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Las rebajas ya están aquí: consulte el calendario de su comunidad autónoma

Las rebajas ya están aquí: consulte el calendario de su comunidad autónoma

viernes 30 de diciembre de 2011, 14:11h
Las rebajas de 2012 ya están a la vuelta de la esquina y con la crisis que no acaba de escampar, están siendo más esperadas que nunca... Dentro de cada temporada de rebajas (invierno-verano), el período de rebajas no podrá durar menos de una semana ni más de dos meses, de acuerdo con la decisión de cada comerciante y dentro de las fechas concretas fijadas por cada comunidad autónoma. Por ejemplo, en el caso de la Comunidad de Madrid, las tiendas escogerán su propio periodo de rebajas entre el 1 de enero y el 31 de marzo (ambos inclusive), pero eso sí, exhibiendo de forma bien visible al público el período escogido (incluso cuando el establecimiento permanezca cerrado), manteniendo los derechos de los consumidores y la calidad de los productos. A continuación puede consultar el calendario escogido en su comunidad autónoma:

CALENDARIO DE TEMPORADA DE REBAJAS PARA 2012

Las Comunidades Autónomas de Canarias, Cantabria, Extremadura, Región de Murcia, La Rioja y las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla publican normativa anual y figuran coloreadas en el cuadro. (Andalucía que tenía una norma plurianual dictó norma de calendario exclusivo para 2009, pero vuelve a regirse por el Decreto de 1996).

ANDALUCÍA

www.juntadeandalucia.es

Invierno:

del 7 de enero al 7 de marzo

Verano:

Del 1 de julio al 31 de agosto

Decreto 507/1996 de 3 de diciembre

(BOJA del 14)

ARAGÓN

www.aragob.es/

Establecimientos >300 m2:

-Invierno

después del 6 de enero y terminarán en el mes de marzo por un periodo máximo de dos meses.

-Verano:

del 1 de julio al 1 de septiembre

Los establecimientos <300 m2 que no pertenezcan a grandes grupos comerciales o no sean PYMES no vienen vinculados a estas fechas, teniendo libertad para establecerlas a principios de año y en periodo estival, con una duración mínima de 1 semana y máxima de 2 meses

Orden de 24 de febrero de 2006

(BOA 10-3-2006)

ISLAS BALEARES

www.caib.es/

Invierno:

dos meses a partir del 7 de enero o primer día laborable siguiente, finalización máximo 2 meses después.

Verano:

dos meses a partir del 1 de julio o primer día laborable siguiente, finalización máximo 2 meses después.

Se mantiene la vigencia del Acuerdo de 10 de diciembre de 2010

(BOIB 23-12-2010)

CANARIAS

www.gobcan.es/

Tenerife, Lanzarote, La Palma, La Gomera, Gran Canaria y Fuerteventura:

Invierno:

del 7 de enero al 6 de marzo

Verano:

del 2 de julio al 1 de septiembre

El Hierro:

Invierno:

del 7 de enero al 6 de marzo

Verano:

del 16 de julio al 15 de septiembre

ORDEN de 2 de diciembre de 2011

BOC 16-12-2011)

CANTABRIA

Invierno:

del 7 de enero al 6 de abril

Verano:

del 2 de julio al 1 de octubre

Orden INN, de 7 de diciembre de 2011

(BOC 16-12-2011)

CASTILLA LA MANCHA

www.jccm.es/

Invierno:

del 7 de enero al 31 de marzo

Verano:

del 1 de julio al 30 de septiembre

Orden de 3-11-2008 (DOCM del 25)

CASTILLA Y LEÓN www.jcyl.es/

Invierno:

del 7 de enero al 6 de marzo

Verano:

del 1 de julio al 31 de agosto

Decreto 82/2006, de 16 de noviembre. (BOCyL del 22-11)

CATALUÑA

www.gencat.es/

Invierno:

del 7 de enero al 6 de marzo.

Verano:

del 1 de julio al 31 de agosto.

Decreto 150/1996, de 30 de abril

(DOGC del 08-05)

COMUNIDAD VALENCIANA

www.gva.es/

Invierno:

desde el primer día laborable después del 6 de enero hasta el segundo sábado del siguiente mes de marzo, ambos inclusive.

Verano:

desde el último lunes laborable del mes de junio de cada año hasta el primer sábado del siguiente mes de septiembre, ambos incluidos.

Orden de 15 de junio de 1998.

(DOGV de 17-06)

EXTREMADURA

www.juntaex.es

Invierno:

del 7 de enero al 6 de marzo

Verano:

del 1 de julio al 31 de agosto

Resolución de 8 de noviembre de 2011.

(DOE de 23-11-11)

GALICIA

www.xunta.es/

Invierno:

del 7 de enero al 7 de abril

Verano:

del 1 de julio al 30 de septiembre

Decreto 254/96, de 14-06 (DOG del 25)

Orden de 29-11-96 (DOG del 13-12)

MADRID

www.madrid.org/

1 de enero al 31 de marzo (ambos inclusive)

Pendiente de publicación oficial

REGIÓN DE MURCIA

www.carm.es/

Invierno:

del 2 de enero al 1 de marzo

Verano:

del 1 de julio al 31 de agosto

Orden de 29 de noviembre 2011

(BORM 17-12-2011)

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