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Los enfermeros, indefensos ante el nuevo decreto de la prescripción de medicamentos

Los enfermeros, indefensos ante el nuevo decreto de la prescripción de medicamentos
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(Foto: EP)

> Sanidad sumerge en la indefensión a este colectivo con el nuevo decreto

De la desregulación a la indefensión, así ha cambiado la situación de los enfermeros españoles con la aprobación del Real Decreto de la Prescripción Enfermera, y es que si en 2009 se reformó la conocida como ‘ley del medicamento’ (ley 29/2006), de forma que estos profesionales sanitarios pudieran prescribir medicamentos “siguiendo los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial”, estos criterios no llegaron a regularse, y la negociación para elaborar un nuevo decreto se ha prolongado hasta 2015.

En julio de este año, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó un texto refundido que avalaba la prescripción enfermera, y tras llegar a un acuerdo entre los agentes implicados se redactó el real decreto, que fue modificado de forma unilateral por el Gobierno, en las horas previas a su aprobación en el Consejo de Ministros del pasado 23 de octubre.

La modificación de un artículo del decreto establece que “los enfermeros no podrán usar ni indicar a sus pacientes medicamentos sujetos a prescripción médica sin la previa receta del médico”, lo que sumerge a los profesionales en una situación de indefensión jurídica y acarrea consecuencias negativas para los pacientes y los médicos. Los enfermeros se han alzado en contra de la aprobación de un decreto “que es contrario a la ley, y que se ha modificado de espaldas a la negociación y en el último minuto”, según denuncia el portavoz del Sindicato de Enfermería (SATSE), Rafael Reig.

Según la reforma de 2009, en base a los protocolos, "los enfermeros podían actuar de forma colaborativa pero autónoma en la prescripción de medicamentos", explica Reig, al tiempo que denuncia que “el decreto aprobado por el Gobierno dice justo lo contrario”.

La prescripción y uso de medicamentos por parte de los enfermeros era algo que se hacía con normalidad y colaborando médico y enfermero, pero cuando el BOE publique este decreto, los enfermeros no podrán prescribir, ya que cometerían un delito de intrusismo al excederse en sus competencias”, censura Reig. “Además, si los enfermeros no siguieran a raja tabla esta nueva normativa, y se exceden en sus funciones, no estarían cubiertos por el seguro de responsabilidad civil”, asegura.

El Real Decreto aún no ha entrado vigor ya que no ha sido publicado en el BOE, pese a que hace casi un mes recibió luz verde en el Consejo de Ministros. Diariocrítico ha contactado con el Ministerio de Sanidad para saber por qué se modificó de forma unilateral este decreto y por qué no se ha publicado aún en el BOE, pero desde el ministerio se han limitado a decir que, por el momento, no van a realizar declaración alguna al respecto.

“Nosotros queremos que todos los enfermeros conozcan esta situación y la nueva ley, porque a partir de su entrada en vigor, no podrán tomar decisiones sobre el uso e indicación de medicamentos”, expone el portavoz del Sindicato de Enfermería.

Reig ha tachado de “barbaridad” el decreto de la prescripción enfermera ya que a su juicio, “se ha modificado el artículo 3 sin darle coherencia con el resto del texto”. “El decreto, tal y como estaba negociado, había recibido el visto bueno del Consejo Interterritorial, así como de los Consejeros de Sanidad de todas las comunidades autónomas y contaba con un informe positivo del Consejo de Estado”, defiende.

Un problema para las comunidades autonómas, no para el Ministerio de Sanidad


El portavoz del sindicato asegura que la decisión del Gobierno acarreará “más tiempos de espera, el paciente tendrá que acudir más veces a las consultas, y se tendrán que realizar más gestiones, lo que irá en detrimento de la atención al paciente”.

Reig también critica que en cuanto se publique en el BOE el real decreto, “este no será un problema del ministerio sino de las comunidades autonómas, que tienen las competencias en materia de Sanidad, y deberán asumir una situación creada por el Gobierno”.

El Sindicato de Enfermería expone algunos ejemplos de situaciones que se verán perjudicadas por la nueva norma, y en las que los enfermeros no podrán actuar de forma autónoma. No podrán administrar una vacuna sin una receta, expresa e individualizada, firmada por el médico, no podrán atender partos de forma, no podrán utilizar cremas (algunas de ellas consideradas medicamentos sujetos a prescripción médica) para curar heridas, quemaduras o úlceras por presión, y tampoco podrán regular la medicación a los pacientes crónicos en las consultas, por ejemplo, en el caso de los diabéticos o anti coagulados.

Reig explica otro ejemplo: “Cuando un médico le dice a un enfermero los medicamentos que debe suministrar mediante una orden verbal, el enfermero lo hacía, pero con el decreto no lo podrá hacer, salvo en situaciones de emergencia o urgencia”.

El Sindicato también apunta “todos aquellos servicios donde no hay médicos en plantilla de forma permanente (empresas, escuelas, residencias de mayores, ambulancias…), la enfermera tendrá que esperar a tener un diagnóstico y una prescripción médica antes de actuar en innumerables situaciones, con el consiguiente perjuicio para sus pacientes”.


‘Huelga competencial’ con la publicación del Real Decreto en el BOE

El portavoz del Sindicato de Enfermería subraya que este norma no cuenta con el respaldo de las Comunidades Autónomas, y que, algunas, como Baleares, Andalucía, Cantabria o Navarra, ya han manifestado que recurrirán este decreto, con el que no están de acuerdo.

“Nosotros nos encargaremos de que los gobiernos autonómicos o las direcciones de los centros de salud no presionen a los enfermeros para que se salten el decreto, porque no se puede obligar a los enfermeros a excederse en sus competencias”.

“Queremos que los ciudadanos vean que no se trata de un problema laboral sino de un conflicto profesional, estamos en situación de indefensión, y no pasa nada hasta que pasa algo, y es el enfermero quien tiene que asumir la responsabilidad por haberse excedido en sus funciones”, insiste Reig.

Por ello, explica, se ha convocado una ‘huelga competencial’, es decir, que no lleven a cabo ninguna actuación relativa a medicamentos sujetos a prescripción médica sin el estricto cumplimiento de las formalidades impuestas por el Real Decreto aprobado. Esta ‘huelga competencial’ comenzaría en el momento en el que la norma entre en vigor.

“No es una huelga de celo”, proclama Reig, que detalla que “el enfermero sólo actuará hasta donde la ley le ampare. Si ahora se dice que para el mínimo uso de un medicamento, no se puede usar sin que el médico firmé un escrito, no lo hará”.


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