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Referencia del Consejo de Ministros del 17 de noviembre de 2006

viernes 17 de noviembre de 2006, 16:17h
SUMARIO
Presidencia
REAL DECRETO por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del documento único electrónico para la constitución y puesta en marcha de sociedades de responsabilidad limitada mediante el sistema de tramitación telemática.
REAL DECRETO por el que se regula el destino de los especímenes decomisados de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres protegidas mediante el control de su comercio.
ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española para el año 2006 a la Organización Mundial de la Salud por importe de 8 millones de euros, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española para el año 2006, por importe de 10 millones de euros, al Fondo Español de la Nueva Iniciativa para el Desarrollo de África, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española para el año 2006 al Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente por importe de 1.400.000 euros, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
Economía y Hacienda
ACUERDO relativo a la actuación sobre la propiedad denominada Cuartel "Capitán Arenas", antiguo "Parque Central de Ingenieros de Villaverde".
ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de contingencia por importe de 58.727.376,24 euros, para atender al pago de la contribución española a las operaciones de mantenimiento de la paz, así como de las contribuciones derivadas de la participación española en organismos internacionales, y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
ACUERDO por el que se autoriza la contratación de la asistencia técnica externa para colaborar en el desarrollo y mantenimiento de los sistemas y aplicaciones utilizadas en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Medio Ambiente a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en materia de normativa y ordenación territorial de los recursos hídricos.
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Fomento a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para licitar en este ejercicio diez contratos de concesión de obras públicas para el Programa de adecuación de las autovías de primera generación.
ACUERDO por el que se autoriza la modificación de la prórroga del Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Economía y Hacienda; el Instituto de Estudios Fiscales; el Parque Móvil del Estado; el Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas; el Comisionado para el Mercado de Tabacos; el Instituto Nacional de Estadística y la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S. A., para la prestación de servicios postales, para el año 2006.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo de cooperación entre el Reino de España y la República Portuguesa en el ámbito del turismo.
ACUERDO por el que se toma conocimiento de las enmiendas propuestas por Francia al Acuerdo Europeo sobre trabajo de las tripulaciones de los vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera, a su anejo y a los apéndices del anejo.
ACUERDO por el que se autoriza la firma del Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República de Filipinas.
ACUERDO por el que se autoriza la firma del Protocolo de ejecución entre el Reino de España y la Federación de Rusia, relativo a los plazos de respuesta a las solicitudes de readmisión de conformidad con el Acuerdo sobre readmisión entre la Comunidad Europea y la Federación de Rusia de 25 de mayo de 2006, así como su aplicación provisional.
Justicia
REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a D. Jacques Berdugo Cohen.
REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a D. Bashkim Shehu.
REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a D. Ibrohim Hamrakulov.
Defensa
ACUERDO por el que se autoriza la adquisición de cuatro radares C/M/ARTHUR, cuatro unidades de control remoto, un entrenador de aula y el apoyo logístico integrado.
ACUERDO por el que se autoriza la modificación del expediente de gasto y el reajuste de anualidades del Acuerdo Técnico ERG 102.023 Pietra, "Investigación conjunta de un transformador piezoeléctrico para alimentación de equipos militares terrestres y espaciales".
INFORME sobre la gestión de los suelos del Ministerio de Defensa.
Fomento
ACUERDO por el que se autoriza la contratación de la concesión de obras públicas para la conservación y explotación de la "Autovía A-2 del p.k. 232,8 al p.k. 340,0. Calatayud-Alfajarín", longitud: 107,2 km, Zaragoza.
ACUERDO por el que se autoriza la contratación de la concesión de obras públicas para la conservación y explotación de la "Autovía A-2 del p.k. 138,0 al p.k. 232,8 I.p: Soria Guadalajara-Calatayud", longitud 94,8 km, Soria y Zaragoza.
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de infraestructura ferroviaria del proyecto “Eje Atlántico de alta velocidad, tramo Redondela-Soutomaior, plataforma”, con un presupuesto total de 62.776.991,78 euros, Pontevedra.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Estepa (Sevilla) para la financiación de las obras de consolidación y recuperación del Alcázar Palacio sito en el cerro de San Cristóbal.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Boltaña (Huesca) para la financiación de las obras de rehabilitación del Castillo de Boltaña, I y II fase.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Mora de Rubielos (Teruel) para la financiación de las obras de rehabilitación del castillo para museo temático y centro de interpretación histórica, I fase.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Ávila para la financiación de las obras de restauración del Adarve de la Muralla, III fase, tramo: Puerta del Carmen-Puerta del Adaja.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Samboal (Segovia) para la financiación de las obras de restauración del Monasterio-Iglesia de San Baudilio del Pinar, Priorato de Samboal.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Sant Fruitós de Bages (Barcelona) para la financiación de las obras de restauración de la Iglesia del Monasterio de Sant Benet.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Vilobí d´Onyar (Girona) para la financiación de las obras de rehabilitación del edificio de las "Escolles Velles" para su uso como guardería.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Miralcamp (Lleida) para la financiación de las obras de Rehabilitación de la Iglesia de San Miguel Arcángel y del edificio de "El Casal" .
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Solivella (Tarragona) para la financiación de las obras de rehabilitación del castillo.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Pamplona/Iruña (Navarra) para la financiación de las obras de rehabilitación del Baluarte de Nuestra Señora de Guadalupe, II fase, y de la Cortina de Palacio.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Elche (Alicante) para la financiación de las obras de rehabilitación de las fachadas del Ayuntamiento.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Jérica (Castellón) para la financiación de las obras de consolidación de la antigua Iglesia de Socós.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Serra (Valencia) para la financiación de las obras de recuperación y puesta en valor de las estructuras medievales defensivas: Castillo del Alt del Pi y Torres de Guaita.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Real Academia de la Historia para la financiación de las obras de rehabilitación de su sede para la adecuación de instalaciones de protección contra incendios, Madrid.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Fundación de la Comunidad Valenciana La Luz de las Imágenes para la financiación de las obras de consolidación de las ruinas de la Iglesia Mayor de Nuestra Señora de los Ángeles de la Cartuja de Valldecrist en Altura (Castellón).
