www.diariocritico.com
¿Cuándo se comete falso testimonio?

¿Cuándo se comete falso testimonio?

jueves 15 de agosto de 2013, 11:37h
Como ha insistido Rajoy repetidamente, su estrategia política de defensa ante el caso Bárcenas pasa por dejar que avance la rueda de la justicia, sin aceptar entrar en eso tan fluido que se conoce como "responsabilidades políticas". Ya he argumentado aquí que resulta posible concebir que Rajoy considere que, precisamente por responsabilidad política, sea para él preferible ocultar la verdad, si aceptarla significaría un mal político mayor: agravar la crisis del PP, la del gobierno y la de todo el sistema político; lo cual pesaría como un poderoso lastre para remontar la crisis económica que sufre el país.

Ahora bien, si se pone todo el peso del asunto en cómo se desarrolle el caso judicial, lo menos que hay que pedir es que la rueda de la justicia muela fino y no deje escapar lo que pueda ser importante, no sólo para imponer un castigo penal grave, sino también una sanción que, aunque penalmente no sea tan grave, tenga efectos políticos considerables. Y ello sin que la justicia tenga que entrar a considerar esas consecuencias políticas.

Pondré un ejemplo ilustrativo. Supongamos que el juez Ruz decide imputar a alguno de los testigos, por ejemplo alguno/a de los secretarios generales del PP, de haber cometido falso testimonio. Las penas previstas por esa infracción en la Ley Orgánica del Código Penal no son graves (un máximo de dos o tres años de cárcel, que muy probablemente ni se cumplieran), pero si eso se produjera ¿no creen ustedes que significaría el fin de la carrera política del imputado? ¿Quién votaría por alguien que ha cometido falso testimonio? No me negarán que la consecuencia política resulta dramática, pese a no serlo penalmente.

Entonces, parece que merece la pena no dejar escapar estos detalles, dado que el peso del asunto se ha puesto sobre el aspecto judicial del caso. Avancemos pues sobre este mismo ejemplo. Se ha filtrado la idea de que la estrategia de los altos cargos del PP de responder a las preguntas del juez con un "no recuerdo" o un "no tengo constancia de ello", son buenas argucias para "no rozar" la comisión de falso testimonio. Incluso un investigador avezado como Ernesto Ekaizer, afirmaba precisamente eso en el diario El País (ver su nota del 13 de este mes).

Sin embargo, tal cosa dista mucho de ser cierta. El espíritu y la letra del artículo 458 de la citada Ley Orgánica no tipifican la comisión de falso testimonio simplemente como el acto de mentir en un proceso judicial (esto es, decir algo sabiendo que no es verdad). En su texto se dice que comete falso testimonio "el testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial". Es decir, su acepción es mucha más amplia, porque faltar a la verdad no solo es mentir directamente, sino también ocultar la verdad, manipularla o segmentarla.

El espíritu de esa redacción está claro: tiene un paralelismo con la fórmula anglosajona de decir "la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad". Es decir, un testigo que dice no recordar un evento que efectivamente se realizó es al menos sospechoso de estar "faltando a la verdad". El juez debe ponderar con su recto juicio si alguien que dice no recordar un evento de graves consecuencias en un espacio temporal razonable, está faltando a la verdad. De lo contrario, la legislación sobre falso testimonio resultaría inútil y sería poco más que papel mojado. Todo testigo, que está obligado a declarar la verdad, tendría la puerta abierta para eximirse de hacerlo recurriendo a su frágil memoria.

Algo que tendría, como imaginarán, graves consecuencias. La primera seguir avanzando en la destrucción de la credibilidad de las instituciones democráticas, de las cuales el sistema judicial es uno de los que hasta ahora ha salido mejor parado. Si resulta que es tan condenadamente sencillo saltarse las reglas del juego del debido proceso, entonces es posible entender la gran esperanza de la dirección del PP de que saldrán relativamente indemnes del proceso.

La administración de la justicia en España debe saber que no es una institución al margen de la sociedad. No hay que confundir la independencia de poderes con la idea de que el sistema judicial está más allá del bien y del mal. Por eso debe ser tremendamente rigurosa precisamente en un caso que otros poderes han depositado por entero en sus manos. Si no se acepta discutir sobre responsabilidades políticas y todo se coloca en el ámbito judicial, resulta lógico que la sociedad observe con especial atención la forma en que muele la rueda de la justicia. Y si la ciudadanía observa que hay testigos que acuden a subterfugios (no recuerdo, no me consta) para faltar a la verdad y salen intocados porque el juez no actúa con rigor al respecto, llegará a la conclusión que el sistema judicial y todo el sistema democrático son una farsa. Y entonces sí que será efectivo aquello de apaga y vámonos.
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios