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Capítulo 2: La manifestación de militares de diciembre se va caldeando

Los suboficiales, molestos por la 'permanente marginación' de sus carreras profesionales

Los suboficiales, molestos por la "permanente marginación" de sus carreras profesionales

jueves 29 de octubre de 2009, 17:21h
La concentración militar prevista para el próximo mes de diciembre en Madrid elevan las quejas de los militares sobre la aplicación de la reciente Ley de la Carrera Militar haciendo hincapié en la 'marginación profesional de los suboficiales' y en las 'evaluaciones para el ascenso'. Desde el punto de vista jurídico, la concentración es legal, previa autorización gubernativa a efectos de seguridad, ya que los militares tienen derecho a constituir asociaciones profesionales. La ley prohíbe la formación de organizaciones sindicales, pero no de asociaciones, aunque, es evidente, que su diferencia puede llegar a ser sútil, lo que encarece todavía más la necesidad de de una regulación de este ámbito de relaciones.
Se espera que, en un breve periodo de tiempo, el Gobierno presente la Ley de Derechos y Deberes del personal militar, en la que está trabajando el ministerio de Defensa y en la que parece que se establecerá un cauce para la actuación de las asociaciones. El modelo regulado para la Guardia Civil se apunta como marco de referencia también para los militares.


La marginación profesional de los suboficiales

Entienden las fuentes militares consultadas que la nueva Ley ha vuelto a defraudar las aspiraciones profesionales del colectivo de suboficiales, ya muy perjudicadas por las anteriores normativas reguladoras, impulsadas tanto por la izquierda (PSOE) como por la derecha (PP). Pero, hagamos un poco de historia.

    La ley de 1989 suprimió las llamadas Escalas Especiales de Oficiales, que abarcaban los empleos de teniente a comandante, a las que accedían por antigüedad los suboficiales, alcanzando la inmensa mayoría el empleo de capitán. La creación de la figura del suboficial mayor, un empleo con una limitada plantilla, se planteó como compensación por este cambio drástico de carrera profesional. Una vez más, la modificación legal, que conculcaba la trayectoria profesional con la que habían ingresado en los ejércitos, se realizó sin ninguna adaptación transitoria, por lo que unos militares se quedaron de suboficial (brigadas y subtenientes) y otros, incluso de sus mismas promociones, se retiraron de oficiales (capitanes y comandantes).

    La ley de 1999 confirmó esencialmente este marco normativo, sin ninguna comprensión moral o material sobre los perjuicios sufridos por este personal. Transcurridos los años, con el desinterés manifiesto de todos los ministros de Defensa, el proyecto que ha conducido a la vigente ley de 2007 había generado grandes expectativas de que, por fin, se iba a producir una regulación en profundidad de la carrera de estos profesionales. No olvidemos que se trata de la mayoría de los cuadros de mando intermedios y que su nivel de formación técnica no es inferior a las antiguas diplomaturas universitarias, aunque nunca ha sido reconocido.

    Sin embargo, la nueva ley es ya vieja para los suboficiales, ya que su situación permanece igual, con unos empleos y unas funciones desdibujadas. La mayoría de estos profesionales, en un porcentaje elevado con estudios universitarios y gran experiencia práctica, sienten que se ha desperdiciado una oportunidad para realizar una nueva regulación de su carrera profesional, con empleos, funciones, retribuciones y sistemas de promoción a la altura de nuestro tiempo y, por tanto, alejados del paternalismo con el que han sido tradicionalmente tratados y que la nueva ley perpetúa e incrementa. El Estado vela por los intereses de los militares, pero no de la misma forma para todos. El hecho de que, hasta ahora, no se haya podido hacer valer la elevada formación de los suboficiales, y la conveniencia de incentivar su carrera como medio para mejorar nuestras fuerzas armadas, tiene mucho que ver con que han estado totalmente ausentes en el proceso de reforma legislativa, siendo los asesores militares del Gobierno exclusivamente oficiales de la escala superior.


