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Según un bufete de abogados de Castilla-La Mancha

'Los afectados por las preferentes no deben acogerse al canje'

"Los afectados por las preferentes no deben acogerse al canje"

sábado 23 de febrero de 2013, 12:27h

El Despacho Cobo Serrano Abogados, ubicado en Alcázar de San Juan (Ciudad Real) ha lanzado un mensaje de recomendación para todos aquellos que se encuentran afectados por la participaciones preferentes. Los abogados recomiendan "no acogerse al canje"

 "Los afectados por las participaciones preferentes en Castilla-La Mancha son muchos y se encuentran en una situación de total incertidumbre respecto a qué pasará con su inversión y con sus ahorros", señalan los abogados. Según  Diego Cobo Serrano, "son ya muchos los casos que tenemos en el bufete de personas afectadas, que están pasándolo muy mal porque tienen sus ahorros secuestrados por las preferentes".

Afirma Cobo Serrano que "la gente invirtió sin saber lo que hacía, más o menos engañados, más o menos confundidos, y se trata de un producto complejo que, ahora, plantea soluciones complejas. Las personas afectadas se encuentran en un impass de espera, confiados en que se va a arreglar, pero nosotros recomendamos a estos afectados que no se aquieten a lo que está pasando y a lo que va a pasar en los próximos dos meses. Nuestro objetivo es que las personas puedan tener más información, porque se encuentran en una encrucijada espectacular".

En este sentido, el abogado del bufete Cobo Serrano, Carlos Zarceño, afirma tajante que "nuestra recomendación es, desde ya, no acogerse al canje, no dar pie a que la entidad bancaria te lo realice; el primer paso por parte del afectado debe ser decirle a su banco, a través de una carta, que quiere anular el contrato porque no está conforme con él".

De canje voluntario a canje obligatorio

En concreto, explican, el canje es la alternativa que ofrecen las entidades bancarias y que supone realizar un cambio: el banco le quita al afectado las participaciones preferentes y, a cambio, le da acciones, pero acciones que tienen su "condición".

En el caso de Bankia las acciones se dan previa una quita (pagar menos de lo acordado) del 39% a los tenedores de las participaciones preferentes, del 46% a los que tienen obligaciones subordinadas perpetuas, y una quita del 14% para el caso de obligaciones subordinadas con vencimiento. El resto del dinero el banco lo dará en acciones de la propia entidad

Este canje, que el Despacho Cobo Serrano Abogados desaconseja totalmente porque el afectado perderá parte de su dinero invertido inicialmente, es de carácter voluntario, hasta el momento, "por este motivo", afirma Carlos Zarceño, "los tenedores de las preferentes deberían negarse a aceptarlo". Sin embargo las últimas noticias apuntan a que, antes del 31 de marzo, Bankia procederá al canje obligatorio.

En concreto en febrero se tiene previsto un primer paso, que supondrá el canje obligatorio de los bonos convertibles contingentes, y posteriormente se procederá al canje obligatorio a las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas".

Pero en este punto, Carlos Zarceño afirma que "la actual Ley obliga a los afectados de participaciones preferentes a aceptar el canje, siempre que éste sea aplicado por una decisión adoptada por el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria)". Sin embargo matiza que "creemos que esta imposición, contemplada en la Ley, podría ser anticonstitucional, aunque no se perdería el derecho a reclamar judicialmente".

En este sentido el abogado de Cobo Serrano advierte que "sí es recomendable iniciar acciones a la mayor brevedad posible y enviar una carta a la entidad bancaria dejando claro cuál es tu intención, que es anular este producto al entender que el banco no cumplió con sus obligaciones legales de información a la hora de vender el producto".

Acciones legales

En el caso de tener que llegar a recurrir a las acciones legales, Cobo Serrano informa que se puede realizar a través del arbitraje, sistema judicial de resolución de conflictos que es alternativo a la jurisdicción ordinaria; de hecho un laudo arbitral es equivalente a una sentencia del juzgado, "se trata del método que está intentando poner en valor el Ministerio de Economía para intentar resolver el problema de las preferentes".

En este punto, la entidad bancaria Bankia sostiene que no se va a poder someter a arbitraje nadie que previamente no haya aceptado el canje, "lo que supone que, ya de inicio, estás perdiendo el 40% de tu inversión", afirma Carlos Zarceño. A partir de esto, se analiza, a través de una consultora designada por la propia Bankia, qué casos irán a arbitraje y qué casos no.

Vuelve a aconsejar el bufete Cobo Serrano, "nuestro consejo es no acceder al arbitraje, salvo que sea un caso flagrante como por ejemplo el de un señor anciano sin estudios de ningún tipo y que firmara con la huella digital; cuando el caso no está tan claro, nuestro consejo es no llegar a este punto".

 

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