El sindicato lamenta los recortes salariales producidos en el año 2012 y su
posterior congelación en los presupuestos del 2013, fruto de la aplicación del
artículo 5.1 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias
para la aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, lo que, asegura, "ha
desembocado en que los empleados públicos regionales hayan perdido poder
adquisitivo muy por encima del 20%".
Conceptos
retributivos
Son ya dos años, recuerda el sindicato, en que todos los
empleados públicos dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
y de las entidades vinculadas o dependientes de ella están sufriendo una rebaja
salarial autonómica, adicional a la sufrida por los gobiernos de Zapatero y
Rajoy, del 3% de su salario bruto individual.
Es esta una medida que califican de "desfasada y
claramente injusta" comparándola con el resto de empleados públicos del resto de Comunidades
Autónomas, que no la han padecido, pues penaliza claramente las
economías familiares de más de 75.000 trabajadores del sector público en
Castilla-La Mancha.
Por esa razón, CSIF propone que el
Complemento Específico anual se perciba en catorce pagas, de las que doce serán
de percibo mensual y dos adicionales, una en el mes de junio y otra en el mes
de diciembre, y que se tome como referencia el complemento fijado al puesto que
se desempeñe a 28 de febrero de 2012.
Incapacidad
Temporal
Otro de los caballos de batalla del
sindicato en los dos últimos años se centra en la modificación necesaria y
urgente de la Disposición Adicional Séptima de la Ley 4/2011 de Empleo Público
de la Incapacidad Temporal por enfermedad común por la que ya no se complementa
el 100% del salario consecuencia de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de
Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios
Sociales.
CSIF propone que para todo el
personal al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha y de las entidades de derecho público con personalidad
jurídica propia vinculadas o dependientes que se encuentren en situaciones de
incapacidad temporal derivadas de enfermedades graves como accidentes de
trabajo, embarazos, tratamientos de radioterapia o quimioterapia,
intervenciones quirúrgicas u hospitalización y otras similares, tengan derecho
a cobrar el cien por cien de las retribuciones fijas y periódicas.
Cuando la situación de incapacidad
temporal derive de contingencias comunes, durante los tres primeros días, piden que se reconozca un complemento retributivo hasta alcanzar el cincuenta por ciento de
las retribuciones que se vengan percibiendo en el mes anterior al de causarse
la incapacidad. Desde el día cuarto hasta el vigésimo, ambos inclusive, el
complemento a sumar a la prestación económica reconocida por la Seguridad
Social deberá ser tal que, en ningún caso, sumadas ambas cantidades, se supere
el setenta y cinco por ciento de las retribuciones que vinieran correspondiendo
a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad. A
partir del vigésimo primer día de baja se extenderá al 100% de los ya citados
conceptos retributivos.
El sindicato CSIF concluye que lo que se pide a los representantes políticos de nuestro Parlamento
Regional "no es otra cosa que responsabilidad con los empleados públicos y
reconocimiento de los sacrificios realizados por los trabajadores al servicio
de la administración castellano-manchega, que ahora merecen la solidaridad y
comprensión de los encargados de elaborar las Cuentas Generales para el año
2014".