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Derechos humanos y crisis económica

Derechos humanos y crisis económica

domingo 11 de diciembre de 2011, 10:38h
Hace 63 años que Naciones Unidas promulgó la Declaración Universal de los Derechos Humanos y todavía es necesario recordarla como un patrimonio moral de toda la humanidad. De hecho, cuando en este siglo XXI se va agravando la crisis de valores basada en las religiones históricas, es la Declaración Universal uno de los pocos consensos éticos que nos quedan en la comunidad internacional. Y las alternativas prácticas que surgen, el relativismo moral o el fundamentalismo religioso, no son precisamente salidas recomendables.

Por eso estoy convencido de que la defensa de la Declaración Universal sigue siendo indispensable, entre otras razones, porque hoy hay que defenderla de dos tendencias hostiles y no sólo de la más tradicional (la violación de los derechos fundamentales). En efecto, hoy hay que defenderla tanto de quienes tienen una visión restrictiva de los derechos fundamentales, como de quienes plantean un enfoque de derechos humanos que supone una inflación de los mismos, que conduce en el fondo a una implosión de la Declaración Universal.

Afortunadamente, respecto del primer factor, varias organizaciones internacionales hacen un seguimiento de los países donde se violan los derechos humanos fundamentales y la comunidad internacional se siente más inclinada a proteger de su violación masiva al interior de los países. Es decir, la presión por defender los derechos fundamentales está hoy más clara que décadas atrás.

Sin embargo, no sucede lo mismo con el factor opuesto que también lamina la Declaración Universal: la inflación de infinitos derechos humanos supuestamente del mismo rango que los derechos fundamentales. Esa expansión incontrolada procede fundamentalmente de dos fuentes: la que se refiere a las generaciones de derechos que refieren directamente al desarrollo económico y la que guarda relación con la visión descompensada de los derechos de minoría.

Respecto de la jerarquía de los derechos fundamentales sobre los derechos económicos, este 63 aniversario de la Declaración Universal, en medio de una crisis económica profunda, debería abrirnos los ojos de una vez. Sobre todo para abandonar las actitudes hipócritas y biempensantes. Las propias instituciones financieras de Naciones Unidas (FMI en primer lugar) hoy están aceptando que la crisis económica obliga a recortes presupuestarios que, afectarán de forma directa el Estado de Bienestar en Europa. ¿Significa eso un recorte de derechos socioeconómicos y, si es así, quiere ello decir que Naciones Unidas es favorable a dichos recortes?

Creo que la crisis económica y el equilibrio presupuestario nos están recordando que los derechos que dependen del desarrollo económico no tienen el mismo fundamento que los derechos fundamentales de la Declaración Universal (que incluyen los derechos laborales por supuesto). Estos últimos tienen una exigibilidad automática porque son condiciones sine qua non, mientras los derechos económicos tienen una exigibilidad progresiva, es decir, son exigibles en relación con las condiciones y el funcionamiento de las condiciones económicas. Esto no significa que no haya que exigir el derecho a la atención de las personas dependientes, por ejemplo, pero su aplicación dependerá del estado de las finanzas públicas, precisamente como sucede en la actual situación. Y adoptar una posición fundamentalista en términos de exigibilidad, lejos que mejorar el estado de cosas lo empeora, induciendo a la postre una inestabilidad política que puede conducir a conflictos que acaben lesionando los derechos fundamentales. De eso sabemos algo en la historia de este país.

El otro camino que tampoco creo procedente es el que guarda relación con la idea de que podemos hacer de cualquier reivindicación de un determinado colectivo el establecimiento de un nuevo derecho humano. Este dilema aparece con frecuencia en las problemáticas referidas a la identidad cultural. Una percepción rígida del derecho identitario puede condenar, como suele suceder, a las mujeres de ese colectivo a sufrir graves lesiones en cuanto a sus derechos fundamentales. El establecimiento de nuevos derechos debe ser un proceso consensuado por las naciones y la comunidad internacional. Sin ese consenso extendido, la ampliación de derechos se convierte simplemente en una imposición. Y cuando suponen derechos de minorías, la solución no puede producirse sin preguntarse por (o incluso subordinando) los derechos de las mayorías. En estos casos, la ampliación de derechos sólo puede ser producto de la armonización de derechos y no de una proyección unilateral.

En realidad, la inflación de derechos conduce a una desvalorización relativa de los derechos fundamentales, que siguen siendo los que hay que defender de forma irrestricta.  En este 63 aniversario de la Declaración Universal es necesario aclarar que un enfoque fundamentalista de derechos humanos no contribuye a una defensa sólida de la Declaración y menos aun a resolver la crisis económica, que será lo que nos permita de nuevo avanzar en la aplicación progresiva de los derechos socioeconómicos.
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