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Fraga (Huesca) para la financiación del proyecto de obras de mejora de los tramos urbanos de la red de carreteras del Estado en el término municipal de Fraga y la transferencia de su titularidad.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares (Guadalajara) para la financiación del proyecto de obras de mejora de los tramos urbanos de la red de carreteras del Estado en el término municipal de Azuqueca de Henares y la transferencia de su titularidad.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino (Cáceres) para la financiación del proyecto de obras de mejora de los tramos urbanos de la red de carreteras del Estado en el término municipal de Aldeanueva del Camino y la transferencia de su titularidad.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Tarancón (Cuenca) para la financiación del proyecto de obras de mejora de los tramos urbanos de la red de carreteras del Estado en el término municipal de Tarancón y la transferencia de su titularidad.
Educación y Ciencia
ACUERDO por el que se autoriza a la Universidad Nacional de Educación a Distancia a concertar con entidades financieras una operación de endeudamiento por importe de 22.191.760 euros.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para el desarrollo del protocolo general relativo al Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (Programa I 3), para el año 2006.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el desarrollo del protocolo general relativo al Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (Programa I 3), para el año 2006.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias para el desarrollo del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (Programa I 3), para el año 2006.
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Instituto Geológico y Minero de España y la Universidad de Barcelona para la realización de un estudio magnetotelúrico en el acuífero del Maestrazgo.
Trabajo y Asuntos Sociales
REAL DECRETO por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios en despachos, individuales o colectivos.
ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales la modificación en el importe de las anualidades y el plazo de vigencia del convenio suscrito con el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para la construcción de un centro de servicios sociales de atención especializada.
ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales la suscripción de un convenio de colaboración con la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para desarrollar un programa de accesibilidad en las estaciones e infraestructuras de la red ferroviaria.
Industria, Turismo y Comercio
ACUERDO por el que se aprueba la modificación de la línea de crédito por importe de 20 millones de euros, concedida a la República de Senegal por Acuerdo de 16 de junio de 2006, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.
Agricultura, Pesca y Alimentación
ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución y los compromisos financieros resultantes de la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, celebrada el 23 de octubre de 2006.
Administraciones Públicas
REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente.
REAL DECRETO sobre ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Ciudad de Melilla por el Real Decreto 332/1996, de 23 de febrero, en materia de agricultura y ganadería.
REAL DECRETO sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de conservación de la naturaleza.
REAL DECRETO sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de transportes por carretera y por cable.
Cultura
ACUERDO por el que se autoriza la segunda modificación del contrato de la construcción del Archivo Histórico Provincial y Regional y Biblioteca Pública del Estado en Santander (Cantabria), por un importe de 4.534.081,46 euros.
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia en el torreón de la muralla de Mansillas de las Mulas (León).
Sanidad y Consumo
REAL DECRETO por el que se desarrollan determinados aspectos del artículo 93 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios en el marco del sistema de precios de referencia.
Medio Ambiente
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras correspondientes al proyecto de terminación de la modernización de las infraestructuras hidráulicas del sector VIII de las zonas regables de Lorca y Valle del Guadalentín, término municipal de Lorca (Murcia).
ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Ente Público Radiotelevisión Española para la realización, emisión y difusión de una serie documental sobre las costas españolas.
Vivienda
INFORME sobre ejecución del Plan Estatal de Vivienda.
INFORME sobre el Proyecto VIVA (Vivienda de Vanguardia).
ACUERDOS DE PERSONAL
Presidencia del Gobierno
REAL DECRETO por el que se confiere a Su Alteza Real Don Felipe, Príncipe de Asturias, la representación de España en los actos de toma de posesión del Presidente de la República de México.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
REAL DECRETO por el que se nombran Consejeros del Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en representación del Patronato, por un período de tres años, a Dª JOSEFINA RODRÍGUEZ ALDECOA y D. HUMBERTO LÓPEZ MORALES.
Educación y Ciencia
REAL DECRETO por el que se nombra Rector Magnífico de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo a D. SALVADOR ORDÓÑEZ DELGADO .
Industria, Turismo y Comercio
ACUERDO por el que se comunica al Congreso de los Diputados la propuesta de nombramiento de Presidenta del Consejo de Seguridad Nuclear de Dª CARMEN MARTÍNEZ TEN y de los Consejeros del Consejo de Seguridad Nuclear de D. ANTONIO COLINO MARTÍNEZ , D. FRANCISCO FERNÁNDEZ MORENO y D. LUIS GÁMIR CASARES .
CONDECORACIONES
Asuntos Exteriores y de Cooperación
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a la señora LIZ MOHN, Presidenta de la Fundación Bertelsmann España.
Trabajo y Asuntos Sociales
REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de la Solidaridad Social al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Industria, Turismo y Comercio
ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE IMPULSO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Industria, Turismo y Comercio sobre el Anteproyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, que se enmarca en el conjunto de medidas que constituyen el Plan 2006-2010 para el desarrollo de la Sociedad de la Información y de convergencia con Europa, y entre las Comunidades y Ciudades Autónomas (Plan Avanza).
El Plan Avanza incluye entre sus medidas la adopción de una serie de iniciativas normativas dirigidas a eliminar las barreras existentes a la expansión y uso de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC) y a garantizar los derechos de los ciudadanos en la Sociedad de la Información.
