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Referencia del Consejo de Ministros

viernes 05 de diciembre de 2008, 14:50h

SUMARIO

Presidencia

  • ACUERDO por el que se aprueba el pago de 200.000.000 euros correspondiente a la contribución española en 2008 al Fondo España-PNUD para la consecución de los Objetivos del Milenio, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se aprueba el pago de 2.000.000 euros correspondiente a la contribución para Programas de reintegración de niños y niñas soldado del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se aprueba el pago de 1.262.000 euros correspondiente a la contribución española en 2008 al Fondo Fiduciario Temático de Gobernabilidad Democrática del PNUD, para apoyar el proceso de democratización en Indonesia, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo FAD).
  • ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española en 2008 por importe de 1.000.000 euros al Fondo Canasta de la Comunidad Económica de Estados de África del Oeste, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se aprueba el pago de 1.000.000 euros correspondiente a la contribución voluntaria de España al Fondo Mundial para la Diversidad de Cultivos, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se aprueba el pago de 200.000 euros correspondiente a la contribución española en 2008 a la Red de Desarrollo Global, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se aprueba la contribución adicional de España al Fondo para Países de Transición Temprana gestionado por el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo por cuantía de 1.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se aprueba la creación de un Fondo de Asistencia Técnica español gestionado por el Banco de Desarrollo del Consejo de Europa y su dotación con una contribución de dos millones de euros.


Economía y Hacienda

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de Sociedades Cotizadas de Inversión Inmobiliaria.
  • ACUERDO por el que se aprueba el destino del Fondo Especial del Estado para el Estímulo de la Economía y el Empleo dotado por el Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre, y su distribución por departamentos ministeriales.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe de 429.949,94 euros, para el abono de indemnizaciones derivadas de una sentencia de la Audiencia Nacional relacionada con el síndrome tóxico y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Economía y Hacienda.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 56.234.824,23 euros, para financiar a la Seguridad Social las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez, y se concede un suplemento de crédito en el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe de 1.683.311,93 euros para el pago de sentencias derivadas de la responsabilidad patrimonial del Estado legislador por el gravamen complementario de la tasa del juego y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Economía y Hacienda.
  • ACUERDO por el que se resuelve la solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado legislador formulada por la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad de Cataluña, por el que se insta el abono de 343.162,01 euros, más los intereses legales correspondientes.
  • ACUERDO por el que se aprueba la distribución del resultado obtenido por la Comisión Nacional del Mercado de Valores durante el ejercicio 2007.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Seguridad Social a contraer compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para la suscripción de convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas para el control de la incapacidad temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Tesorería General de la Seguridad Social a contraer compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para la contratación de diversos servicios de mantenimiento de software y hardware gestionados por la Gerencia de Informática de la Seguridad Social.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Tesorería General de la Seguridad Social a contraer compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros derivados del Convenio de colaboración con la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía para realizar operaciones de endeudamiento, hasta un importe máximo de 1.328.000.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria de España para financiar la prórroga del Convenio de colaboración suscrito con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico con cargo al ejercicio 2009.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención destinada a la financiación del transporte regular de viajeros por carretera en las Islas Canarias, por un importe de 23.287.500 euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión a la Generalitat Valenciana de una subvención para la financiación de infraestructuras del transporte metropolitano de Valencia, por un importe de 15.116.5000 euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Fomento a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para poder contratar los servicios de mantenimiento de edificios.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para llevar a cabo el apoyo en servicio del sistema de armas del helicóptero TIGRE.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo Marco entre el Reino de España y la República Francesa sobre cooperación sanitaria transfronteriza y su Acuerdo Administrativo relativo a las modalidades de aplicación.
  • ACUERDO por el que se autoriza la declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Seychelles al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la Republica de Chile.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Reino de España y el Reino de Bahrein.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo especial entre la Organización Europea de Patentes y el Gobierno del Reino de España relativo a la cooperación en cuestiones relacionadas con el Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT) y se dispone su aplicación provisional.

Justicia

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY General de Navegación Marítima.
  • REAL DECRETO por el que se resuelve un concurso de traslado para la cobertura de plazas vacantes en el Ministerio Fiscal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación del contrato de obras del nuevo Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses en Las Rozas (Madrid).

Interior

  • ACUERDO por el que se autoriza, para el año 2009, la prórroga del contrato del servicio de limpieza, desinfección y desratización de los inmuebles e instalaciones de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, por importe de 45.320.476,06 euros.

Fomento

  • ACUERDO por el que se declara la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa consecuencia de las obras de la entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea: “Aeropuerto de Alicante, expediente de expropiación forzosa para la construcción de los nuevos accesos al recinto aeroportuario”.

