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Aunque no entraría a la cárcel quedaría inhabilitado para la actividad pública

Tuto Quiroga es sentenciado a dos años y ocho meses de reclusión

Tuto Quiroga es sentenciado a dos años y ocho meses de reclusión

lunes 06 de septiembre de 2010, 03:33h
Jorge Tuto Quiroga Ramírez, ex presidente de la República, fue sentenciado por el juez René Delgado Ecos a dos años y ocho meses de reclusión, al haber sido hallado culpable de los delitos de calumnias, injurias y difamación contra el Banco Unión, cuyo paquete accionario mayoritario pertenece al Estado.
El 6 de febrero del año pasado, a los diez días del atraco que cobró la vida del empresario Jorge O’Connor D’Arlach, Quiroga declaró públicamente que “el Banco Unión debe ser intervenido, con un directorio independiente porque se ha convertido en la lavandería de recursos chavistas, de corrupción y de dinero mal habido para uso de este Gobierno”.

Ese crimen puso en evidencia una presunta red de corrupción en Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), con motivo de la construcción de una planta separadora de líquidos, cuando la estatal era manejada por uno de los hombres fuertes del Ejecutivo y del Movimiento Al Socialismo (MAS), Santos Ramírez.

Este miércoles, las partes asistirán a la lectura de sentencia en el Juzgado Tercero de Sentencia, a partir de cuando Ramírez dispondrá de 15 días hábiles para presentar apelación ante la Corte Superior de La Paz y, posteriormente, ser objeto de un recurso de casación ante la Corte Suprema, antes de que el fallo entre en vigencia.

Ante el eventual recurso, el abogado del Banco Unión, René Arzabe, indicó que ratificará sus argumentos e intentará que Quiroga sea encarcelado. Pero el Código de Procedimiento Penal establece la figura de la suspensión condicional de la pena cuando la sentencia es menor a tres años y el acusado no fue condenado anteriormente (leer apoyos). Arzabe explicó que Quiroga fue declarado rebelde en el proceso, lo que le privaría del beneficio.

Pero hay otro posible tangencial para el opositor: si el fallo judicial se confirma, según los artículos 28 y 234 de la Constitución Política, no podrá volver a ser candidato a cargo electivo alguno en el futuro.

Arzabe dijo que ya no corresponde que Tuto presente una disculpa pública porque en la audiencia de conciliación sus abogados aseguraron que su representado no se retractaría de sus afirmaciones y no atendió el juicio respectivo.

En este juicio, Quiroga fue asesorado por los abogados Luis Vásquez e Iván Alemán, quien declaró ayer a la red PAT que su cliente formuló esas declaraciones “en defensa del Estado y en defensa de los ciudadanos de este país. En esa declaración, de ninguna manera injurió ni calumnió al Banco de la Unión, sólo hizo referencia a la participación de esta institución estatal”.

Allegados al ex Mandatario dijeron que éste no se pronunciaría sobre la sentencia, ya que se encuentra en Estados Unidos. Además, su abogado espera una autorización para emitir declaraciones.

La legislación vigente

Constitución - Artículo 28

“El ejercicio de los derechos políticos se suspende (…) previa sentencia ejecutoriada mientras la pena no haya sido cumplida” en caso de tomar armas en servicio del enemigo, traición y corrupción.

Constitución - Artículo 234

Para acceder a la función pública se requiere “no tener pliego de cargo ejecutoriado ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento”.

Código de Procedimiento Penal - Artículo 24

Si se ratifica la sentencia, el ex Presidente puede acogerse a la suspensión condicional de la pena (Art. 268 del Código de Procedimiento Pena), por no tener más de tres años de reclusión y no contar con otra condena. Entonces, el juez puede disponer durante el tiempo de la condena que Jorge Quiroga no cambie de domicilio sin autorización judicial; prohibirle frecuentar ciertos lugares o personas, drogarse o beber; someterle a vigilancia especial; preste trabajo comunitario; prohibirle portar armas o conducir vehículos, entre otras.

En el banquillo

Víctor Hugo Cárdenas

Vicepresidente de la República en el período 1993-1997. Fue involucrado en el requerimiento acusatorio de juicio de responsabilidad contra el ex presidente Gonzalo Sánchez de Lozada por la supuesta firma irregular de contratos con la desaparecida petrolera norteamericana Enron en 1994. Los supuestos delitos son contratos lesivos al Estado, conducta antieconómica y resoluciones contrarias a la Constitución. La denuncia correspondiente fue interpuesta en el primer Gobierno de Evo Morales.

Jorge Quiroga Ramírez

Presidente de la República entre agosto de 2001 y agosto de 2002. Primero ocupó el cargo en forma interina. Es acusado de haber suscrito cuatro contratos petroleros de riesgo compartido en 2001, convenio que abarcaba 40 años en la exploración, explotación y comercialización en los campos del bloque El Ingre, Vuelta Grande Norte, Río Hondo y Bloque Aquio a cargo de las empresas Petrobras, Chaco y Total. El proceso en contra del sucesor del ya fallecido dictador Hugo Banzer fue impulsado por el MAS.

Carlos Diego Mesa Gisbert

Presidente de la República entre el 17 de octubre de 2003 y el 9 de junio de 2005. Fue acusado de la firma de contratos lesivos al Estado. Se lo incluyó en el requerimiento conclusivo del caso de los llamados “petrocontratos”. También suscribió el contrato para la explotación del Campo Montecristo, entre YPFB y la empresa petrolera Chaco, el 9 de febrero de 2004. El proceso en su contra inició ante la denuncia presentada por Evo Morales, Roberto de la Cruz y otros.

Eduardo Rodríguez Veltzé

Presidente de la República entre el 9 de junio de 2005 y el 22 de enero de 2006. Fue acusado por el entonces diputado Evo Morales de traición a la patria, sabotaje, revelación de secretos y resoluciones contrarias a la Constitución Política por haber autorizado la desactivación y la entrega de 41 misiles de origen chino al Gobierno de Estados Unidos. Los delitos por los que se acusa al ex Presidente tienen una sanción de 30 años de presidio sin derecho a indulto.
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