En esta línea, el Anteproyecto de Ley introduce una serie de innovaciones normativas en materia de facturación electrónica y de refuerzo de derecho de los usuarios, y acomete las modificaciones necesarias en el ordenamiento jurídico para promover el impulso de la Sociedad de la Información.
De este modo, la nueva Ley contiene un conjunto de medidas para dinamizar el crecimiento de los servicios basados en tecnologías de la información, generaliza la extensión y el uso de la banda ancha, y permite acelerar una mayor integración de nuestro país en la Sociedad de la Información.
Asimismo, la Ley complementa la futura Ley para el acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas, actualmente en proceso de tramitación. Mientras que la Ley para el acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas incide sobre los medios y procedimientos que deben poner en marcha las Administraciones públicas para facilitar los trámites a los ciudadanos, este Anteproyecto prevé medidas que inciden directamente sobre determinados agentes económicos y sociales que prestan servicios a los ciudadanos, a los que se facilita la relación con los suministradores y prestadores de servicios.
Objetivos de la Ley
Las diferentes medidas incluidas en la Ley inciden principalmente en dos aspectos, relacionados con el estímulo al desarrollo de la Sociedad de la Información y con el refuerzo de las garantías y derechos de los ciudadanos:
La disponibilidad plena de accesos de banda ancha, de modo que exista cobertura total del territorio nacional antes del 31 de diciembre de 2007, respetando la neutralidad tecnológica y a unos precios razonables.
La demanda y uso de servicios a través de la banda ancha por parte de los ciudadanos, mediante medidas de protección de los derechos personales y de seguridad informática, y, sobre todo, implantando la prestación de servicios telemáticos para la ciudadanía con el consiguiente incremento de productividad para las empresas.
PRINCIPALES ASPECTOS DE LA NUEVA LEY
Interlocución telemática obligatoria entre compañías de servicios de sectores económicos relevantes y usuarios
La nueva Ley impone a las empresas de sectores con especial incidencia en la actividad económica la obligación de facilitar un medio de interlocución telemática con sus clientes, basado en certificados de firma electrónica. De este modo, se establece un nuevo canal de comunicación, alternativo a los tradicionales, que permitirá a los clientes acceder a información relevante y realizar cualquier tipo de transacción, tanto contractual como de posibles reclamaciones.
Asimismo, se refuerza el papel del DNI electrónico, cuya plena implantación está prevista para 2008. En concreto, los usos previstos en los trámites de los ciudadanos con la Administración se amplían a los trámites y relaciones de aquellos con las empresas de servicios y suministros.
Se obliga a los proveedores de acceso a Internet a informar a sus clientes sobre mecanismos de seguridad en Internet y herramientas de filtrado de contenidos para la protección de los menores.
También se obliga a los proveedores de acceso a Internet a informar a sus usuarios sobre medios técnicos que permitan la protección frente a virus informáticos y programas espía o la restricción de los correos electrónicos no solicitados y sobre las herramientas para el filtrado y restricción del acceso a contenidos y servicios no deseados o nocivos para la juventud y la infancia.
Extensión de los servicios de banda ancha
La Ley establece que el Gobierno impulsará la extensión de la banda ancha con el fin de conseguir, antes del 31 diciembre de 2007, una cobertura total de la población en cuanto a disponibilidad de banda ancha para cualquier usuario, independientemente del tipo de tecnología utilizada en cada caso y a precios razonables.
Ampliación de las garantías de accesibilidad en Internet
Las páginas de Internet de las Administraciones deberán satisfacer el nivel medio de accesibilidad, según los criterios de accesibilidad generalmente reconocidos. Este mismo requisito será aplicable a las páginas con financiación pública, a las páginas de las empresas que gestionen servicios públicos y a las empresas que presten al público servicios de especial trascendencia económica. Las Administraciones Públicas deberán promover medidas de sensibilización, educación y formación sobre accesibilidad.
Refuerzo de los derechos de los usuarios en materia de telecomunicaciones
La nueva Ley tipifica como infracción administrativa el incumplimiento por parte de los operadores de los derechos de los consumidores y usuarios en el ámbito de las telecomunicaciones.
Promoción de medios electrónicos para facilitar la participación ciudadana
Las Administraciones Públicas promoverán el empleo de medios electrónicos para facilitar la transparencia y la participación ciudadana en la adopción de decisiones públicas. A tales efectos, deberá fomentarse el intercambio de experiencias y mejores prácticas en este ámbito tanto a nivel nacional como internacional.
Obligación de uso de la factura electrónica en la contratación con la Administración General del Estado
Además del uso obligatorio de la factura electrónica en la contratación con la Administración General del Estado en los términos establecidos en la futura Ley de Contratos del Sector Público, se prevén actuaciones de dinamización del uso de la factura electrónica dirigidas al resto de la actividad productiva del país, que se realizarán en colaboración con el Ministerio de Economía y Hacienda. En concreto, los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Economía y Hacienda elaborarán un plan para la generalización del uso de la factura electrónica en España. En dicho plan se incluirán esquemas específicos de ayudas económicas para la implantación de la factura electrónica.
Se flexibilizarán las obligaciones relativas a las comunicaciones comerciales y de los requisitos para la contratación por vía electrónica.
Se prevé la flexibilización de las obligaciones de identificación en las comunicaciones comerciales por vía electrónica y las relativas al proceso de contratación electrónica, en particular, para su adecuación a la telefonía móvil de datos y a otros servicios similares.
Se eliminan obligaciones excesivas en la prestación de servicios de la Sociedad de la Información y se clarifica el marco regulador para la restricción de servicios.
Se procede a la supresión de la obligación de constancia registral específica del nombre de dominio (y la infracción/sanción correspondiente), manteniéndose únicamente la obligación de publicar en las páginas de Internet los datos de inscripción registral que procedan.
