Un nuevo tipo de desahucio: con dos niños como víctimas
martes 19 de febrero de 2013, 08:50h
Los desahucios están de moda. Y baten récords de cantidad. Pero también de originalidad. Tal es el caso de Nieves Gómez, pero sobre todo de sus hijos, Yanire de 9 años y Aingeru de 6, sobre los que pesa la amenaza de un desahucio de su domicilio madrileño en la mañana de este viernes. La madre está separada de su marido, Ángel Rodríguez -condenado por malos tratos hacia ella y con la obligación incumplida de pasar a sus hijos, a los que lleva años sin ver, una pensión de 300 euros-, y reside en este piso que a pesar de ser propiedad de los abuelos es la residencia asignada por el juez que condenó a su exmarido.
La situación económica de Nieves también es desesperada -sin ingresos y pendiente de la respuesta a sus cuatro peticiones de 426 euros al mes como víctima de violencia de género y los 173 de ayuda de los Servicios Sociales de la Comunidad, concedidos en agosto pero todavía sin recibir-. Pese a lo cual, los abuelos reclamaron por vía judicial el piso -que pagaron entre Nieves y su marido pero que pusieron a nombre de él- para que lo utilice su descendiente, que tiene otra relación de pareja y otro hijo.
Y un juzgado, privando el derecho de la propiedad sobre la protección de los menores, falló en contra de Nieves ordenando el desahucio, que ésta pudo parar recientemente, aunque se teme que ahora no le sea posible. Tampoco tiene dinero para recurrir al Tribunal Supremo, y su única esperanza es, quizás la ayuda indirecta que pueda obtener da por el eco de la prensa, ya que Interviú publica su caso en el número de esta semana y Espejo Público de Antena 3 le ha prometido hacerse eco del mismo. Mientras, vive o sobrevive de la caridad de los vecinos del Paseo de Vallejo Nájera, donde está el piso.
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Comentarios
Últimos comentarios de los lectores (4)
18312 | Enrique - 21/02/2013 @ 14:59:21 (GMT+1)
A Kroker
Poco sabes de Derecho ...
18265 | kroker - 19/02/2013 @ 22:40:53 (GMT+1)
Una cuestión que se me quedó comentar antes. En la situación en que esta tiene derecho a Asistencia Jurídica Gratuita, incluso hasta el TS.
18253 | kroker - 19/02/2013 @ 19:59:36 (GMT+1)
La STS 11-12-1992 afirma, en síntesis, que el uso de la vivienda familiar atribuida judicialmente al cónyuge no propietario es un derecho oponible a terceros que, como tal, debe tener acceso al Registro de la Propiedad, constituyendo una carga que pesa sobre el inmueble con independencia de quiénes sean sus posteriores titulares, Por ello, en determinadas condiciones la atribución judicial se erige en un título legítimo justificativo de la ocupación incluso frente a los propietarios que traigan causa del cónyuge primitivo (STS 4-12-2000).
Creo que sobran los comentarios...
18214 | Sol - 19/02/2013 @ 09:53:01 (GMT+1)
¿Para que sirve la JUSTICIA?. ¿Para cometer INJUSTICIAS?
Nadie toma las riendas del maravilloso desorden y el casos que existe en el entorno judicial y mientras miles de ciudadanos perjudicados. Sr. Gallardón ¿para que está usted además de para subir tasas?
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