El Gobierno aprobó un real decreto en Consejo de Ministros el
pasado 10 de febrero que entró en vigor días después y que
posteriormente ha sido modificado a su paso tanto por el Senado como por
el Congreso, con la introducción de 85 enmiendas.
La norma establece que la indemnización por despido improcedente
en el caso de los contratos indefinidos será de 33 días por año
trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, mientras que la del
despido procedente será de 20 días por año trabajado, con un máximo de
un año de salario.
Las empresas podrán acogerse a despidos objetivos por causas
económicas (20 días por año trabajado) cuando de los resultados de la
empresa se desprenda una situación económica negativa, como la
existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente
de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que es
persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.
Además, la reforma recuperará a partir del 1 de enero de 2013 el
límite al encadenamiento de contratos temporales eliminado por el
anterior Gobierno, y extingue la autorización laboral administrativa que
se requería en los despidos colectivos.
La ley aspira a fomentar la contratación indefinida de jóvenes y
de parados de larga duración con bonificaciones de hasta 4.500 euros,
regula por primera vez el teletrabajo, facilita el descuelgue de los
convenios y la modificación de las condiciones laborales, y modifica el
contrato estable a tiempo parcial y el de formación y aprendizaje.
Entre los cambios durante la tramitación parlamentaria de la
reforma destacan la limitación de la vigencia del contrato de
emprendedores al tiempo que el paro supere el 15%; la priorización de
contratación a víctimas del terrorismo o de violencia doméstica; la
exclusión del despido por absentismo de enfermos crónicos, graves o de
cáncer.
Sin embargo, los aspectos más controvertidos de la norma, que
provocaron incluso la convocatoria de una huelga general, se han
mantenido íntegramente. Por eso, la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA)
recurrirá al Tribunal Constitucional, una opción con la que también
amenazó el PSOE si bien no ha concretado su decisión definitiva. Lo que
sí han prometido los socialistas es modificar la ley en cuanto tengan
ocasión de hacerlo.
Otros cambios incluidos en la reforma son la creación de un nuevo
contrato para empresas de hasta 50 trabajadores, que contempla
deducciones fiscales por cada nueva contratación indefinida de jóvenes o
parados; la modificación de los contratos a tiempo parcial y la
regulación del teletrabajo.
Además, se limita la ultraactividad de los convenios vencidos a un
año, se facilita el descuelgue primando el convenio de empresa por
encima de los sectoriales o autonómicos; se facilitan las modificaciones
de condiciones salariales, se clarifica el despido objetivo, se elimina
la autorización previa para despidos colectivos y se reducen las
indemnizaciones.
También se abre la puerta a los despidos en el sector público, si
bien el personal fijo que haya pasado por un proceso selectivo será el
último en ver sus contratos rescindidos; y también se crea una cuenta de
formación y un nuevo contrato de aprendizaje.
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