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Aprobó el Senado de la República, quien remitió a San Lázaro

Con rango constitucional, los derechos humanos

Con rango constitucional, los derechos humanos

viernes 09 de abril de 2010, 01:09h
Con rango constitucional, los derechos humanosEl Senado de la República aprobó con 96 votos a favor reformas a la Carta Magna que permiten elevar a rango constitucional la defensa, protección y promoción de los derechos humanos.

El dictamen avalado modifica el nombre del Capítulo Primero de la Constitución Política, que a partir de ahora se denominará "Los derechos humanos y sus garantías".

El cual plantea que en caso de persecución política, toda persona tiene el derecho de solicitar y recibir asilo.

Los cambios aprobados, remitidos a la Cámara de Diputados, forman parte de la Reforma Política que actualmente discute el Senado y representa el trabajo de los diferentes integrantes de los partidos políticos en ese órgano legislativo.

A favor del dictamen se pronunciaron los presidentes de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado, Pedro Joaquín Coldwell y el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Alejandro Zapata.

También intervinieron para destacar la importancia de las reformas, que modifican 10 artículos constitucionales y protege 20 garantías individuales, siete senadores de las diferentes bancadas legislativas.

Así, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) tiene ahora la facultad de investigar la violación de derechos humanos y laborales, para lo cual deberá contar con toda la colaboración e información por parte del Estado.

Según el dictamen aprobado este día, la CNDH podrá investigar presuntas violaciones a los derechos humanos por parte de gobernadores, alcaldes, legisladores o funcionarios del Ejecutivo federal, facultad que hasta hoy tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Con ello, la CNDH y los organismos estatales de derechos humanos podrán presentar las denuncias penales o civiles que considere procedentes en contra de dichos funcionarios y representantes populares.

Además, los funcionarios públicos estarán obligados a responder a las recomendaciones y en caso de no hacerlo, el Senado o la Comisión Permanente y los congresos locales los citarán a comparecer para explicar el motivo de su negativa.

Otras de las facultades que tendrá la Comisión Nacional de Derechos Humanos será emitir recomendaciones en materia laboral, además de otorgar autonomía a los organismos públicos estatales.

Las reformas aprobadas establecen expresamente que la CNDH puede ejercitar acciones de inconstitucionalidad contra leyes federales, estatales y del Distrito Federal que vulneren los derechos humanos.

De igual manera, se precisa que se debe fundar y motivar la suspensión de garantías y el Estado de Excepción con base en la proporcionalidad, la legalidad, la proclamación, la publicidad y la no discriminación.

También que la suspensión de garantías no podrá suspender derechos humanos como el reconocimiento de la personalidad jurídica a la vida, a la integridad de la persona, al nombre, a la protección de la familia y la prohibición de la pena de muerte.

La suspensión de garantías y el estado de excepción solo podrán declarase por motivos reales con base en la proporcionalidad, la legalidad, la proclamación, la publicidad y la no discriminación.

La suspensión de garantías deberá ser aprobada por las dos Cámaras del Congreso, no por la Comisión Permanente, y la Corte revisará la constitucionalidad del Estado de Excepción y se pronunciará de inmediato al respecto.

De igual manera, el pleno rechazó la propuesta del senador del PRD, Tomás Torres de realizar cambios de forma a la redacción de los artículos 33 y 102 constitucionales.



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