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El nuevo sistema entra en vigor el jueves

Así serán los requisitos para estar en las bolsas de interinos docentes en Castilla-La Mancha

Así serán los requisitos para estar en las bolsas de interinos docentes en Castilla-La Mancha

miércoles 03 de abril de 2013, 10:49h

Los nuevos requisitos que deberán cumplir los aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad entre los docentes no universitarios entrarán en vigor el jueves de esta semana tras el acuerdo alcanzado antes de Semana Santa entre sindicatos y Gobierno castellano-manchego.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este miércoles el pacto firmado entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y las organizaciones sindicales representativas del personal docente no universitario, para la ordenación de las bolsas de trabajo de los aspirantes a interinidades en la función pública docente, que entrará en vigor este jueves con efecto a los cuatro cursos escolares posteriores.

   El pacto se firmó el día 22 de marzo entre la Consejería de Educación y los representantes de ANPE, CSI.F, CC.OO. y FETE-UGT, convencidos de la necesidad de "establecer un nuevo marco regulador del sistema de ordenación de bolsas de trabajo" buscando un "justo equilibrio entre los derechos laborales" de los trabajadores "y los de aquellos aspirantes que han dedicado su vida universitaria a formarse como docentes y desean orientar su carrera profesional en la docencia".

   Las partes firmantes consideran que el pacto "da una respuesta razonable a las demandas de los diferentes colectivos afectados, ya que por un lado posibilita de manera real y efectiva el acceso al sistema educativo a nuevos aspirantes y por otro facilita la continuidad a los actuales aspirantes en las bolsas, lo que supone un importante elemento de estabilidad en el empleo".

Así son los requisitos

   Según recoge el documento, los aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad deberán cumplir, además de los requisitos exigidos con carácter general y específico para el acceso a la función pública docente, otros como estar en posesión de la titulación académica específica requerida por la normativa vigente para impartir la especialidad o la titulación declarada equivalente a efectos de docencia o poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad al que opte.

   Para la formación de bolsas de trabajo se constituirá una lista por cada especialidad del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores de Música y Artes Escénicas y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como en las especialidades del Cuerpo de Maestros anteriores a la LOGSE. Asimismo, se constituirá una lista única para el Cuerpo de Maestros, excepto en las especialidades mencionadas en el párrafo anterior.

Las bolsas por especialidades

   La bolsa de cada especialidad estará integrada por los aspirantes que formen parte de las listas vigentes al finalizar el curso escolar y cumplan los requisitos para permanecer en las nuevas listas y los aspirantes que se incorporen a las listas después de cada proceso selectivo.  

   Finalizado el proceso selectivo, todos los aspirantes a interinidades que integren la bolsa de trabajo de cada especialidad se ordenarán en una lista conforme teniendo en cuenta la experiencia docente (que contará hasta el 40 por ciento del total), la nota obtenida en la fase de oposición de la especialidad correspondiente (hasta el 40 por ciento del total) y la formación y otros méritos (hasta el 20 por ciento del total).  

   Los aspirantes a interinidades que formen parte de las bolsas de trabajo de especialidades en las que no se convoque proceso selectivo de ingreso por la Administración Educativa de Castilla-La Mancha deberán renovar anualmente la condición de aspirantes a interinidades para formar parte de dichas bolsas para el curso siguiente, conforme al procedimiento convocado al efecto por la Consejería competente en materia educativa.

   El proceso de renovación mantendrá el orden que corresponda a los aspirantes en las bolsas de trabajo, sin perjuicio de lo que resulte de la gestión ordinaria de las bolsas. La Administración Educativa podrá convocar procesos selectivos al objeto de ampliar aquellas bolsas de trabajo que vayan a agotarse o de constituir bolsas de trabajo en especialidades que carezcan de ellas. En ambos casos las bolsas constituidas tendrán la consideración de bolsas extraordinarias y quedarán sin efecto después de los procesos selectivos de ingreso referidos a su especialidad.

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