  • ACUERDO por el que se declara la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa consecuencia de las obras de la entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea: “Aeropuerto de Córdoba, expediente de expropiación forzosa para la realización del proyecto constructivo de ampliación de pista y nuevo edificio terminal”.

Interior

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

Educación, Política Social y Deporte

  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución, así como la distribución resultante, para el año 2008, de las ayudas destinadas a la cooperación de las Comunidades Autónomas con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte en el desarrollo de las funciones que el artículo 4-1, apartados c, d, e y f del Real Decreto 1128/2008 por el que se desarrolla la estructura básica del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, atribuye a dicho Departamento Ministerial.
  • ACUERDO por el que se formula una Declaración institucional sobre la Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad.

Trabajo e Inmigración

  • ACUERDO por el que se conceden diversos créditos extraordinarios y suplementos de crédito a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en sus presupuestos de gastos para el ejercicio 2008.

Industria, Turismo y Comercio

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de León para el impulso a la construcción del Palacio de Congresos y Recinto Ferial de la ciudad de León.
  • ACUERDO por el que se formaliza para el ejercicio 2008 la distribución de los créditos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para la cofinanciación de subvenciones concedidas al amparo del Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio 2005-2008.
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de una donación por importe de 13.479.785 euros a la República de Honduras para financiar un proyecto de optimización de servicio de agua potable en Tegucigalpa, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 3.695.046 euros a la República de Indonesia para financiar el refuerzo del Programa de Capitalización del "National Resilience Institute Lemhannas", con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 4.981.740,97 euros a la República de Montenegro para financiar la construcción e instalación de una planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a suscribir una adenda al Convenio de colaboración suscrito con la Empresa Eurocopter España, S.A., para el Programa de los helicópteros Cougar destinados a la Unidad Militar de Emergencias.
  • ACUERDO por el que se autoriza la convalidación de un gasto por importe de 100.094.521,16 euros, correspondiente a la financiación de las actuaciones previstas en los Convenios específicos de colaboración suscritos por el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras y Comunidades Autónomas y Entidades Locales, para promover el desarrollo alternativo de las comarcas mineras del carbón del Plan 1998-2005.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras correspondientes al proyecto de construcción del interceptor general de saneamiento de los municipios de Lasarte-Oria y Usurbil (Guipúzcoa).
  • ACUERDO por el que se autorizan contribuciones españolas a diversos organismos y organizaciones internacionales para el ejercicio de 2008, por un importe de 121.236 euros.

  • ACUERDO por el que se impone a Vallehermoso División Promoción, S.A.U., una sanción de 601.012,06 euros más la obligación de indemnizar los daños producidos al dominio público hidráulico en la cantidad de 317.641,50 euros, por realizar obras, sin autorización del organismo de cuenca, de embovedamiento del cauce del barranco de las Presas y su encauzamiento en 85 metros mediante construcción de escollera de piedras y construcción de 47 viviendas en zona de policía del citado barranco, en el sitio denominado la Atalaya, en el término municipal de Albolote (Granada).
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2009.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la segunda addenda al Convenio de colaboración suscrito el 14 de diciembre de 2007, entre el extinguido Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias del Norte, S.A., para el desarrollo de los criterios generales de actuación de la sociedad en relación con la promoción, contratación y explotación de obras de modernización y consolidación de regadíos contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y declaradas de interés general, así como los gastos derivados de este.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la primera addenda al Convenio de colaboración suscrito el 14 de diciembre de 2007, entre el extinguido Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias del Nordeste, S.A., para el desarrollo de los criterios generales de actuación de la sociedad en relación con la promoción, contratación y explotación de obras de modernización y consolidación de regadíos contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y declaradas de interés general, así como los gastos derivados de este.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la primera addenda al Convenio de colaboración suscrito el 14 de diciembre de 2007, entre el extinguido Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias de la Meseta Sur, S.A., para el desarrollo de los criterios generales de actuación de la sociedad en relación con la promoción, contratación y explotación de obras de modernización y consolidación de regadíos contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y declaradas de interés general, así como los gastos derivados de este.

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la primera addenda al Convenio de colaboración suscrito el 14 de diciembre de 2007, entre el extinguido Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias del Sur y Este, S.A., para el desarrollo de los criterios generales de actuación de la sociedad en relación con la promoción, contratación y explotación de obras de modernización y consolidación de regadíos contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y declaradas de interés general, así como los gastos derivados de este.

Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO sobre traspaso a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias de los medios adscritos a la gestión de la prestación sanitaria del Seguro Escolar.
  • REAL DECRETO sobre traspaso a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias de las funciones y servicios de la Administración General del Estado en materia de provisión de medios personales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Cultura

  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia de desmontaje de traviesas y elementos sustentantes afectados del patio del Archivo Histórico Provincial de Zamora.