Se clarifica el marco regulador para las posibles restricciones de servicios de la Sociedad de la Información por parte de los órganos competentes. En este sentido, la Ley establece el procedimiento intracomunitario conforme al cual debe actuar el órgano competente que, en virtud de sus competencias establecidas en su propia normativa reguladora (aplicables al mundo físico y al ámbito electrónico), adopte medidas de restricción respecto de servicios provenientes de países del Espacio Económico Europeo (EEE). Igualmente, se aclara la regulación del deber de colaboración de los prestadores de servicios de intermediación para los supuestos en que un órgano competente ha decidido, de acuerdo con su propia normativa, que hay que interrumpir o bloquear un servicio.
Extensión de la firma electrónica
La extensión de la firma electrónica se llevará a cabo mediante dos medidas:
Clarificación de las reglas de valoración de la firma electrónica en juicio.
Flexibilización de la obligación de los prestadores de servicios de firma electrónica de comprobar los datos inscritos en registros públicos, al objeto de eliminar cargas excesiva.
Regulación mínima de las subastas electrónicas entre empresarios (B2B)
Se establece un marco jurídico mínimo aplicable a las subastas electrónicas entre empresarios (B2B), a fin de establecer un marco jurídico que dote a esta técnica de compra de la necesaria transparencia y seguridad jurídica. Asimismo, se flexibilizan las reglas aplicables a la contratación electrónica a fin de promover su uso.
Potenciación del Observatorio de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información
Con el fin de facilitar el ejercicio de sus funciones de elaboración de estadísticas y de indicadores, se atribuye al Observatorio de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información la facultad de recabar de los agentes que operan en el sector de la Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones la información necesaria para el ejercicio de sus funciones.
Industria, Turismo y Comercio
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A TRAVÉS DE INTERNET
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para permitir la constitución de Sociedades de Responsabilidad Limitada a través de Internet. La norma se lleva a cabo entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Ministerio de Justicia, y pretende extender la tramitación telemática, hasta ahora únicamente reservada a la Sociedad Limitada Nueva Empresa, a la constitución de cualquier Sociedad de Responsabilidad Limitada. Está previsto que el Real Decreto entre en vigor a primeros de 2007.
Tras la entrada en vigor de la Ley de 1 de abril de 2003, de la Sociedad Limitada Nueva Empresa, y la puesta en marcha del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), la tramitación telemática de la constitución de empresas con forma societaria, basada en el Documento Único Electrónico, ha demostrado tener un importante valor para las empresas, ya que reduce de manera muy significativa los tiempos de constitución. Por tanto, se hace necesario extender a otras formas societarias la tramitación telemática, en concreto a la Sociedad de Responsabilidad Limitada, por ser el tipo de sociedad más utilizado en el mundo empresarial.
A partir de la promulgación del Real Decreto, los emprendedores que quieran adoptar la forma jurídica de Sociedad de Responsabilidad Limitada, podrán beneficiarse de:
Una red formada en la actualidad por 150 oficinas de tramitación telemática, distribuidas en trece Comunidades Autónomas. Dichas oficinas, denominadas Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT'S), también prestan asesoramiento a los emprendedores tanto en la constitución de su empresa, como en los primeros años de funcionamiento. Esta red está en continua expansión ya que puede adherirse a ella, gratuitamente, cualquier organización especializada en la creación de empresas.
Un procedimiento con el que sólo tendrán que acceder presencialmente a un PAIT y al notario que elijan para el otorgamiento de la escritura pública de la sociedad. De esta forma, se evitarán desplazamientos para realizar el resto de los trámites y el uso de formularios en papel. El sistema de tramitación telemática del Centro de Información realizará la tramitación ante los organismos competentes, teniendo en cuenta los datos introducidos en el Documento Único Electrónico, que sustituye a los quince formularios actuales: liquidación del impuesto de trasmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados; inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil; trámites ante Hacienda y Seguridad Social, etcétera. En definitiva, esta medida permite la constitución y puesta en marcha de una sociedad en un tiempo record.
Un proyecto que, además de haber recibido numerosos reconocimientos nacionales e internacionales, ha sido calificado recientemente con la máxima puntuación en el informe de la Comisión Europea sobre la “Disponibilidad y Sofisticación de los servicios públicos en Internet”.
Vivienda
INFORME SOBRE LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE VIVIENDA
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Vivienda sobre las políticas de Vivienda y Suelo y el desarrollo del Concurso Internacional de Ideas para la Construcción de 5.688 viviendas protegidas de vanguardia, Proyecto Viva
A estas alturas de legislatura el Ministerio de Vivienda ha alcanzado ya un 53,5 por 100 del compromiso para toda la legislatura de 720.000 viviendas. Con el Plan de choque aprobado antes de llevar cien días en el Gobierno y los programas gestionados del Plan de Vivienda 2005-2008 se han financiado ya más de 385.000 viviendas, tanto de nueva construcción como usada, en venta y en alquiler, rehabilitación o nuevos desarrollos urbanísticos, lo que supone recuperar el nivel de financiación de principios de los años 90.
Además, en los últimos doce meses se han iniciado más de 85.000 viviendas protegidas frente a las 45.000 que, como media, se iniciaban en el periodo 2000-2002, lo que significa que el parque de vivienda protegida iniciada se sitúa por encima del 15 por 100 frente al 7 por 100 del periodo anterior.
En cuanto al alquiler, en estos dos últimos años, han sido más de 130.000 viviendas las que se han incorporado al parque de viviendas en alquiler. De estas, más de 50.000 viviendas han recibido algún tipo de ayudas públicas o han sido intermediadas por la Sociedad Pública de Alquiler.
