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Leves daños provocados por los perdigones

Froilán, herido en un pie por un disparo accidental practicando caza sin edad para portar armas

Froilán, herido en un pie por un disparo accidental practicando caza sin edad para portar armas

> Estaba en una finca en Soria acompañado por su padre, Marichalar

martes 10 de abril de 2012, 07:26h
La Casa de Su Majestad el Rey informó esta medianoche del martes de que el hijo mayor de la infanta Elena, Felipe Juan Froilán Marichalar Borbón, sufrió durante la tarde de este lunes un leve accidente cuando realizaba unas prácticas de tiro en la finca familiar de Soria. El joven apenas tiene 13 años, por lo que no tiene la edad mínima necesaria para portar estas armas, 14.
Según el comunicado, a Felipe Juan Froilán se le disparó una escopeta de pequeño calibre (calibre 36) causándole una herida en el pie derecho. El nieto de Don Juan Carlos se encontraba en el patio de la casa acompañado de su padre, Jaime de Marichalar.   

El hijo de Marichalar y la infanta Elena fue atendido en primera instancia en el Hospital Santa Bárbara de Soria, donde le fueron realizadas las primeras curas. Posteriormente, el nieto del Rey fue trasladado a Madrid, donde se ha procedido a la limpieza quirúrgica de la herida en una clínica de la que no se ha facilitado el nombre.

Hay que recordar que la Ley de Caza establece que "el derecho a cazar corresponde a toda persona mayor de catorce años que esté en posesión de la licencia de caza y cumpla los demás requisitos establecidos en la presente Ley". En algunas comunidades autónomas hay variantes para establecer la edad mínima para portar armas, estando acompañados los menores de un adulto. En Castilla y León, donde Froilán estaba practicando caza (en Soria, concretamente), la legislación es menos severa y en la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza, de Castilla y León, establece, en su artículo 14, apartado 2, lo siguiente: "Los cazadores menores de dieciocho años, para poder cazar con armas autorizadas, deberán ir acompañados de otro cazador mayor de edad".

Sin embargo, otras fuentes recuerdan que hay otra legislación que deja claro que no es suficiente: el Real Decreto 137/1993 de 29 de enero Sección II Art.109, establece que "sólo los mayores de 14 años podrán utilizar armas de fuego y las armas de la categoria 3.2, que son escopetas y demas armas de fuego largas".
  
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