ACUERDOS DE PERSONAL

Igualdad

  • REAL DECRETO por el que se nombra Directora General para la Igualdad en el Empleo a Dª. CAPITOLINA DÍAZ MARTÍNEZ .

CONDECORACIONES

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se concede la Medalla de la Orden del Mérito Constitucional a Dª MILAGROS GARCÍA CRESPO.
  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a D. LUIS CONDE DE LA CRUZ.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden de Mérito Civil al señor XIAOQUI QIU, Embajador de la República Popular China en España.

Trabajo e Inmigración

  • REALES DECRETOS por el que se concede la Medalla al Mérito en el Trabajo, en su categoría de oro a:
  • MARÍA ANTONIA ABAD FERNANDEZ (SARA MONTIEL)
  • JOSÉ MARÍA ANTÓN ANDRÉS
  • ÁNGEL ANTÓN CHILLÓN
  • JULIA BASCUÑANA CONTRERAS
  • PABLO BELMONTE CHAMORRO
  • MARINA CABALLERO SERRANO
  • MARÍA JOSÉ CABRERA GONZALVO
  • SANTIAGO CARRILLO SOLARES
  • JUANA COLL MARTÍNEZ
  • PEDRO CRUZ SOCORRO
  • OVIDIA DE FRANCISCO PAGADIGORRIA
  • DEMETRIO FERNÁNDEZ PAZ
  • PILAR GARCÍA ALONSO
  • JOSEFINA GÓMEZ MENDOZA
  • INOCENCIO GUTIÉRREZ OYAGÜE
  • ALFREDO LANDA ARETA
  • JOSÉ LIMERES GUILLE
  • MANUELA MARRERO RODRÍGUEZ
  • ESTEBAN MARTINO FERNÁNDEZ
  • NURIA MASÓ FOLCH
  • RAFAEL MONTES SÁNCHEZ
  • CARLOS NAVARRO LÓPEZ
  • LUIS NEIRA RÍO
  • GLORIA PALOMINO ÁLVAREZ
  • VALENTÍN PÉREZ PÉREZ
  • COVADONGA PÉREZ SÁNCHEZ
  • MARÍA NIEVES SALAVERRI ARANTEGUI
  • JULIÁN SALAZAR SOBERA
  • CARLE SENTIS ANFRUNS
  • CONCEPCIÓN VELASCO VARONA (CONCHA VELASCO)
  • COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (FERMI)


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ASUNTOS GENERALES

Economía y Hacienda

REPARTO DE LOS TRES MIL MILLONES DEL FONDO PARA EL ESTÍMULO DE LA ECONOMÍA Y EL EMPLEO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se distribuyen los tres mil millones de euros del Fondo Especial del Estado para el Estímulo de la Economía y el Empleo.

La finalidad de este Fondo, creado a través del Real Decreto aprobado la semana pasada, es mejorar la situación coyuntural de determinados sectores estratégicos y acometer proyectos con alto impacto en la creación de empleo. En particular, se destinará a ocho tipos de actuaciones:

1. Actuaciones de I+D+i.

2. Actuaciones en el sector de automoción.

3. Actuaciones medioambientales.

4. Construcción, adecuación, rehabilitación y mejora de edificios públicos, especialmente casas-cuartel, comisarías y centros penitenciarios.

5. Rehabilitación de viviendas y rehabilitación de espacios urbanos.

6. Actuaciones en pequeñas infraestructuras del transporte.

7. Actuaciones vinculadas con la prestación de servicios sociales: turismo social y atención a la dependencia.

8. Actuaciones vinculadas con la mejora de las infraestructuras de la defensa.

ACTUACIONES DE I+D+i

Se destinan 490 millones de euros, repartidos en tres ejes de actuaciones:

  • Salud: las acciones irán dirigidas a incrementar la competitividad y capacidad de I+D+i de empresas e instituciones que operan en los diferentes sectores afines a la sanidad (productos sanitarios, industria farmacéutica, biotecnología, servicios sociosanitarios, instrumental, dispositivos y equipamientos, alimentación saludable, etcétera).
  • Energía: las actuaciones están orientadas a garantizar, con la investigación y el desarrollo, el suministro energético, incrementando la contribución de las energías renovables y las tecnologías energéticas emergentes, de forma eficiente y competitiva, y su integración en el sistema energético nacional, de tal manera que su aportación mejore la seguridad de suministro, la diversificación de las fuentes de abastecimiento, mejore la protección del medio ambiente.
  • Excelencia internacional: este eje incluye un conjunto de actuaciones para impulsar la creación de nuevas empresas de base tecnológica; reforzar la cooperación internacional en actuaciones sostenibles de excelencia; crear una infraestructura científica y tecnológica avanzada, abierta a la utilización por todos los agentes del sistema de ciencia y tecnología, y reforzar programas colaborativos públicos-privados. El conjunto de actuaciones incluye, entre otros, a la mayoría de los sectores industriales caracterizados como “clave” en el Plan nacional de I+D+i 2008-2011 que no están presentes en los ejes de salud y energía: Alimentación, Agricultura y Pesca, Aerospacial, Nuevos Materiales y nuevos procesos, etcétera.