385.174 ayudas
La ejecución del Plan de Vivienda se ha producido equilibrando vivienda nueva, usada, en compra y en alquiler. Así, hasta el momento se han financiado 147.420 nuevas viviendas protegidas y de 67.529 ayudas para la urbanización de nuevas viviendas. A ello hay que añadir, respecto de las viviendas usadas, 30.476 ayudas para la compra de vivienda, 116.609 ayudas para la rehabilitación y 23.140 ayudas a inquilinos y propietarios. En definitiva, 385.174 familias que han podido acceder a una vivienda.
La inversión de los Planes de Vivienda ha sido de 1.031 millones de euros para el programa 2005 y 1.145 para el programa 2006, es decir 2176 millones de euros. El Gobierno, como saben, ha destinado a las políticas de vivienda más de 8.000 millones de euros frente a los 3.400 del gobierno anterior.
Concurso de Ideas para la construcción de 5.688 viviendas protegidas (Proyecto Viva)
Es la primera vez que en España se convoca un concurso de esta magnitud: siete desarrollos arquitectónicos residenciales en seis Comunidades Autónomas compuestos por un total de 66 solares y dieciséis millones de euros en proyectos de ejecución para la construcción de 5.688 viviendas protegidas en suelo del Estado.
Las 5.688 viviendas del proyecto Viva serán construidas en las Comunidades Autónomas de Asturias, Castilla-La Mancha, Galicia, Madrid y Valenciana, la Ciudad Autónoma de Ceuta. El concurso afectará a 66 solares cuyos proyectos de edificación serán redactados por los ganadores.
Esta iniciativa tiene entre sus objetivos facilitar el acceso a una vivienda protegida a 5.688 familias, incentivar la innovación arquitectónica de la mano de los colectivos profesionales y aplicar las soluciones del nuevo Código Técnico de la Edificación aprobado recientemente por el Gobierno. Se pretende, en definitiva, que este concurso sea un espacio de reflexión sobre la adaptación de las tipologías de vivienda a las nuevas formas de vida y a las actuales estructuras familiares.
Los premios recaerán entre 35 finalistas de todo el mundo designados por el jurado del concurso, compuesto por representantes del Ministerio de Vivienda y catorce arquitectos de reconocido prestigio mundial. Sus deliberaciones han estado marcadas por el hecho de que las propuestas seleccionadas debían ser propuestas factibles y realizables, y atender el Código Técnico de la Edificación.
El próximo lunes se procederá, en la sede del Ministerio de Vivienda al fallo del concurso y se conocerá el nombre de los estudios de arquitectura ganadores que llevarán a cabo las actuaciones residenciales.
Las parcelas serán enajenadas por concurso con la obligación de ejecutar el proyecto redactado, lo que garantizará que las viviendas que ahí se construyan cumplan los requisitos apuntados de calidad, diseño y sostenibilidad. En varias de las parcelas las viviendas serán promovidas directamente por SEPES, Entidad Pública Empresarial de Suelo del Ministerio de Vivienda. Parte de las viviendas se dedicarán al alquiler.
Estas 5.688 viviendas protegidas suponen una inversión en suelo de 131,7 millones de euros, 57,4 millones en la urbanización de los terrenos y 16 millones de euros en honorarios facultativos para la redacción de los proyectos. En total, más de 200 millones de euros.
Defensa
GESTIÓN DEL SUELO PROPIEDAD DEL MINISTERIO DE DEFENSA
El Ministerio de Defensa liberará en los próximos meses 7,5 millones de metros cuadrados de terrenos militares para la construcción de más de 27.300 viviendas nuevas, de las que más de 17.300, las dos terceras partes, estarán sometidas a algún régimen de protección, circunstancia que permita limitar su precio de venta.
Estas cifras se alcanzarán una vez queden formalizadas las nuevas operaciones urbanísticas previstas en Santander, Paterna y Sevilla.
SANTANDER: Depósito de Sementales de La Remonta.
Superficie 286.000 m2.
Número de viviendas a desarrollar: 1.300 viviendas, todas protegidas.
Se firmará un convenio en el próximo mes.
PATERNA: Campo de tiro de las Muelas.
Superficie 673.000 m2.
Número de viviendas: 3.000 viviendas. El 50 por 100, al menos, serán protegidas.
Se firmará un primer protocolo de intenciones en noviembre.
SEVILLA: Diversos acuartelamientos.
Superficie 434.000 m2.
Número de viviendas: 1.049 viviendas, de las que 459 serán protegidas.
Se firmará el Convenio en los próximos meses.
A día de hoy, el Ministerio de Defensa ha liberado más de seis millones de metros cuadrados de terrenos para destinarlos a la construcción más de 22.000 viviendas, de las que más del 63 por 100 tienen algún tipo de protección oficial.
Viviendas de protección oficial en Villaverde
Además, el Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo del Ministerio de Economía y Hacienda para autorizar que más de la mitad (1.100) de las viviendas (2.000) que se construirán en los terrenos del antiguo Parque Central de Ingenieros de Villaverde (Madrid) sean de protección oficial, cuando en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid dichos terrenos están habilitados para construir vivienda libre.
Con esta decisión, el Ministerio de Defensa renuncia a obtener mayores beneficios para favorecer al acceso a la vivienda de los ciudadanos.
Balance de actuaciones
De las actuaciones realizadas hasta el momento el destino de los terrenos ha sido:
Suelo residencial para construcción de más 22.000 viviendas, mayoritariamente viviendas protegidas.
Equipamiento universitario y socio cultural: 36.067 m2.
Hospitales y equipamientos asistenciales y sanitarios: 90.961 m2.
Equipamientos públicos y sistemas e infraestructuras generales: 3.518.891 m2.
Equipamientos económicos, parques tecnológicos y suelo de uso terciario o industrial: 1.246.188 m2.
Protección medioambiental y suelo rústico: 1.028.200 m2.
