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Consejo de Ministros: el Gobierno vigila a los 'choricillos'

Los pequeños defraudadores serán tratados como grandes criminales

Los pequeños defraudadores serán tratados como grandes criminales

- El Gobierno no habla de la cuantía de evasión de capitales, pese a la amnistía fiscal

viernes 29 de junio de 2012, 16:43h
"España necesita un cambio de mentalidad": que se respeten las leyes, que los trabajadores paguen en orden de lo que cobren, que no haya economía sumergida, que no se trabaje en 'negro', que no se perciban otras ingresos cobrando el paro... Con esta contundencia ha presentado la vicepresidenta Sáenz de Santamaría el Anteproyecto de Ley de lucha contra el fraude en el ámbito del Empleo Irregular y el Fraude a la Seguridad Social. Los que defrauden a la seguridad social serán tratados como criminales. Ni una palabra para los que evaden divisas o hunden a instituciones bancarias.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta Sáenz de Santamaría ha presentado unas 'alarmantes' cifras sobre los resultados de las inspecciones en materia de empleo irregular. Por el contrario, el Gobierno no tiene datos de los grandes evasores de capitales, los cuales se pueden beneficiar de una amnistía fiscal si pagan la desorbitada cifra del 10 % para blanquear oficialmente su dinero que tienen en paraísos fiscales.

Ahora bien, según los datos ofrecidos por la vicepresidenta del Gobierno -este viernes como presidenta en funciones-, se han realizado 112.000 inspecciones en materia de empleo irregular y han aflorado 140.000 empleos. Ha habido 9.944 inspecciones; se han descubierto 3.000 infracciones y se ha vitos que un total de 4.500 trabajadores compatibilizaban desempleo con trabajo en negro. Y todo ha sido gracias al aumento en 53 inspectores y 60 subinspectores más para la lucha contra este tipo de fraude.

La vicepresidenta lo ha avisado de forma enérgica: "Se van a hacer campaña diferentes" para aflorar fraudes; campañas como ciertas de seguimiento del empleo aflorado, así como vigilancia y control de despidos colectivos y EREs "donde se han descubierto fraudes importantes". También habrá campaña en contratas y subcontratas para ver si incumplen sus obligaciones con la seguridad social, en cuyo caso responderán conjuntamente empresarios y trabajadores.

Y en ese campo serán consideradas infracciones graves dar de alta a empleados como contratación parcial y, sin embargo, tenerlos a jornada completa; o no pagar las prestaciones; o crear empresas fantasma para cobrar subvenciones.

Así es el Anteproyecto de ley
Todo esto viene a colación de la aprobación por el Consejo de Ministros de la remisión al Consejo Económico y Social (CES) del Anteproyecto de Ley de lucha contra el fraude en el ámbito del Empleo Irregular y el Fraude a la Seguridad Social, presentado al Gobierno por la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez. El CES tiene un plazo máximo de 15 días para emitir su informe que, una vez recibido, el Gobierno remitirá el Proyecto de Ley al Congreso de los Diputados para iniciar su tramitación parlamentaria.

Según el Gobierno, el conjunto de medidas que integra este texto legal se dirigen a "mejorar la tutela del Estado sobre las garantías de los derechos de los trabajadores y de las empresas". Esta norma tiene como prioridad la acción contra comportamientos fraudulentos que atentan contra los derechos de los trabajadores y que afectan negativamente a la competitividad de las empresas que cumplen con sus obligaciones legales.

Entre los objetivos del texto legal destacan, según el Gobierno: impulsar el afloramiento de la economía sumergida; combatir los supuestos de aplicación y obtención indebidas de bonificaciones o reducciones de cotizaciones empresariales a la Seguridad Social; corregir la obtención y el disfrute en fraude de ley de las prestaciones; aflorar posibles situaciones fraudulentas en el acceso y percepción de prestaciones del sistema de la Seguridad Social, y evitar la competencia desleal derivada de la ventaja competitiva que puede otorgar la actividad económica realizada al margen del ordenamiento jurídico.

Modificación de numerosas leyes

Este texto modifica, entre otras normas, el Estatuto de los Trabajadores, la Ley General de la Seguridad Social, la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Ley de Infracciones y Sanciones de Orden Social.
En cuanto al Estatuto de los Trabajadores destaca la modificación que extiende el plazo de 1 a 3 años para exigir la responsabilidad solidaria del empresario principal por incumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social en los supuestos de subcontratación. Este cambio permitirá a la Inspección de Trabajo contar con un plazo superior al actual para realizar las oportunas actuaciones.

Con respecto a los cambios en la Ley General de la Seguridad Social, se establece que la vigente reducción automática de las sanciones (en un 50 %) cuando se ingresen las cuotas de Seguridad Social no pagadas en forma y plazo, sólo podrá aplicarse en el supuesto de que la cuantía de la liquidación supere la sanción propuesta inicialmente. Con esta medida se trata de evitar situaciones en las que es más beneficioso para el infractor pagar la sanción que cumplir con sus obligaciones legales en materia de Seguridad Social.

En cuanto a la modificación de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social destaca como novedad la colaboración entre la Inspección y el Consejo General del Notariado mediante el suministro telemático, por este último, de la información contenida en el Índice Único del Notariado; se trata de facilitar la investigación para detectar empresas ficticias, entre otros fraudes. También se precisan las Administraciones y personas que deben colaborar e informar a la Inspección de Trabajo en su labor de lucha contra el fraude.

Asimismo, y con el fin de mejorar los instrumentos que permitirán a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social cumplir sus funciones en la persecución del empleo irregular, se amplía el plazo para realizar actuaciones de investigación y comprobaciones previas a las actas de infracción por parte de la Inspección de Trabajo en casos especialmente complejos (máximo 18 meses).

También se modifica la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social en determinados aspectos en donde la experiencia ha demostrado que se ha producido alguna disfunción, (como por ejemplo, comunicaciones fuera de plazo que son obligatorias, disfrutar indebidamente de reducciones en las cotizaciones de accidentes de trabajo y enfermedad profesional, faltas de alta y cotización por los salarios de tramitación y vacaciones devengadas y no disfrutadas o estableciendo criterios más objetivos en la graduación de las sanciones).

Por otra parte, se suprime el actual límite en las sanciones en materia de Seguridad Social establecido en 187.515 €, con lo que el Consejo de Ministros podrá sancionar infracciones a partir de 125.001 € y sin fijar tope máximo en la cuantía de las sanciones.

> Vea íntegra la Referencia del Consejo de Ministros
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