ACTUACIONES EN EL SECTOR DE LA AUTOMOCIÓN

Se asignan ochocientos millones de euros para el mantenimiento y mejora de la competitividad del sector de automoción en España. La finalidad concreta y las líneas de actuación a financiar con dicha asignación se determinarán por un posterior Acuerdo del Consejo de Ministros, una vez se hayan concretado las líneas estratégicas básicas de la Unión Europea destinadas a paliar en impacto de la política económica global en dicho sector.

ACTUACIONES MEDIOAMBIENTALES

Se destinan 575 millones de euros, repartidos de la siguiente manera:

  • Refuerzo de los programas de aguas: Para programas de gestión e infraestructuras del agua, de calidad de las aguas y de modernización de la gestión de recursos hídricos para el regadío.
  • Refuerzo de actuaciones en el litoral: Para la protección, defensa y conservación del dominio público marítimo-terrestre; a la creación, recuperación y regeneración de playas; a los accesos públicos al mar, y otras actuaciones en garantía del uso público y de la protección de la integridad de las costas.
  • Refuerzo de actuaciones en el medio rural: Para la conservación del patrimonio y los recursos naturales en el medio rural y al Programa de Caminos Naturales.
  • Refuerzo de actuaciones de política forestal y en espacios de alto valor ecológico: Para la reforestación y otras actuaciones de repoblación forestal, limpieza de montes, y prevención de incendios forestales, y a actuaciones en Parques Nacionales.

CONSTRUCCIÓN, ADECUACIÓN, REHABILITACIÓN Y MEJORA DE EDIFICIOS PÚBLICOS, ESPECIALMENTE CASAS-CUARTEL, COMISARÍAS Y CENTROS PENITENCIARIOS

  • Se destinan 380 millones de euros, repartidos para proyectos de la Guardia Civil, de la Policía Nacional y de Instituciones Penitenciarias.

REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y REHABILITACIÓN DE ESPACIOS URBANOS

Se destinan 110 millones de euros para las siguientes actuaciones:

  • Rehabilitación integrada de barrios degradados, conjuntos históricos, centros urbanos y municipios rurales, así como actuaciones de renovación urbana.
  • Mejora de la eficiencia energética, higiene, salud y protección del medio ambiente en los edificios, incluida la utilización de energías renovables.
  • Obras que tengan por objeto garantizar la seguridad y la estanqueidad de los edificios.
  • Mejora de la accesibilidad al edificio y a sus viviendas.

ACTUACIONES EN PEQUEÑAS INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE

Se dedican 140 millones de euros, repartidos para:

  • Supresión y/o protección de pasos a nivel de ferrocarril.
  • Actuaciones de mantenimiento de la red convencional de ferrocarril.
  • Actuaciones de conservación y seguridad vial en carreteras.

ACTUACIONES VINCULADAS CON LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES: TURISMO SOCIAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

Se asignan 430 millones de euros para las siguientes actuaciones:

  • Refuerzo de los programas de envejecimiento activo: 35 millones de euros, destinados al programa de vacaciones para mayores y al programa de termalismo social.
  • Promoción de los servicios de atención a la dependencia: cuatrocientos millones de euros.


ACTUACIONES VINCULADAS CON LA MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE LA DEFENSA

Se destinarán 75 millones de euros para estas actuaciones.

Tabla de Fondos


Economía y Hacienda

APROBADO EL PROYECTO DE LEY QUE REGULA LAS SOCIEDADES COTIZADAS DE INVERSIÓN EN EL MERCADO INMOBILIARIO

  • Fomentarán el mercado del alquiler en España, mejorarán la competitividad en los mercados de valores españoles y contribuirán a dinamizar el mercado inmobiliario
  • Estas sociedades tributarán a un tipo reducido del Impuesto de Sociedades del 18 por 100, mientras que sus socios estarán exentos del pago de impuestos por los dividendos percibidos

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por el que se regulan las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI). El Anteproyecto de Ley se informó en el Consejo de Ministros del pasado 19 de septiembre y, tras el período de información pública y de diálogo con el sector, se han introducido mejoras en el proyecto de ley aprobado hoy con el objetivo de conseguir una mejor adaptación a las necesidades del mercado inmobiliario.