Se trata de otra forma de gestionar los terrenos del Ministerio de Defensa, que compatibiliza la obtención de recursos necesarios para financiar los programas de modernización de las Fuerzas Armadas con la política de vivienda y, mediante el diálogo y la colaboración con todas las Administraciones, propicia y alcanza acuerdos con instituciones gobernadas por distintas fuerzas políticas. El Gobierno, de esta forma, cumple con su compromiso de poner a disposición suelo público para facilitar el acceso a la vivienda a los jóvenes y a las familias con mayores dificultades.
Trabajo y Asuntos Sociales
REGULADA LA RELACIÓN LABORAL DE CARÁCTER ESPECIAL ENTRE LOS ABOGADOS Y LOS DESPACHOS
Afecta a los que prestan servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del titular de un despacho individual o colectivo
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios en despachos individuales o colectivos.
Este Real Decreto tiene su origen en la disposición adicional primera de Ley de 18 de diciembre de 2005, que venía a resolver una cuestión muy controvertida, si la prestación de servicios por cuenta ajena de los abogados a los despachos tenía o no carácter laboral, reconocía el carácter especial de la relación laboral de los abogados con los despachos y habilitaba al Gobierno para que en el plazo de doce meses, que está próximo a concluir, la regulara mediante Real Decreto.
Una regulación equilibrada
El Real Decreto que ha aprobado el Gobierno recoge una regulación específica de los aspectos de la relación laboral de los abogados con los despachos que, en razón a las peculiaridades que concurren en la misma, resultan incompatibles o se concilian mal con la regulación que de ellos figura en el Estatuto de los Trabajadores.
Esta regulación específica, distinta y diferenciada de la relación laboral común, está justificada por exigencias derivadas de la normativa que rige la profesión de abogado; en concreto, básicamente por la libertad e independencia que las leyes reconocen a los abogados en el ejercicio de su profesión que implica, a su vez, un mayor grado de autonomía, independencia técnica y flexibilidad en la realización de su actividad laboral.
El objetivo del Real Decreto no es, por tanto, efectuar una nueva y completa regulación sino una adaptación de la regulación que de la relación laboral común recoge el Estatuto de los Trabajadores, con el criterio de apartarse de dicha relación sólo cuando ello fuera necesario.
Una regulación ampliamente consultada
Dada la complejidad de la materia que regula, el texto aprobado por el Gobierno ha sido ampliamente consultado: en primer lugar, como siempre que se trata de aprobar una norma laboral, con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas; pero en este caso también con el Consejo General de la Abogacía Española, lo que ha permitido conocer con bastante precisión la opinión de los representantes institucionales de la profesión.
En su elaboración se han recibido numerosas aportaciones que han servido para mejorar significativamente el texto y lograr un equilibrio tanto entre los intereses de las partes, como entre las nuevas realidades de las condiciones de la profesión con sus aspectos más tradicionales.
Ámbito de aplicación
Parte fundamental del texto es dejar muy claro cuál es el ámbito de aplicación de la relación laboral especial y, sobre todo, quienes no están incluidos, que son:
El abogado que ejerza como socio a través de sociedades profesionales constituidas de acuerdo con lo previsto en el ordenamiento jurídico.
Las relaciones que concierten los abogados con empresas o entidades, públicas o privadas, que no tengan el carácter de despachos de abogados.
Las actividades profesionales que realicen los abogados contratados por un despacho derivadas del turno de oficio.
Asimismo, salvo prueba en contrario, estarán excluidas del ámbito de aplicación de la relación laboral que se regula en este Real Decreto las siguientes relaciones:
Las que se establezcan entre abogados que se limiten a compartir locales, instalaciones u otros medios o servicios de cualquier naturaleza, siempre que se mantenga la independencia entre ellos, y no se atribuyan a la sociedad que eventualmente pudieran constituir los derechos y obligaciones inherentes a la relación establecida con los clientes.
Las que se establezcan entre los despachos y los abogados cuando la actividad profesional concertada a favor de los despachos se realice con criterios organizativos propios de los abogados y la contraprestación económica percibida por éstos por dicha actividad profesional esté vinculada enteramente a la obtención de un resultado o a los honorarios que se generen para el despacho por la misma. Se exceptúan de este supuesto las relaciones en las que se garantice a los abogados por la actividad profesional concertada, periódicamente, unos ingresos mínimos.
Las actividades profesionales que desarrollen los abogados contratados por un despacho, con autorización de éste, a favor de sus propios clientes cuando cobren los honorarios devengados por tales actividades profesionales directamente de los mismos.
No estarán incluidos en el ámbito de aplicación de la relación laboral que se regula en este Real Decreto los abogados que prestan servicios en un despacho con cuyo titular tengan una relación familiar y convivan con él, salvo que se demuestre la condición de asalariados de los mismos.
Regulaciones específicas
El Real Decreto, además del mencionado ámbito de aplicación, regula específicamente:
Las fuentes de regulación de la relación laboral, en particular precisar que el convenio colectivo que se aplique a esta relación laboral debe ser coincidente con el ámbito subjetivo de la misma.
El objeto y sujetos de la relación laboral especial; en cuanto al primero, exclusivamente la prestación de servicios, y, en cuanto a los segundos, se recogen las particularidades que afectan a cada uno de los sujetos de la relación laboral.
Los derechos y deberes básicos de los abogados
Las limitaciones que en esta relación laboral se establecen en relación con el poder de dirección de los empleadores.
Las modalidades, duración y forma del contrato, así como el periodo de prueba y los contratos en prácticas.
Las peculiaridades en relación con:
La organización del trabajo y el régimen de prestación de la actividad laboral, en especial lo relativo a los pactos de exclusividad, permanencia y régimen de no competencia postcontractual.
El tiempo de trabajo, descansos, vacaciones, fiestas y permisos.
Los derechos derivados del contrato de trabajo, en particular los relativos a la formación permanente, promoción profesional y económica, retribuciones y derechos colectivos.
