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Por consenso

MUD aprobó reglamento para las primarias

MUD aprobó reglamento para las primarias

jueves 05 de mayo de 2011, 00:15h

La Mesa de Unidad, en su reunión de este miércoles, aprobó por consenso el reglamento de selección de candidatos que regulará las elecciones primarias del 12 de febrero de 2012. En las normas se destaca que la inscripción de candidatos presidenciales comenzará 90 días antes de la fecha fijada para la celebración de los comicios. Además, los aspirantes deberán comprometerse a desarrollar un programa que beneficie a todos los sectores del  país.

Señalaron que el reglamento garantiza la participación, la equidad y la transparencia en el proceso de  las elecciones primarias. El reglamento normará la selección de los candidatos de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) para los cargos de Presidente de la República, Gobernadores de Estado, y Alcaldes Municipales en las elecciones de 2012. Se destaca que los candidatos unitarios a todos los cargos de elección se comprometerán a acatar, respetar y hacer cumplir el Acuerdo de Propuestas Programáticas, el pacto de gobernabilidad y los demás acuerdos que la MUD considere necesario convenir. La selección de los candidatos se realizará mediante acuerdos unitarios o elecciones primarias en los términos establecidos en este Reglamento. Para optar a cualquier candidatura para los cargos en disputa, se requiere cumplir con los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como en las leyes correspondientes y los indicados en este Reglamento. Las elecciones primarias se realizarán el 12 de febrero de 2012, sin perjuicio de lo señalado en el punto 44. En el reglamento se destaca que la inscripción de candidatos presidenciales comenzará 90 días antes de la fecha fijada para la celebración de la elección primaria. La duración de la campaña electoral será 60 días. Sólo en los últimos 30 días se permitirá el uso de propaganda y publicidad en radio y televisión, de acuerdo con lo que establezca la CEP.
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