Este nuevo instrumento, que ya existe en la mayoría de los países de nuestro entorno, tiene como objetivos fundamentales continuar con el impulso del mercado del alquiler en España, elevando su profesionalización, facilitar el acceso de los ciudadanos a la vivienda, incrementar la competitividad en los mercados de valores españoles y dinamizar el mercado inmobiliario. Además, esta figura permite al pequeño y mediano accionista invertir en activos inmobiliarios de manera profesional, con una cartera de activos diversificada y sin que tenga que asumir el coste de adquisición de estos activos, disfrutando desde el primer momento de una rentabilidad mínima, mediante la percepción de un dividendo anual.

Requisitos para la exención en el Impuesto de Sociedades

Estas sociedades gozarán de un régimen fiscal favorable y estarán exentas del Impuesto de Sociedades siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estas Sociedades deben tener la forma jurídica de sociedad anónima y cotizar en mercados regulados.
  • La actividad principal de estas sociedades ha de ser la inversión en activos inmobiliarios de naturaleza urbana para su alquiler (viviendas, residencias para personas dependientes, locales comerciales, garajes, hoteles, oficinas, entre otros) y/o la tenencia de participaciones en el capital de otras Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario o de entidades que estén sometidas a un régimen similar.
  • Su activo debe estar invertido, al menos, en un 85 por 100 en inmuebles urbanos destinados al arrendamiento y adquiridos en plena propiedad, en terrenos para la promoción de bienes inmuebles que vayan a destinarse a dicha finalidad o en participaciones en sociedades que cumplan los mismos requisitos de inversión y de distribución de resultados, españolas o extranjeras, coticen o no en mercados organizados.
  • Igualmente, las principales fuentes de rentas de estas entidades deben provenir del mercado inmobiliario, ya sea del alquiler, de la posterior venta de inmuebles tras un período mínimo de alquiler o de las rentas procedentes de la participación en entidades de similares características.
  • Anualmente, deberán distribuir entre sus accionistas, al menos, el 90 por 100 de los beneficios procedentes del arrendamiento de sus inmuebles y participaciones y, al menos, el 50 por 100 de los beneficios derivados de la transmisión de inmuebles y participaciones, siempre que el resto de estos beneficios se reinvierta en otros inmuebles o participaciones afectos al cumplimiento de dicho objeto social.
  • Estas Sociedades tributarán por los beneficios distribuidos a un tipo reducido del 18 por 100 en el Impuesto sobre Sociedades.
  • En cuanto a los socios, estarán exentos del pago de impuestos por los dividendos percibidos de la sociedad, en el caso de personas físicas y no residentes. Si los socios son personas jurídicas, los dividendos percibidos se integrarán en la base imponible, pero se aplicarán una deducción en cuota del 18 por 100.


Interior

PROYECTO DE LEY DEL DERECHO DE ASILO Y DE LA PROTECCIÓN SUBSIDIARIA

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. La institución del derecho de asilo se encuentra regulada en la Convención de Ginebra de 1951 y en el Protocolo de Nueva York de 1967 sobre el estatuto de los refugiados, normas que constituyen la piedra angular del régimen jurídico internacional de protección de refugiados.

Trasposición de Directivas comunitarias

En primer lugar, el objetivo del Proyecto es trasponer tres Directivas del Consejo, concretamente las siguientes:

  • Directiva del 29 de abril de 2004 por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida.
  • Directiva del 1 de diciembre de 2005 sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados Miembros para conceder o retirar la condición de refugiado.
  • Directiva del 22 de septiembre de 2003 sobre el derecho a la reagrupación familiar, que se traspone parcialmente.

La elaboración de una nueva Ley obedece a dos motivos: por un lado, a la necesidad de incorporar al ordenamiento español algunas normas comunitarias cuya transposición constituye un primer paso del Sistema Europeo Común de Asilo, por otro, a la obligación de adecuar la Ley al desarrollo internacional, que ha evolucionado en el transcurso de los 56 años desde la aprobación de la Convención de Ginebra y a cuyos nuevos retos es preciso dar respuesta a través del Derecho.

La nueva norma regula el núcleo esencial de la protección internacional, la cual da lugar a la obtención de varios derechos consagrados en la Convención de Ginebra que ahora las Directivas comunitarias desarrollan: básicamente, el derecho a la no devolución del refugiado al país de origen donde sufre persecución, a la autorización de residencia y trabajo, y a la expedición de documentos de identidad y de viaje. La protección también da acceso a una serie de prestaciones sociales que el Proyecto se limita a enumerar al corresponder su desarrollo al Ministerio de Trabajo e Inmigración.


Principales novedades

A partir de estas consideraciones preliminares, las principales novedades del texto se pueden sintetizar de la siguiente manera:

1.) Se eleva el estándar de protección internacional al equiparar los dos estatutos en que ésta se traduce: el estatuto de refugiado y la protección subsidiaria.

