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Exhorta al Poder Judicial a citar a Congresistas siguiendo los procedimientos

Congreso da marcha atrás en denuncia contra jueza

Congreso da marcha atrás en denuncia contra jueza

viernes 30 de marzo de 2007, 00:27h

Lo que en la víspera se planteó como una denuncia contra sala del Poder Judicial que preside la vocal Inés Villa Bonilla, terminó como un simple pedido. Y es que hoy, el Pleno del Congreso, decidió no protestar por la citación judicial al vicepresidente y congresista Luis Giampietri, y más bien hacer una moderada exhortación a ese poder del Estado para que cuando tenga que citar a altos funcionarios, lo haga de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 93º de la Constitución y 148 del Código de Procedimientos Penales.

Así lo señala la moción de orden del día presentada por el congresista Javier Valle Riestra, la misma que fuera aprobada por 55 votos a favor, 35 en contra y 5 abstenciones, luego de tres horas de intenso debate.

 

La moción surge luego de que el congresista Luis Giampietri fuera citado de grado o fuerza por la Primera Sala Penal Especial Anticorrupción de la Corte Superior, como testigo en el caso que se le sigue al grupo paramilitar Colina, pese a que el vicepresidente no forma parte de este proceso.

 

Valle Riestra sustento la moción en el artículo 93° de la Carta Magna, que establece que los legisladores no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente.

 

La moción tuvo que ser reformulada, pues en la víspera, proponía que el Legislativo expresara su más enérgica protesta contra la sale que preside Inés Villa Bonilla, por la citación a Giampietri, pero también autorizar al procurador del Congreso a denunciar a los magistrados por delito de prevaricato.

 

Sin embargo, ambos aspectos fueron dejados de lado. El propio Valle Riestra admitió que no correspondía al Congreso denunciar a los vocales. Mientras que en el pedido de protesta, se optó por exhortar al Poder Judicial para que las citaciones a los parlamentarios y altos funcionarios del Estado se ciñan a lo dispuesto por la Carta Magna y el Código de Procedimientos Penales.

 

De igual manera se eliminaron los artículos de la citada moción por los cuales se establecía la necesidad de remitir los antecedentes de este caso a la Oficina de control de la Magistratura; y una solicitud respecto a la modificación del artículo 16° del Reglamento del Congreso que se refiere a la inmunidad.

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