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Surgen pronunciamientos sobre posibles violaciones a la Constitución

La Suprema Corte pospone decisión sobre el caso de militares con Sida

La Suprema Corte pospone decisión sobre el caso de militares con Sida

viernes 23 de febrero de 2007, 02:06h
Será hasta el próximo lunes cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación brinde su veredicto acerca de la constitucionalidad o no, del que las Fuerzas Armadas puedan prescindir de sus elementos que este infectados del VIH/Sida. En lo que fue la sesión de este jueves, surgieron ciertos avisos de que el máximo tribunal podría darle un revés a la fuerzas castrenses y es que ya son seis de los once ministros, los que se manifestaron a favor de la inconstitucionalidad del artículo en el que se basó la milicia, para dar de baja a 11 militares que tienen el virus.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidirá el lunes próximo en sesión plenaria sobre la constitucionalidad o no de un artículo en que se basó el despido de militares infectados con VIH/Sida.

Durante la tercera sesión en que el Pleno de la SCJN discutió la revisión de juicios de amparo promovidos por militares infectados y despedidos de las Fuerzas Armadas, seis de 11 ministros se expresaron por la  inconstitucionalidad del artículo en que se basó el despido.

Aunque no se ha votado la constitucionalidad del precepto legal, ya hubo pronunciamientos en los que se sugiere que podrían ser violatorias de la Constitución las definiciones que se consideran como motivo de inutilidad de los elementos de las Fuerzas Armadas.

En la sesión de este jueves los ministros José de Jesús Gudiño Pelayo, Fernando Franco González Salas, Juan Silva Meza, José Ramón Cossío, Olga Sánchez Cordero y Margarita Luna Parra consideraron que el Artículo 226, Segunda Sección, numeral 45 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas de México (ISSFAM) es inconstitucional.

El Artículo 226 se encarga, mediante tres tablas de categorías de padecimientos, de establecer que un soldado ha quedado inutilizado para prestar servicios a las Fuerzas Armadas, tomando en cuenta que el término inutilizado debe tomarse en su acepción de "no apto".

El numeral 45 de la segunda categoría expone que un efectivo de las Fuerzas Armadas quedará inutilizado por haberse comprobado "la seropositividad a los anticuerpos contra los virus de la inmunodeficiencia humana confirmada con pruebas suplementarias".

En el caso del ministro Sergio Valls Hernández su ponencia de este jueves suavizó la posición manifestada anteriormente, cuando argumentaba que para los miembros de las Fuerzas Armadas existen condiciones de excepción señaladas por la propia Constitución.

Los que se mantuvieron en sus posiciones, que de ganar negarían el derecho de amparo a 11 militares dados de baja en esas condiciones, fueron los ministros Mariano Azuela, Salvador Aguirre y Genaro Góngora, mientras el ministro presidente no ha dejado ver la tendencia de su postura.

Se espera que en la sesión plenaria del lunes la SCJN vote la constitucionalidad de ese precepto legal, y aunque esa votación no será definitiva de alcanzar la mayoría en contra del proyecto se tendrían que otorgar los amparos a los militares dados de baja.

Existen aún diversos aspectos que deberán seguir desahogándose, de acuerdo con diferencias que hay en los alegatos de los militares que promueven los juicios, pues la SCJN deberá determinar si los afectados podrán recibir atención médica y quién tendrá que otorgárselas.

Los ministros coincidieron en que un elemento de las Fuerzas Armadas que se da de alta en el servicio militar de manera voluntaria está aceptando que su condición es extraordinaria en materia laboral y de seguridad social.

Señalaron que se trata de una situación en excepción asentada en la propia Constitución, debido a la delicada función que desempeñan.

No obstante, la ministra Olga Sánchez Cordero aseguró que en el caso del derecho a la salud se trata de uno universal y que ninguna ley, nacional o internacional, lo limita, "se trata de un derecho elemental ilimitado que el Estado debe prestar a todas las personas sin distingo alguno".

A su vez Juan Silva Meza enumeró una serie de instrumentos del derecho internacional de los que es parte México y que señalan el derecho universal a la salud.

También se incluyen disposiciones que al ser internacionales forman parte del derecho mexicano y que regulan atención, trato así como no discriminación a los enfermos o infectados del VIH/Sida.

Silva Meza agregó que es "anacrónico pensar que el Sida convierte a una persona en inútil y que por lo tanto hay que segregarla".

Añadió que posiblemente el legislador que aprobó ese artículo se olvidó de la garantía de igualdad y ello lo pone contra los esfuerzos internacionales por eliminar la estigmatización de dichas personas.
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