Hasta hoy, la protección internacional se puede obtener por dos vías: el estatuto de refugiado, que se reconoce cuando se cumplen los requisitos de la Convención de Ginebra, y la protección subsidiaria, estatuto de protección cualitativamente inferior que se vinculaba a la apreciación de “razones humanitarias”. El Proyecto equipara ahora ambos estatutos en garantías y contenido, y, además, define en términos rigurosos a la protección subsidiaria al concebirla como aquella que se dispensa a quienes, sin reunir los requisitos de la Convención de Ginebra para ser refugiados, tienen motivos fundados para creer que, en caso de regresar a su país de origen, estarían en riesgo de sufrir daños graves como pena de muerte, tortura, tratos inhumanos o degradantes o amenazas en un contexto generalizado de violencia ante un conflicto armado internacional o interno.

2.) El Proyecto distingue con claridad los ámbitos del asilo y la extranjería. Así, permitirá reconocer el estatuto de refugiado únicamente a quienes no ofrezcan dudas en su temor fundado de sufrir persecución por los motivos tasados en la Ley, circunscribiendo la protección internacional a sus exclusivos y exactos términos, e impidiendo que el asilo pueda utilizarse de manera fraudulenta por parte de inmigrantes económicos.

3.) Por primera vez se recogen de forma expresa las características de género y de orientación sexual como causas que pueden dar lugar al reconocimiento del estatuto de refugiado por pertenencia a un determinado grupo social.

4.) Se refuerzan las garantías inherentes al procedimiento de obtención de protección internacional.

De este modo, se dedica un Capítulo para regular el papel que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ejerce en el procedimiento de asilo, papel históricamente clave que hoy, transcurridos varios años desde la aprobación de la Ley de 26 de marzo de 1984, se ha querido reconocer al regular expresamente su intervención en la tramitación de las solicitudes, así como su condición de miembro en la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, reflejo de la excelente relación de colaboración existente entre este Organismo y las autoridades españolas.

Por otra parte, la norma adapta el derecho a la información que asiste a todo solicitante a las circunstancias específicas que, en su caso, concurran por razón de género, minoría de edad o especial vulnerabilidad. Se procurará adoptar los medios necesarios para ayudar a que la entrevista al solicitante se desarrolle en los términos más favorables para el interesado. Finalmente, se regulan las condiciones de acogida de los solicitantes de asilo, así como la reagrupación familiar para aquellas personas que sean beneficiarias de protección internacional.

5.) Se regula el reasentamiento como reflejo del compromiso solidario del Gobierno de España con otros países, compromiso a través del cual se podrá reasentar, mediante la fijación de un cupo anual y con la intervención del ACNUR, a un número de refugiados establecidos en países limítrofes al de su origen y donde, pese a ser refugiados, no tienen garantizada la no devolución a éste, corriendo peligro.

6.) Se desarrolla y pormenoriza la exclusión, revocación y cese de la protección internacional. Se favorece que el sistema esté dotado de las cautelas necesarias para evitar que el estatuto de refugiado se desvalorice y pueda abusarse de su contenido para cometer delitos graves o actividades atentatorias contra la seguridad del Estado.


Justicia

APROBADO EL PROYECTO DE LEY GENERAL DE NAVEGACIÓN MARÍTIMA

  • Actualiza el régimen jurídico del sector y presta especial atención a la protección medioambiental.
  • Formula un régimen general del tráfico marítimo, adaptado a los nuevos tiempos. Deroga las normas del Libro III del Código de Comercio de 1885 y modifica, parcialmente, la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
  • Desarrolla las previsiones de los distintos convenios internacionales sobre derecho marítimo, especialmente en lo que afecta a la seguridad de la vida humana en la mar y a la protección del medio ambiente marino
  • Regula los contratos de utilización del buque, así como los contratos auxiliares de la navegación, el de consignación de buques, practicaje y manipulación portuaria. Asimismo, se determina un régimen de responsabilidad contractual de los sujetos implicados en el tráfico marítimo

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley General de Navegación Marítima. El texto procede de la anterior Legislatura, aunque se han introducido determinadas mejoras que no alteran sustancialmente su contenido.

En la elaboración de esta norma han colaborado activamente los sectores afectados: navieros, Cámaras de Comercio, transitarios y despachos especializados, entre otros. También recibió una valoración muy positiva del Consejo General del Poder Judicial. La base de la que se partió para alcanzar el texto final fue la propuesta de Anteproyecto de Ley que aprobó en el año 2004 una sección especial constituida en el seno de la Comisión General de Codificación.

Esta nueva Ley General de Navegación Marítima consta de 535 artículos y en el texto se integran tanto normas de derecho público como de derecho privado. Su objetivo es homogenizar el ordenamiento jurídico español con el Derecho Marítimo Internacional, adoptado, asimismo, por los países de la Unión Europea y OCDE. Éste es un objetivo básico en un tráfico caracterizado por la transnacionalidad.

