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La juez no admite a trámite la querella interpuesta por Fecapa a JSA por una campaña contra el sida

La juez no admite a trámite la querella interpuesta por Fecapa a JSA por una campaña contra el sida

domingo 16 de enero de 2011, 15:47h

La denuncia presentada por el Centro de Estudios Jurídicos Tomas Moro el pasado 20 de diciembre contra Juventudes Socialistas (JSA) por la campaña que esta organización difundió a través de 'Youtube' con los lemas 'Bendito condón que quitas el sida del mundo' y 'Que no te den una hostia, ponte condón', ha sido desestimada por el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla.

   Según consta en el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la jueza que lleva el caso, Mercedes Alaya Rodríguez, entiende que "al tratarse de una campaña de prevención para salvaguardar la salud y la vida de las personas, el contenido de las mismas y la publicidad que se hace de ellas, en razón a la eficacia que se pretende, tiende a ser agresiva e impactante".

   Por otro lado, Alaya ha "discrepado abiertamente" con la interpretación de los querellantes cuando consideran que el vídeo es "una burla hacia los dogmas de la religión cristiana" dado que, apoyándose en las definiciones de la Real Academia de la Lengua de "escarnio" y "escarnir", manifiesta que "acertadamente o no, lo que se ha pretendido poner de manifiesto --en la campaña de JSA--, a modo de crítica, es la constante oposición de la Iglesia Católica al uso del preservativo aunque fuera para evitar una pandemia, tan brutal como es el Sida".

   En este punto, explica Alaya en el fallo judicial que se alinea "con el amplio grupo de personas que piensan que el preservativo es indispensable en la lucha contra el Sida, lo cual está avalado por la comunidad científica, por la ONU y la Organización Mundial de la Salud".

   Al hilo de ello, el vídeo, en el libre ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a la crítica, "no hace burla de uno de los dogmas de la Iglesia Católica, sino lo que trata es que el espectador aprecie que si importante es para un cristiano practicante recibir el cuerpo de cristo a través de la hostia consagrada, igual de relevante es para la lucha contra el VIH el uso de preservativo".

   Por todo ello, "con independencia del acierto o no de las imágenes que exhibe el vídeo", la juez afirma en el auto recogido por Europa Press que "no existe burla contra la religión o la Iglesia Católica, menos aún estima que exista el elemento subjetivo del injusto del tipo penal, esto es, que el vídeo se haya realizado con la intención de ofender los sentimientos religiosos de la referida confesión católica: la intención es claramente la lucha contra el Sida y tratar de sensibilizar a la población católica".

   "Seguramente podía haberse realizado con más sutileza y no utilizando el símil de la Eucaristía, podríamos estar de acuerdo, pero lo que es evidente al menos para esta titular es que ello no constituye una infracción penalmente relevante, y que por razón de sentido común, y del principio de intervención mínima del Derecho Pena debe inadmitirse a trámite la querella, decretado el sobreseimiento provisional al amparo del artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal", concluye el auto.

 

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