco y Cajas Rurales) a eliminar dichas cláusulas de los contratos en los que se insertaban y a cesar en su utilización, "declarando la subsistencia de los mismos".

Finalmente, declaraba que había lugar a la retroactividad de esta sentencia, "que no afectará a las situaciones definitivamente decididas por resoluciones judiciales con fuerza de cosa juzgada ni a los pagos ya efectuados en la fecha de su publicación".

Auto aclaratorio

En su auto aclaratorio, el Supremo subrayaba que la creación de la apariencia de un contrato de préstamo hipotecario a interés variable, cuando el índice de referencia o su evolución, previsible para el profesional, a corto o medio plazo lo conviertan en interés mínimo fijo variable nada más al alza, "constituye uno de los diferentes supuestos de falta de transparencia" del contrato y de "cláusula abusiva", sin necesidad de que concurra ningún otro requisito.


El Supremo precisa que la sentencia emitida en su día "proclama la licitud de las cláusulas suelo condicionada a que se observe la especial transparencia exigible en las cláusulas no negociadas individualmente que regulen los elementos principales de los contratos suscritos con consumidores".


Recuerda que en la sentencia se identificaron seis motivos por los que las cláusulas no eran lícitas. Ahora aclara que "no se trata de una relación exhaustiva de circunstancias a tener en cuenta con exclusión de cualquier otra".


"Tampoco determina que la presencia aislada de alguna o algunas (de estas circunstancias) sea suficiente para que pueda considerarse no transparente la cláusula a efectos de control de su carácter eventualmente abusivo", indica la sala.


Otro de los aspectos en los que hace hincapié el Alto Tribunal es el hecho de que aunque la cláusula haya resultado beneficiosa para el consumidor durante un periodo de tiempo "no la convierte en transparente ni hace desaparecer el desequilibrio en contra de los intereses del consumidor". "La cláusula tiene por finalidad exclusiva proteger los intereses de la prestamista frente a las bajadas de índice de referencia", añade.


Lea también:

- El Supremo declara nulas las cláusulas suelo de las hipotecas en casos de falta de transparencia
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