Además, proporciona seguridad jurídica al sector, al garantizar una perfecta coordinación entre las normas españolas, europeas y convenios internacionales vigentes, tanto de Derecho Público, como Privado. Todo ello facilitará la interpretación unívoca de esas normas por los Tribunales.

Esta Ley refleja también la realidad práctica actual del transporte marítimo, de acuerdo con las consecuencias económicas y de otro tipo que puedan derivarse de las modificaciones introducidas.


Fin a las contradicciones

El Proyecto de ley da respuesta a la vocación de uniformidad del Derecho marítimo y pretende poner fin a las contradicciones existentes en la actualidad entre los distintos convenios internacionales vigentes en España y la dispersa normativa que regulaba esta materia.

El texto supone la formulación, por primera vez en la legislación marítima española, de una regulación básica muy completa y sistemática de policía administrativa. Esto permitirá una mejor intervención de la Administración, en particular del Ministerio de Fomento, en la defensa de la seguridad marítima y del salvamento de la vida humana en el mar, así como la protección de intereses medioambientales y costeros, debido a la especial relevancia cobrada por la seguridad de la navegación y la tutela del medio ambiente.

El Proyecto contempla también el tema de los polizones, cuyo régimen se remite a las normas generales de extranjería e inmigración, reforzando la responsabilidad de los capitanes de buque, tanto para impedir la connivencia con su embarque como para que se proporcione un trato digno a los polizones.

Vehículos de navegación

El Proyecto de Ley configura todo un estatuto jurídico del buque. Se mantiene la situación actual de doble registro: el de buques y empresas navieras, adscrito al Ministerio de Fomento, y el de bienes muebles, dependiente del Ministerio de Justicia.

Por primera vez, se regula el contrato de construcción naval, incorporando importantes innovaciones en el contrato de compraventa de buques, al tiempo que se unifica la regulación de los privilegios marítimos, con remisión al Convenio de Ginebra de 1993.

Sujetos de la navegación

Los sujetos de la navegación son el armador y el naviero. Junto a ellos se contempla el condominio naval y la dotación, con especial atención a la figura del capitán.

Contratos de utilización del buque

La norma regula los contratos de utilización del buque: el contrato de arrendamiento; el de fletamento; el de pasaje, con especial atención a los derechos de los pasajeros, y el de remolque. También regula los contratos auxiliares de la navegación: el novedoso contrato de gestión naval, el de consignación de buques, el de practicaje y el de manipulación portuaria. Esta regulación se basa en el respeto a la libertad de pactos de las partes y, al mismo tiempo, en la determinación clara de su régimen de responsabilidad.


Accidentes

La regulación de los accidentes de la navegación se efectúa mediante una remisión a los convenios que regulan esta materia en los casos de abordaje, avería grave, salvamento, bienes naufragados o hundidos y responsabilidad civil por contaminación.

Respecto a la responsabilidad civil por contaminación, hay que destacar que es suplementaria y adicional a la prevista en estos tres convenios: Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil nacida de daños debidos a la contaminación por hidrocarburos, Convenio sobre constitución de un Fondo Internacional de Indemnización (1992, FUND) y el Convenio sobre Responsabilidad Civil por contaminación por hidrocarburos para combustible de los buques (BUNKERS 2001). Por ello solamente regula los supuestos en que no sean directamente aplicables estos tres Convenios.

El reconocimiento a los sujetos de la navegación de la posibilidad de limitar su responsabilidad se remite a los convenios vigentes en España: convenio de Londres de 1976 y protocolo de 1996. También cubre el vacío existente en la actualidad en relación a las normas procesales relativas al ejercicio del derecho a limitar la responsabilidad, mediante un procedimiento específico para ejercitarlo.

Asimismo, se garantiza la aplicación de la limitación de la responsabilidad con independencia del procedimiento judicial (civil, penal o contencioso-administrativo) utilizado para exigirla, incluso cuando se exija por vía administrativa.

Mediante este texto se moderniza la regulación del contrato de seguro marítimo y las especialidades procesales que conllevarán las nuevas normas de la futura Ley, como el embargo preventivo de buques o su venta forzosa.

Con esta Ley se deroga el Libro III del Código de Comercio de 1885, cuyas normas habían quedado claramente desfasadas.


Trabajo e Inmigración

MÁS DE 1.250 MILLONES PARA CONVENIOS CON COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA CONTROL DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL

El Consejo de Ministros ha autorizado al Instituto Nacional de la Seguridad Social a contraer compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para la suscripción de convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas para el control de la incapacidad temporal, por un importe de 1.251 millones para los próximos cuatro años.