Las vicisitudes de la relación laboral especial, en particular en la suspensión y extinción del contrato, y muy concretamente cuando se produce por parte del empleador, por “quiebra de confianza” entre el abogado y el titular del despacho o en relación con sus clientes.
El régimen disciplinario aplicable
Por último, el Real Decreto contempla disposiciones para solucionar situaciones creadas con anterioridad a su entrada en vigor o a las que pudieren darse en el futuro, entre otras.
Sanidad y Consumo
ESTABLECIDO EL PROCEDIMIENTO PARA FIJAR EL NUEVO SISTEMA DE PRECIOS DE REFERENCIA DE LOS MEDICAMENTOS
Se tramitará de inmediato la orden del nuevo sistema de precios de referencia, que entrará en vigor el 1 de marzo de 2007 y que supondrá un ahorro al Sistema Nacional de Salud estimado en 600 millones de euros anuales
Este nuevo sistema de precios, que será actualizado una vez al año, tendrá un carácter previsible, objetivo y estable, con un impacto gradual para la industria farmacéutica, y afectará a todos los fármacos en fase de madurez en el mercado
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que desarrolla reglamentariamente aquellos aspectos que, conforme a lo dispuesto en la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, deben preceder a la publicación de la orden de precios de referencia por parte del Departamento, con vistas a su entrada en vigor el 1 de marzo de 2007. El nuevo sistema de precios de referencia será previsible, objetivo y estable, tendrá un impacto gradual para la industria farmacéutica, afectará a todos los fármacos en fase de madurez en el mercado y se estima que supondrá un ahorro al Sistema Nacional de Salud de, aproximadamente, seiscientos millones de euros anuales.
El Real Decreto establece que la determinación de nuevos conjuntos y precios de referencia se realizará, como mínimo, una vez al año y la revisión de los precios de referencia correspondientes a conjuntos ya determinados podrá efectuarse una vez transcurrido un año desde la fecha en la que se produzca la efectividad de dichos precios.
En el Real Decreto aprobado hoy, que deroga otro de 1999, igualmente se dispone que la aplicación del nuevo sistema de precios de referencia no sólo afectará a los medicamentos dispensados a través de la Seguridad Social, sino también a los de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), a los del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y a los de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU).
Gradualidad en la adecuación de los precios
Además, se regula también el procedimiento para que los laboratorios puedan optar por la bajada total o gradual del 30 por 100 en años sucesivos para adecuar el importe de los medicamentos al precio marcado por el sistema de precios de referencia. En la actualidad, existen alrededor de ochocientas presentaciones que se podrían acoger a esta gradualidad.
Con esta medida, que desarrolla el Plan Estratégico de Política Farmacéutica y la Ley del Medicamento, se favorece la I+D que llevan a cabo las empresas farmacéuticas, que contarán así con hasta cinco años adicionales para amortizar sus gastos en I+D+i.
Innovaciones galénicas de interés terapéutico
El texto define, asimismo, un nuevo marco, que incluye los requisitos y un procedimiento objetivo y predecible, para la declaración de los medicamentos que pueden ser considerados como innovaciones galénicas de interés terapéutico significativo para determinados grupos de pacientes, y, por lo tanto, quedar excluidos temporalmente del sistema de precios de referencia en reconocimiento de esa innovación.
Para declarar un medicamento como innovación galénica de interés terapéutico deberán concurrir, al menos, alguno de los siguientes requisitos:
Que el medicamento se presente por primera vez bajo una vía de administración diferente a la autorizada y que esta nueva vía suponga una mejora significativa en la utilidad terapéutica del producto, basada en su eficacia, seguridad o utilidad en determinados colectivos.
Que, aún presentándose bajo una vía de administración ya autorizada, se demuestre que la novedad incorporada en el medicamento añade una mejora significativa en la utilidad terapéutica del producto, basada en su eficacia, seguridad o utilidad.
Esas ventajas terapéuticas, mejoras y facilidades a que se refieren los requisitos deberán ser objeto de evaluación y declaración por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Además, no podrán ser declarados como innovación galénica aquellos medicamentos de los que exista en el mercado formulación genérica con la misma composición cualitativa y cuantitativa en principio activo y la misma forma farmacéutica.
Además, según dispone la Ley del Medicamento, se limita a cinco años el plazo de exclusión de estas innovaciones galénicas del sistema de precios de referencia, poniendo fin a la anterior situación en la que la exclusión no tenía ningún tipo de limitación temporal.
Por último, y en cumplimiento de la disposición transitoria sexta de la Ley del Medicamento, el texto recoge el listado de aquellos medicamentos que ya gozan de la condición de innovación galénica en virtud de la resolución adoptada en 2003, así como el reconocimiento a aquellas presentaciones de medicamentos autorizadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley y que reúnen las mismas condiciones y requisitos que las previstas anteriormente.
Orden de precios de referencia
Tras la aprobación de este Real Decreto por parte del Consejo de Ministros, el Ministerio de Sanidad y Consumo va a iniciar en los próximos días el trámite de audiencia de la orden ministerial de precios de referencia. Según las previsiones iniciales del Ministerio, esta orden podría crear un total de 135 grupos o conjuntos de referencia, que afecta a unas 4.500 especialidades recogidas en alrededor de 120 principios activos.
Fomento
APROBADOS DOS CONTRATOS DEL PLAN DE ACONDICIONAMIENTO DE AUTOVÍAS DE PRIMERA GENERACIÓN
Se trata de los tramos Límite Provincial de Soria/Guadalajara-Calatayud y Calatayud-Alfajarín, que pertenecen al Corredor Nordeste A-2.
El Plan abarca un total de 2.096 km de autovías, de los cuales 202 kilómetros corresponden a los dos tramos autorizados hoy.
