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Al admitir a trámite varios recursos del Ejecutivo

Huracán constitucional en Cataluña: vea todo lo que ha dejado en suspenso en sólo 2  días

Huracán constitucional en Cataluña: vea todo lo que ha dejado en suspenso en sólo 2 días

miércoles 16 de enero de 2013, 17:05h
El Estado acabará declarando inconstitucional "respirar en catalán", reprochó el portavoz y consejero de Presidencia de la Generalitat, Francesc Homs, tras conocer la suspensión cautelar del 'euro por receta'. Respirar en catalán quizás no, pero en dos días el Tribunal Constitucional sí ha tumbado de forma cautelar varias de las medidas 'estrella' del Gobierno de Artur Mas.
El martes fue el turno del 'euro por receta'. El Pleno del Tribunal Constitucional admitió a trámite el  recurso presentado por el Gobierno el pasado marzo, lo que implica la suspensión de la medida cautelar de la medida durante al menos cinco meses. El Ejecutivo de Mariano Rajoy entiende en su recurso que la medida implantada en Cataluña afecta a un supuesto regulado por una ley estatal y alega que las comunidades no pueden incidir directa o indirectamente en la fijación de precios de productos farmacéuticos, según establece el artículo 149.1.16ª de la Constitución. Una decisión de la que no han querido darse por aludidos en la Comunidad de Madrid donde se mantendrá el 'euro por receta' ahora suspendido por el Constitucional en Cataluña.


Impuesto a la banca y tasas judiciales


El Tribunal Constitucional ha suspendido este miércoles la aplicación de las tasas judiciales y el impuesto sobre depósitos de entidades de crédito en Cataluña tras admitir a trámite los recursos de inconstitucionalidad del Gobierno central contra sendos decretos de la Generalitat.


Las razones que esgrime Hacienda y a las que aludió el titular de esta cartera, Cristóbal Montoro, para recurrir el impuesto bancario es que no se puede adoptar una decisión que suponga la subida de impuestos mediante un decreto ley. Además, alega que la medida queda invalidada por sí misma al pretender que sea retroactiva. El Ejecutivo catalán adoptó este impuesto con aplicación desde el 30 de noviembre pasado y lo ha hecho con carácter de urgencia para tratar de esquivar la normativa estatal que entrará en vigor el uno de enero de este año, cuando se comienza aplicar la ley de acompañamiento de los presupuestos generales del Estado que incluye un impuesto a los depósitos bancarios a tipo cero, con el fin de que ninguna CCAA pueda hacer efectivo un impuesto autonómico a la banca como ya lo tienen Extremadura, Andalucía y Canarias.


Por su parte, el Gobierno recurrió la tasa judicial catalana al entender que grava un hecho imponible ya gravado por el Estado. La Generalitat de Cataluña aprobó esta medida en marzo de 2012 que suponen un pago de 120 euros por la prestación de servicios personales y materiales en la Administración de Justicia.


En un máximo de cinco meses el TC deberá decidir si ratificar o levantar la suspensión, mientras que la Generalitat tiene ahora un plazo de 15 días para personarse en el proceso y formular alegaciones.

Las tasas turísticas, salvadas

Eso sí, para calmar las críticas del gobierno de la Generalitat que se quejaban de que todas sus medidas eran recurridas por el Gobierno central, el ministro de Turismo ha calmado las aguas aclarando que el Ejecutivo no se ha planteado recurrir judicialmente otra de las medidas estrella de Artur Mas: la tasa turística catalana, que entró en vigor el pasado 1 de noviembre de 2012.


   Así lo ha dicho este miércoles el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, quien se ha mostrado en contra del impuesto sobre estancias turísticas, aunque ha dicho respetar la decisión de la Generalitat, al considerar que entra dentro de su marco competencial.

   El objetivo de la tasa es nutrir un fondo para fomentar el turismo, mediante un impuesto que deben abonar todas las personas mayores de 16 años que se alojan en un establecimiento turístico catalán, excepto las que participan en un programa social que incluye estancia en alojamientos turísticos. Según las estimaciones previas a la puesta en vigor, en Barcelona, los hoteles de cinco estrellas y cruceros facturan a sus clientes 2,5 euros por noche; los de cuatro, 1,25 euros, y en el resto de establecimientos 0,75 euros; mientras que en el resto de Cataluña los hoteles de cinco estrellas y cruceros cobran 2,5 euros, los de cuatro estrellas un euro y el resto de locales 0,5 euros.
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