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Resolución pionera contra el buscador Google en España

La Audiencia Nacional plantea a la Justicia europea el 'derecho al olvido' en internet

La Audiencia Nacional plantea a la Justicia europea el "derecho al olvido" en internet

viernes 02 de marzo de 2012, 12:12h
La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha planteado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial de interpretación sobre la protección de datos de un particular frente al buscador Google. Con su resolución, la Audiencia describe jurídicamente la situación creada ante las nuevas tecnologías que traspasan fronteras y límites temporales y que se han desarrollado con posterioridad a las normativas vigentes.

>> Vea íntegra la sentencia de la Audiencia Nacional
Es la primera vez que un tribunal plantea esta cuestión ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la decisión del Tribunal de Luxemburgo vinculará a todos los tribunales de los Estados miembros donde existen reclamaciones similares.

El auto de la Sección Primera de la Audiencia Nacional conocido este viernes plantea de fondo si un particular tiene derecho a reclamar la supresión y bloqueo de informaciones en los buscadores de Internet relativas a su persona y que, con las nuevas tecnologías, podrán ser localizadas "a lo largo de toda su vida y la de sus descendientes".

Nueve preguntas al Tribunal de Justicia de la UE

Los magistrados españoles resumen en nueve preguntas todas las dudas jurídicas que se han encontrado al abordar el caso de un particular que, al teclear su nombre en Google encontraba el enlace con un anuncio en un periódico de tirada nacional, de la subasta de un inmueble por un impago a la Seguridad Social. El afectado afirmaba que el embargo ya se había solucionado y resuelto desde hace años y, pese a ello, esa referencia seguía apareciendo en el buscador.

La Agencia Española de Protección de Datos acogió la petición de tutela del afectado y requirió a Google Spain SL y Google Inc. que retiraran los datos del denunciante de su índice. Sin embargo, consideró que la información de la subasta aparecida en el periódico debía mantenerse por tener una justificación legal.

La Sala entiende que el recurso plantea "el problema referido a las obligaciones que tienen los buscadores de Internet en la protección de datos personales de aquellos afectados que no desean que determinadas informaciones, publicadas en páginas web de terceros y que contienen sus datos personales y permiten relacionarles con la misma, sean localizadas, indexadas y sean puestas a disposición de los internautas de forma indefinida".
La primera duda que se plantean los jueces es si la normativa comunitaria y nacional en materia de protección de datos se puede aplicar en este caso o, si como sostiene la empresa Google Inc., los afectados deberían acudir a los tribunales de California (EEUU) donde está domiciliada la empresa matriz del grupo.

Se pregunta también la Sala si los buscadores, cuando indexan la información, están realizando un tratamiento de datos personales, si son responsables de ese tratamiento y deben atender por tanto a los derechos de cancelación y/o oposición del afectado de forma directa, aunque la información se mantenga en la fuente originaria por considerarse lícita.

Finalmente, los jueces preguntan al Tribunal de Luxemburgo si la protección de datos incluye que el afectado se niegue a que una información referida a su persona se indexe y difunda, aun siendo lícita y exacta en su origen, pero que la considere negativa o perjudicial para su persona.

Qué es una cuestión prejudicial y sus consecuencias

A diferencia de una sentencia, en una cuestión prejudicial el Tribunal no se inclina por una tesis concreta. Una cuestión prejudicial es una consulta que se formula ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Se reviste mediante un auto en el que los magistrados, en este caso los miembros de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso, exponen todos los interrogante jurídicos a los que se han enfrentado; en su resolución, los jueces esbozan las posibles respuestas que, a su modo de ver, podría adoptar el Tribunal Europeo; pero no se inclinan por ninguna porque lo que hacen es elevar todas sus dudas jurídicas ante el alto tribunal europeo para que sea éste órgano el que se pronuncie.

Alcance de la cuestión prejudicial

Si el Tribunal de Justicia admite la cuestión prejudicial se iniciará un procedimiento en la sede del Tribunal, en Luxemburgo. A partir de ese momento podrán intervenir todas las partes que estuvieron personadas en la causa española. También podrán intervenir todos los Estados miembros que así lo estimen necesario. Podrían personarse casi todos puesto que el derecho al olvido es una cuestión que ya se ha planteado en varios tribunales de países de la UE y que puede afectar a todos los ciudadanos europeos y a la tutela eficaz del derecho a la protección de datos de los afectados en el territorio de la UE. En todos los casos que ya se han resuelto, hasta ahora los jueces europeos han venido remitiendo este tipo de reclamaciones de los particulares a los tribunales de Justicia de EEUU, por estar allí radicada la sede central de Google.

En su auto, la AN señala que, si un ciudadano español tiene que defender la tutela de su derecho a la protección de datos en EEUU, " por ser el lugar que el gestor del buscador ha elegido para ubicar los medios técnicos, colocaría a los afectados en una situación de especial vulnerabilidad e impediría o dificultaría enormemente la tutela eficaz de este derecho que podría resultar incompatible con el espíritu y finalidad que inspira la Directiva y, sobre todo, con una tutela eficaz de un derecho fundamental contenido en la Carta Europea de Derechos Fundamentales".

De admitirse la cuestión prejudicial, el Tribunal dictará una sentencia en la que interpretará el Derecho Comunitario y de forma uniforme para todos los Estado miembros. Esa sentencia vinculará a todos los tribunales europeos que tengan que resolver cuestiones relacionadas con el derecho al olvido. Mientras tanto y hasta que no se dicte sentencia el recurso ante la AN queda suspendido, así como los 130 casos similares que están pendientes de resolver en la Sala de lo Contencioso y que todos ellos hacen referencia al derecho al olvido.

>> VEA ÍNTEGRA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL
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