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Una sentencia tumba la ordenanza contra el velo integral en la mujer

Un 'burka' para los magistrados del Tribunal Supremo

Un 'burka' para los magistrados del Tribunal Supremo

jueves 28 de febrero de 2013, 13:25h
El Tribunal Supremo ha tumbado una Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Lleida que prohibía el uso del velo integral -"burka"- en los espacios municipales. La sentencia estima el recurso de casación y anula la Ordenanza recurrida, y lo hace básicamente por dios cuestiones: que se limita el ejercicio de la libertad religiosa de las portadoras del velo integral y que el Ayuntamiento carece de competencia para regular una limitación del ejercicio del derecho fundamental referido. Pero el Supremo admite que es necesaria la existencia de una ley y urge al Gobierno a formalizarla.

>> Lea aquí de forma íntegra la sentencia del Supremo a favor del 'burka'
La sentencia del Tribunal Supremo conocida este jueves, con amplia cita de jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional, examina cuales deben ser los requisitos para la imposición de límites al ejercicio del derecho fundamental de libertad religiosa, destacando la necesidad de la regulación por Ley.

Sobre esa base analiza, rechazándola, los argumentos de la sentencia recurrida, que admitió la posibilidad de establecer por medio de Ordenanza Municipal la prohibición del uso del velo integral y la infracción y la sanción consecuentes. Y se destaca la falta de justificación en la sentencia recurrida de las afirmaciones de que el uso del velo integral perturbase la tranquilidad ciudadana, la seguridad y el orden público, y que la medida sea necesaria para proteger la igualdad de la mujer.

La necesidad de una ley regulatoria

La sentencia del Supremo, sin embargo, no prejuzga la posibilidad de que el legislador establezca la regulación que considere adecuada.

En concreto, se cita en la sentencia la existencia en España de una moción aprobada en el Senado, en la sesión de 23 de junio de 2010, instando al Gobierno (entonces presidido por Rodríguez Zapatero) para que se regule la prohibición del uso del velo integral ('burka') en los espacios públicos. También se refiere a la existencia de una recomendación de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 23 de junio de 2010 que recomienda a los Gobiernos que no prohíban el uso de tal atuendo.

El Supremo destaca, sin embargo, que hasta el momento el legislador no ha elaborado ninguna ley al respecto.

Se llama la atención en la sentencia sobre el riesgo de que la prohibición analizada pueda producir el efecto perverso de negarle la integración en los espacios públicos a la mujer a la que se pretende proteger.

>> Lea aquí de forma íntegra la sentencia del Supremo a favor del 'burka'

 
 
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