La Ley de 27 de diciembre de 2001, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, contempla la creación y dotación de un Fondo para la mejora y control de la prestación por Incapacidad Temporal (IT), denominado “Programa de Ahorro en IT”. Dicho Fondo, en el que participan las Comunidades Autónomas, esta dirigido a la adopción de medidas de control del gasto en esta prestación y a la mejora de gestión de los servicios de asistencia sanitaria. A tal efecto el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha venido concertando Convenios de Colaboración con las Comunidades Autónomas.

Los convenios de colaboración a suscribir con la Comunidades Autónomas, suponen compromisos de gastos en las siguientes cuantías por anualidades: año 2009, 303.558.394,82 euros; año 2010, 309.629.562,71 euros; año 2011, 315.822.153,97 euros, y año 2012, 322.138.597,05 euros.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

287,9 MILLONES PARA EL PLAN DE SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS DEL EJERCICIO 2009

  • El porcentaje medio de subvención asciende al 37,4 por 100, sin contar las ayudas que, de forma complementaria, puedan aportar las Comunidades Autónomas.
  • Entre las novedades en relación con las producciones agrícolas se encuentra la inclusión de cobertura de los daños producidos por la fauna silvestre, o la incorporación del riesgo del golpe de calor en las producciones tropicales y en hortalizas en Canarias.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2009. La dotación económica que recibirá el sector agrario, en aplicación de dicho Plan, alcanzará la cantidad de 287,96 millones de euros, de los cuales 280,78 millones de euros se destinarán a subvencionar a los agricultores y ganaderos parte del coste del seguro.

El nuevo Plan prevé que el porcentaje medio de subvención ascienda al 37,4 por 100, sin tener en cuenta las subvenciones que aportan las Comunidades Autónomas, de forma complementaria a las concedidas por el Ministerio.

En el Plan para el ejercicio 2009 se mantienen los criterios actuales de asignación de subvenciones, pero con algunas modificaciones de las cuantías de los porcentajes. Estos ajustes se ven minorados como consecuencia de la reducción del recargo relativo al reaseguro que aplica el Consorcio de Compensación de Seguros y del recargo correspondiente a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras.

Nuevos riesgos y producciones

Dados los avances logrados en la política de seguros agrarios en los últimos años, y las nuevas orientaciones que, en materia de gestión de riesgos, se están diseñando desde la Comisión Europea, el Plan para 2009 contempla el desarrollo de los trabajos precisos de viabilidad para incluir en el sistema nuevos riesgos y producciones.

En materia de producciones agrícolas está previsto que a lo largo del ejercicio, y de forma escalonada, se incluya la cobertura de los daños producidos por la fauna silvestre, así como la incorporación de la cobertura del golpe de calor al seguro de producciones tropicales y subtropicales y a la póliza combinada de hortalizas en Canarias.

Igualmente, se contempla la revisión de los criterios utilizados en la determinación de la indemnización correspondiente a gastos de salvamento, por daños sobre las estructuras de invernaderos, y se revisarán los rendimientos máximos asegurables establecidos para la aplicación del Seguro de Explotación en Olivar.

Por otra parte, se prevé la extensión de la nueva garantía para viñedos de características específicas, de aplicación en los seguros de uva de vinificación, y la incorporación del viñedo de Canarias al Seguro de Explotación Viñedo, cuya aplicación actualmente está restringida al ámbito peninsular, con cobertura de pérdida de rendimientos por condiciones climáticas adversas.

Producciones ganaderas

En relación con las producciones ganaderas, se prevé la inclusión de la garantía de compensación de los daños ocasionados por la influenza aviar y por la enfermedad de Newcastle para el ganado aviar de carne y de puesta. En el caso del seguro aviar de puesta, se incluirá, igualmente, la garantía de compensación de los daños producidos a consecuencia de salmonela.

También se contempla la incorporación de la raza pura gallega en el Seguro de Explotación de Ganado equino y la mejora de las garantías actuales de saneamiento ganadero en los Seguros de Explotación de ganado vacuno, y de ovino y caprino.

El Plan de Seguros Agrarios Combinados 2009 establece igualmente la realización de estudios, a desarrollar durante el próximo ejercicio, para la incorporación de nuevas coberturas en futuros planes de seguros.

Revisión de líneas

En esta línea se procederá a una revisión en profundidad de las condiciones de aplicación de líneas como los Seguros de Explotación de Frutales; el Seguro de tomate para industria y el Seguro de tomate de invierno en la península; el Seguro de Apicultura actualmente vigente, con objeto de establecer un Seguro de Explotaciones Avícolas y los Seguros de aplicación al Ganado Vacuno de Carne, así como el Seguro Combinado de Cereza, con objeto de establecer un Seguro de Explota

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