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Archivada la pieza sobre las 'cintas de Corinna' relacionadas con el rey Juan Carlos
(Foto: EP)

Archivada la pieza sobre las 'cintas de Corinna' relacionadas con el rey Juan Carlos

> El juez considera que la ruptura de la relación entre ambos pudo motivar el relato de Corinna

viernes 07 de septiembre de 2018, 15:40h
Tras conocerse que la Fiscalía Anticorrupción había solicitado el archivo de la causa, el juez de la Audiencia Nacional, Diego de Egea ha dado 'carpetazo' a la investigación de las grabaciones de Corinna Zu Sayn-Wittgenstein en las que acusaba al rey emérito, Juan Carlos I, de los presuntos delitos de corrupción y tráfico de influencias, así como de ocultar millones de su fortuna personal en cuentas ocultas de Suiza a través de testaferros, entre los que aseguró encontrarse ella. Las conocidas como 'cintas de Corinna' salieron a la luz hace dos meses, tras haber sido filtradas a dos medios de comunicación, y desataron un nuevo 'terremoto' político que volvía a sacudir a la monarquía española.

El juez de la Audiencia Nacional, Diego de Egea ha archivado la pieza V (Carol) de la denominada 'Operación Tándem' "por no haber indicios racionales de la comisión de los delitos investigados de descubrimiento y revelación de secretos y de cohecho atribuidos al comisario jubilado José Manuel Villarejo".

Esa pieza investigaba las grabaciones incautadas al socio de Villarejo, de las conversaciones entre Villarejo, Corinna Zu Sayn-Wittgenstein y el empresario Juan Villalonga. En esas conversaciones, la empresaria 'amiga íntima' del rey emérito, acusaba a Juan Carlos I de haberla usado como "testaferro" para evadir impuestos.

Según la conversación, filtradada por 'OkDiario' y 'El Español', el rey habría creado cuentas en Suiza a nombre de su primo Álvaro Orleans de Borbón y su abogado Dante Canónica se encargaba de crear las estructuras opacas con "regalos envenenados" que luego reclamaba. También se menciona un supuesto cobro de comisiones por conseguir el contrato para España de la construcción del tren de alta velocidad en Arabia Saudí, el conocido como el 'AVE' de la Meca.

En un auto, el juez De Egea explica que "en dichas conversaciones, aquella señora pone de manifiesto unos actos que supuestamente había llevado a acabo donde Juan Carlos I, siendo Rey de España, aproximadamente entre los años 2009 a 2012". A renglón seguido, argumenta que "la única base de los hechos que se imputan" al rey emérito es "el relato que hace Corinna, naturalmente deducido del desarrollo de la relación de amistad entre ambos".

El magistrado recuerda los requisitos que exige la jurisprudencia y la doctrina para utilizar como prueba de cargo la declaración de un testigo en el proceso penal: ausencia de incredibilidad subjetiva derivada de las previas relaciones entre un denunciado y víctima que pongan de relieve un posible móvil espurio, la verosimilitud del testimonio realizado o la persistencia en la incriminación que debe ser prolongada en el tiempo y retiradamente expresada.

En este caso, el juez cree que "la ruptura de la relación de amistad en 2009, de acuerdo con las propias manifestaciones de Corinna pudo haber motivado el relato de hechos que realizó contra Don Juan Carlos ante el investigado Villarejo".

En relación con la verosimilitud del testimonio de Corinna, el juez "sostiene que en los documentos localizados no hay ningún dato añadido que justifique esas manifestaciones, ni tampoco documentaciones que pudieran fundamentar las alegaciones efectuadas en su conversación".

Además, el juez señala que "los archivos de audio analizados fueron grabados en mayo de 2015, habiéndose ya producido la ruptura de la relación de amistad entre Corinna y añade que las presuntas irregularidades que se hacen constar en la grabación no fueron denunciadas por parte de Corina, sino que se conocieron tres años después, cuando el pasado día 11 de julio, dos medios de comunicación digitales hicieron públicas las copias de esos archivos".

De Egea insiste en que "Corinna tampoco aporta ninguna prueba que ampare su afirmación de haber sido utilizada por Don Juan Carlos como testaferro, no deduciéndose la existencia de actos de ocultación, transmisión o transformación del patrimonio obtenido merced a ninguna defraudación".

El juez de la Audiencia Nacional concluye su auto destancado "que Don Juan Carlos fue Rey de España hasta el 19 de junio de 2014 y, por tanto, en todos sus actos y acciones hasta aquella fecha, en virtud del artículo 56.3 de la Constitución, la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad".

De Egea también analiza los dos delitos atribuidos a José Manuel Villarejo, de descubrimiento y revelación de secretos y cohecho, para concluir que no existen indicios racionales de su comisión, por lo que acuerda el sobreseimiento provisional de la pieza separada, de la que levanta el secreto de las actuaciones. Por último, rechaza la personación de Izquierda Unida como acusación popular y archiva la denuncia presentada por un particular

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