Las evaluaciones para el ascenso




El pasado verano se ha producido la primera aplicación de los nuevos sistemas de ascenso. Los militares cuestionan que este cambio trascendental, que para algunos puede cercenar su carrera profesional al no conseguir el ascenso al empleo superior, se haya realizado sin establecer un periodo transitorio para que todos los afectados pudieran adaptar su actuación profesional a los nuevos criterios de ascenso y conviviendo entre tanto los sistemas de selección con el ascenso por antigüedad. Además, ese tiempo de espera se podría haber destinado a desarrollar unos sistemas fiables de evaluación. Al no hacerlo así, y a partir de una fecha totalmente arbitraria, las expectativas profesionales de algunos militares decaen aún habiendo sido declarados aptos para el ascenso y haber realizado su carrera militar dentro del mismo marco normativo de sus compañeros que, por suerte para ellos, han ascendido antes por antigüedad.

    Los militares entienden, especialmente los suboficiales veteranos para quienes estos nuevos sistemas de ascenso truncan definitivamente sus ya precarias carreras profesionales, que no han existido especiales razones de interés general para aplicar la nueva normativa de ascensos inmediatamente a todo el personal militar con independencia de su antigüedad, pudiendo haberse quebrado la seguridad jurídica al verse sorprendidos por una normativa de aplicación retroactiva a su carrera militar. Los tribunales tendrán que pronunciarse al respecto.

    El modo concreto en que se han articulado los procesos de selección y clasificación –más que del nuevo sistema de ascenso se discrepa de la forma en que se está haciendo– para el ascenso están siendo también muy cuestionados por los militares. El desarrollo reglamentario de la ley sobre esta materia ha dispuesto una serie de criterios de valoración que, en realidad, se reducen a atribuir una importancia decisiva a los llamados IPECs (Informes Personales de Calificación) que emiten los superiores sobre sus subordinados. Estos informes, regulados por normativa anterior a la nueva ley y que no estaban elaborados para el delicado fin que se les ha atribuido ahora, reflejan una opinión totalmente subjetiva del calificador que, de hecho, no está obligado a justificar objetivamente sus calificaciones, prestándose a todo tipo de suspicacias y corruptelas.

    La situación es explosiva para los afectados de este ciclo de ascensos ya que el orden de ascenso de los evaluados, incluidos los que quedan sin posibilidad de ascenso, lo determinan estos informes en perjuicio de otras calificaciones y cualificaciones objetivas acreditadas, en las que no interviene el arbitrio personal –tal vez condicionado por la amistad o enemistad entre calificador y calificado–, como puede ser la trayectoria de destinos, el nivel de conocimiento de idiomas extranjeros o los títulos del sistema educativo general. Desde luego, es dudoso que de esta forma se pueda apreciar el mérito y la capacidad de los evaluados. Los suboficiales se quejan de que este sistema los hace más sumisos -que no leales- a sus jefes, quienes tienen en sus manos su futuro profesional. “El que se mueva no sale en la foto”.

Algunos ejemplos concretos muestran el despropósito al que puede estar conduciendo esta precipitada y defectuosa aplicación de los nuevos ascensos. Un suboficial en posesión de una licenciatura universitaria, acreditación del conocimiento de idiomas extranjeros, desempeño de varios destinos y participación en varias misiones internacionales, obtiene mucho peor puesto en la evaluación que otro suboficial que lleva destinado 25 años en el mismo destino y no tiene acreditado ninguno de los méritos citados. No los necesita, ya que lo que este caso demuestra es que el sistema tiende a premiar la permanencia en el mismo destino como vía más eficaz para obtener las máximas calificaciones. El ministerio de Defensa haría bien en realizar una auditoría de estas primeras evaluaciones para el ascenso, cuyos resultados pugnan con el sentido común de lo que debe ser un sistema de evaluación de la competencia profesional.

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