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La Generalitat ultima el censo para su consulta independentista

La Generalitat ultima el censo para su consulta independentista

> Se elaborará con los datos del Instituto de Estadística de Cataluña
> Podrán votar los mayores de 16 años y los inmigrantes que lleven más de tres años en Cataluña

jueves 26 de junio de 2014, 09:03h
La Ley de Consultas Populares con la que CiU pretende dar amparo legal al referéndum independentista está en proceso de cocción y le queda poco para salir del horno. El Govern se plantea convocar un pleno parlamentario extraordinario los días 17 y 18 de septiembre para aprobar la norma. Así, la ley estaría plenamente vigente el 9 de noviembre, fecha prevista por el Ejecutivo catalán para la celebración del famoso referéndum secesionista.
Para evitar retrasos indeseados, el Govern ha establecido un calendario de tramitación, que prevé cumplir a rajatabla. De momento, la ley está siendo estudiada en una ponencia que finalizará su tarea el 4 de julio. Esta ponencia emitirá un dictamen, que será visto en comisión parlamentaria el 16 de julio. La propia CiU llevará el resultado al Tribunal de Garantías Estatutarias -una especie de Constitucional a la catalana- para que en el plazo máximo de un mes dictamine que la norma se ajusta a lo establecido en la Constitución y en el Estatut.

Tras este trámite, que se evacuará a mediados de agosto, la ley estará lista para ser aprobada probablemente en ese pleno parlamentario extraordinario de mediados de septiembre con los votos a favor de CiU, ERC, ICV, la CUP y quizá el PSC. Es probable que PP y Ciutadans, que mantienen vivas sus enmiendas, voten en contra, aunque las posiciones todavía no están tomadas, porque "el texto es muy cambiante", según explica el portavoz adjunto del PP, Santi Rodríguez.

Pese a esos cambios, sí hay ya algunas cosas decididas. Por ejemplo, se sabe que la Generalitat elaborará el censo para la consulta a partir de los datos de población del Instituto de Estadística de Cataluña (Idescat), que cuenta con esa información porque los Ayuntamientos están obligados a facilitarle sus padrones. De este modo, se evitará que algunos Consistorios entorpezcan el proceso negándose a dar los datos de sus habitantes. También se descarta otra opción que se había barajado, la de usar los datos de los afiliados a la seguridad social que maneja el Instituto Catalán de la Salut.

Los ponentes de la ley también tienen muy claro que el censo para la consulta será más amplio que el censo electoral tradicional, ya que incluirá "a las personas a partir de los 16 años que tengan la condición política de catalanes". Si se trata de catalanes residentes en el extranjero tendrán que inscribirse previamente en un registro creado a tal efecto. Además, se permitirá votar a los nacionales de países de la Unión Europea, lo que incluirá al resto de españoles, que acrediten un año de residencia continuada en Cataluña. Por último, tendrán derecho de sufragio los inmigrantes con permiso de residencia de más de tres años.

La Ley de Consultas Populares pretende ser la percha legal para celebrar el referéndum del 9 de noviembre. Esta normativa se sustenta en lo establecido en al artículo 122 del nuevo Estatut catalán, que permite a la Generalitat celebrar consultas no refrendarias en el ámbito de sus competencias. El Estatut también prevé que Cataluña convoque consultas refrendarias, es decir, auténticos referendos, pero siempre y cuando se tenga la previa autorización del Consejo de Ministros.

Para evitar pedir permiso al Gobierno central, CiU ha optado por regular las consultas no refrendarias. ¿Cuál es la diferencia? Las consultas no refrendarias deben sustentarse en un cuerpo electoral distinto al censo tradicional. Además, no pueden tener el mismo sistema de garantías que los referendos habituales. La Generalitat cree que cumplirá con ambos requisitos, ya que el censo que ha elaborado permite votar a menores de 18 años y a extranjeros cosa que no sucede en las elecciones tradicionales.

Para acabar de cubrirse las espaldas, ha diseñado también un sistema de garantías alternativo consistente en la creación de una Comisión de Control, Comisiones de Seguimiento y las Mesas de Consultas. Para Santi Rodriguez, este sistema de garantías es "mimético" al de cualquier referéndum, pues la Comisión de Control equivale a la Junta Electoral Central y las de Seguimiento, a las Juntas Electorales de zona.

Esta falta de originalidad a la hora de crear el sistema de garantías podría ser motivo de impugnación de la ley. Pero de momento, el PP no tiene previsto llevar la norma al Constitucional. Rodríguez explica que su partido se inclina por recurrir el decreto concreto de convocatoria de la consulta del 9 de noviembre en cuanto el presidente de la Generalitat, Artur Mas, lo firme, con el argumento de que la independencia de Cataluña queda fuera del ámbito competencial de la Generalitat.

El artificio legal está a semanas de ver la luz. Ahora solo falta por saber si esa consulta llegará o no a celebrarse.

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