El coste total para estos dos contratos de la A-2 asciende a 1.547 millones de euros en un periodo de veinte años.
Se adjudican como concesión de "peaje en sombra" con coste cero para el usuario.
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a licitar las concesiones para llevar a cabo la adecuación, reforma y conservación de dos tramos del Corredor Nordeste, Autovía A-2, con un coste total de 1.547 millones de euros en el periodo de 20 años.
Los tramos, cuya longitud global es de 202 kilómetros, se sitúan entre el Límite Provincial de Soria/Guadalajara y Calatayud, y entre Calatayud y Alfajarín. Ambas actuaciones forman parte del Plan de Acondicionamiento de Autovías de Primera Generación presentado por la Ministra de Fomento, Magdalena Álvarez, el pasado 5 de mayo de 2006 ante el Consejo de Ministros.
Plan de Acondicionamiento
Las autovías de primera generación se construyeron a mediados de los 80 en el marco del primer Plan General de Carreteras. En su mayor parte, se llevaron a cabo por duplicación de los trazados ya existentes. El objetivo del actual Plan de Acondicionamiento es mejorar estas autovías para adecuarlas a las exigencias de calidad y seguridad de las autovías más modernas.
Características de la concesión
Las empresas adjudicatarias de las concesiones realizarán toda la actuación, la explotarán y la conservarán durante un periodo de concesión de veinte años. El Estado sufraga el coste de las actuaciones mediante el método concesional denominado "peaje en sombra", lo que permite la modernización de estas infraestructuras con coste cero para los usuarios.
Los contratos contemplan:
La realización de obras para la adecuación, reforma y modernización de la autovía, que se llevarán a cabo en los dos primeros años de la concesión.
La conservación y explotación de la infraestructura desde el momento inicial de la concesión.
Los kilómetros del Plan de Acondicionamiento
El Plan actúa sobre 2.096 kilómetros de autovías. Inicialmente, se acometerá sobre 1.522 km distribuidos de la siguiente forma:
Madrid-Burgos: 237 km.
Madrid-Zaragoza: 325 km.
Madrid-Alicante: 422 km.
Madrid-Sevilla: 538 km.
Las licitaciones de esta primera fase se llevarán a cabo entre 2006 y 2007 y las obras de acondicionamiento estarán finalizadas en 2009.
Características de los tramos de la A-2 autorizados hoy
Tramo Límite Provincial de Soria/Guadalajara y Calatayud:
Tiene una longitud de 94,8 kilómetros. El contrato de concesión para la adecuación de este tramo, comprende el tramo entre los puntos kilométricos (p.k.) 138,0 al 232,8 de la A-2. El coste total previsto en esta actuación es de 724.761.128 euros.
Tramo Calatayud-Alfajarín:
Este tramo de la Autovía A-2 se sitúa entre los puntos kilométricos (p.k.) 232,8 al 340 en la provincia de Zaragoza. Comprende una longitud de 107,2 kilómetros y el coste total previsto es de 822.276.099 euros.
Trabajo y Asuntos Sociales
CONVENIO PARA IMPULSAR LA ACCESIBILIDAD EN LAS ESTACIONES Y TRENES DE RENFE
Asuntos Sociales y ADIF destinarán 6 millones de euros en los próximos dos años para la eliminación de barreras que dificultan el acceso de las personas con discapacidad.
El Consejo de Ministros ha aprobado la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para desarrollar un programa de accesibilidad en estaciones y ferrocarriles de RENFE.
Con este acuerdo, cuya vigencia se extiende hasta 2008, se modificarán algunas instalaciones de RENFE para que sus servicios sean plenamente accesibles y puedan ser utilizados en condiciones de normalidad por las personas afectadas por algún tipo de discapacidad.
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través del Imserso, y ADIF destinarán en los próximos tres años un total de seis millones de euros (tres millones cada entidad) para proyectos de accesibilidad que supriman estas barreras arquitectónicas o virtuales que todavía existen en las instalaciones ferroviarias.
El convenio responde a una exigencia de diferentes colectivos y organizaciones de personas mayores y de personas con discapacidad.
Economía y Hacienda
58,7 MILLONES PARA LA CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA A OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ
El Consejo de Ministros ha autorizado un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, por importe de 58.727.376,24 euros, para atender las obligaciones derivadas del pago de la contribución española a las Operaciones de Mantenimiento de la Paz, así como las contribuciones derivadas de la participación española en Organismos Internacionales.
España, por ser miembro de las Naciones Unidas, está obligado a satisfacer el 2,52 por 100 de los gastos totales derivados de las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la citada organización, en función del baremo de reparto de contribuciones establecido por Resolución de la Asamblea General de 26 de enero de 2006, cuyo importe base es objeto de variaciones durante el periodo. Ello supone la necesidad de atender obligaciones por un total de 52.510.138,94 euros, que incluyen el importe de las cuotas pendientes de sufragar, así como las contribuciones cuyo abono podría solicitarse en este ejercicio.
Igualmente, España es país miembro en diversos Organismos Internacionales y, como tal, debe contribuir a sufragar los gastos derivados de su funcionamiento, cuyo importe asciende a 6.273.055,05 euros como consecuencia de las nuevas cuotas a las que debe hacer frente nuestro país por su adhesión a determinados Tratados Internacionales y la creación en octubre de 2005 de la Secretaría General Iberoamericana, entre otras.
Asuntos Exteriores y de Cooperación
CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA AL FONDO DE APOYO A LAS MUJERES EN ÁFRICA
El Consejo de Ministros ha aprobado el pago de la contribución española para el año 2006, por importe de diez millones de euros, a la creación del Fondo para el empoderamiento económico de las mujeres en África de la "Nueva Asociación para el Desarrollo de África" ("New Partnership for Africa's Development", NEPAD), con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo.
Esta Asociac
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