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Por retardación

Puede extinguirse la acción legal contra Sánchez de Lozada

Puede extinguirse la acción legal contra Sánchez de Lozada

jueves 21 de junio de 2007, 01:48h

El juicio de responsabilidades contra el ex presidente Gonzalo Sánchez de Lozada, acusado de genocidio en la denominada "guerra del gas" de octubre de 2003 está en peligro de extinción por retardación de justicia, errores jurídicos y las maniobras de la defensa, según varias organizaciones.

Con este fin, la Comunidad de Derechos Humanos, el Defensor del Pueblo y la Asociación de Familiares Caídos en la Defensa del Gas (Asofac-DG), presentaron un informe sobre los avances y riesgos del juicio de responsabilidades al ex presidente Gonzalo Sánchez de Lozada y su colaboradores por la masacre de septiembre y octubre de 2003.

De acuerdo a los antecedentes, entre el 20 de septiembre y el 19 de octubre del 2003, el Gobierno del entonces presidente Gonzalo Sánchez de Lozada respondió a la protesta social que reclamaba que el gas natural no se venda en las condiciones desfavorables para el país como se pretendía hacerlo y menos por puertos chilenos, disponiendo la represión militar con uso de la fuerza letal.

El saldo se contabilizaban 67 personas muertas, más de 40 heridos y una serie de actos denunciados por vulnerar derechos y garantías constitucionales.

Para el abogado de las víctimas, Rogelio Maita, en todo este tiempo ocurrieron muchas cosas sin que ninguno de los imputados como responsables haya sido declarado culpable o absuelto, de alguna manera la impunidad y la justicia siguen tiñendo la cotidiana realidad.

Dijo que el proceso, pese a los avances hay muchos riesgos y principalmente el transcurso del tiempo, sea porque se pretenda prolongar la investigación indefinidamente, porque los acusados logren que se declare alguna nulidad que afecte al proceso o porque si transcurren más de tres años sin sentencia, los imputados soliciten la extinción de la acción penal.

La nulidad del proceso fue en todo momento un riesgo presente, no tanto porque exista algún vicio que determine que el proceso se retrotraiga hasta la presentación de las denuncias, como reclamo la defensa, sino porque se de una acción arbitraria o ilegal.

Según el estado del proceso, en este momento la actuación más importante que se debe cumplir es la acusación o sobreseimiento, según el Fiscal General de la República evalúe que existe la suficiente prueba para ir a juicio oral o no.

Si existe acusación el proceso en relación a Gonzalo Sánchez de Lozada, Carlos Sánchez Berzaín, y Jorge Berindoague, quedaría suspendido hasta que se tramite su extradición y en relación a los demás acusados proseguiría sin más demora hasta la sentencia.

Para el efecto, el Fiscal General de la República debe concluir el proceso de investigación (etapa preparatoria del juicio) y presentar la acusación contra los responsables de la masacre y sostenerla en el juicio oral.

El Poder Ejecutivo debe cumplir la orden de la Corte Suprema de Justicia para tramitar a través de la embajada de Bolivia en Estados Unidos la extradición de Gonzalo Sánchez de Lozada, Carlos Sánchez Berzaín y Jorge Berindoague.

Durante la etapa preparatoria para el juicio de responsabilidades, se logro reunir estas pruebas a diciembre del 2006: 135 declaraciones informativas de víctimas de lesiones. 43 declaraciones informativas de uniformados de alta jerarquía de la Policía Nacional.

Más de 160 declaraciones informativas de testigos, entre ellos integrantes de instituciones de derechos humanos, Defensor del Pueblo, la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos y organizaciones religiosas.

19 declaraciones informativas de ex ministros y viceministros, 12 declaraciones de militares de las Fuerzas Armadas, declaraciones de dirigentes políticos como Jaime Paz Zamora, Manfred Reyes Villa.

Se tomaron declaraciones informativas a dirigentes de los movimientos sociales como el actual presidente, Evo Morales, Vilma Plata, Felipe Quispe y Jaime Solares.

Se concluyeron las carpetas de 179 personas víctimas de lesiones que contienen: certificado médico; certificado médico forense, declaración informativa; historia clínico; planimetría; reconocimiento médico y fotografías.

También se concluyeron las carpetas de 67 personas asesinadas con el siguiente documento; certificado de defunción, planimetría, placas fotográficas, protocolo de autopsia y declaración de testigos.

Se concluyeron los informes entre ellos balísticas y químicas. Se elaboró una evaluación pericial psicológico de Gonzalo Sánchez de Lozada. Se obtuvieron más de 200 horas de imágenes y audio de los hechos de septiembre y octubre de los medios de comunicación.

Se obtuvieron registro de llamadas telefónicas de esos días, de diversas lineas de ex autoridades. Consiguieron decenas de informes, certificaciones y documentos de diversas instituciones públicas y privadas. En el informe, destacan que se levantó el secreto militar y se obtuvieron diversos informes y documentos militares, sujetos aun a restricción en su difusión.

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